RECLAMACIÓN POR CONTRATO DE FORMACIÓN FINANCIADO Y SOLICITUD DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL CONTRA TRADEA
Naturaleza del problema:
DesistimientoTu reclamación
M. P.
A: TRADEANDO. Retsinnal Group
HECHOS: El día 29 de enero de 2026 contraté un curso de formación online ofrecido por Tradeando.net tras aceptar una llamada telefónica comercial previamente agendada. Durante dicha llamada no fui informada de forma clara, comprensible ni suficiente de que la contratación implicaba la suscripción de un contrato de financiación por el importe total del curso. Por el contrario, entendí que se trataba de un pago mensual similar a una suscripción cancelable, que se abonaría a medida que se fueran generando ingresos. Posteriormente, recibí un enlace mediante SMS para completar la contratación, sin que se me explicara de manera clara, destacada y comprensible que estaba formalizando un crédito vinculado con la entidad financiera SeQura, por un periodo aproximado de 12 meses y con un compromiso económico total de 2.037€. La información facilitada durante el proceso no evidenciaba de forma transparente que se trataba de una financiación a medio plazo con obligación de permanencia, lo que considero una grave falta de información precontractual y una forma de contratación que ha resultado claramente engañosa. Luego, el 9 de febrero le informo a mi tutor asignado, Nacho, que había finalizado el curso y le envío el siguiente mensaje a las 11:23 a.m., “Hola Nacho, buenos días. Quería comentarte que ya realicé todas las capacitaciones. La verdad es que es bastante contenido y, siendo sincera, quedan algunos vacíos en el proceso. Por eso quería saber cuál sería el siguiente paso y confirmar si efectivamente contamos con el acompañamiento al 100% por parte de Enrique Moris, para poder afianzar bien lo aprendido y avanzar con mayor seguridad.” La respuesta recibida no fue directa por parte del tutor, sino de un BOT “Hola, en este momento Ignacio se encuentra con una alta carga de trabajo.” A partir de ese momento, la comunicación quedó limitada a respuestas automatizadas, sin atención personalizada efectiva, sin resolución de mis dudas y sin orientación concreta respecto a los siguientes pasos, pese a tratarse de un programa dirigido a personas sin experiencia previa y que promete acompañamiento continuo. Posteriormente, recibo un audio por parte del tutor Nacho en el que se me indicaba acceder a un bloque concreto del contenido. Debido a la falta de claridad en dicha explicación y claridad del audio, entendí incorrectamente que debía acceder a otro apartado, lo que me llevó a iniciar un proceso de registro en IBKR sin contar con la información completa ni la orientación adecuada. Durante dicho proceso surgieron múltiples incidencias relacionadas con la verificación de identidad, dado que mi NIE se encuentra caducado. Ante estas dificultades, remití capturas de pantalla y mensajes explicativos por WhatsApp solicitando orientación. En dichos mensajes informé expresamente de mi situación documental. La respuesta recibida por parte del tutor fue que el requisito documental no dependía de Tradeando sino de la entidad financiera SeQura. Sin embargo, no se me ofreció una orientación clara sobre cómo proceder ni se detectó que yo me encontraba realizando un proceso posiblemente incorrecto o prematuro. Esta falta de supervisión resulta especialmente preocupante considerando que se trata de un programa dirigido a personas que, como yo, no contamos con experiencia previa en la materia. Consulté expresamente a Nacho, mi tutor asignado si, en caso de no poder completar la verificación, procedería la devolución del importe abonado, recibiendo respuesta afirmativa (“Sí que lo es jeje, no te preocupes…”), lo que generó en mí una confianza legítima respecto a la inexistencia de riesgo económico en esa situación. De forma paralela, Nacho me ofreció un nuevo programa adicional con coste económico, incluyendo supuestas mentorías personalizadas y pruebas de fondeo, pese a que ni siquiera había iniciado operativa real ni generado ingresos. Además, tengo agendada una cita para el 16 de marzo con Claudi, lo que reforzó mi percepción de que el proceso seguía en curso y que mi situación estaba siendo gestionada. El día 28 de febrero recibí notificación de intento de cobro de una cuota mensual de la entidad financiera SeQura por 169,80€, circunstancia que me sorprendió profundamente, dado que: • No he iniciado prueba de fondeo. • No he generado ingresos. • Existían incidencias no resueltas. • Tengo una cita programada para seguimiento el 16 de marzo. • Se me había transmitido tranquilidad respecto a mi situación. Actualmente he hecho un uso parcial del programa; no obstante, dicho uso no puede interpretarse como aceptación plena e informada de las condiciones económicas reales del contrato. Mi consentimiento fue prestado sin disponer de información esencial, clara y comprensible sobre aspectos determinantes como la existencia de una financiación vinculada, el importe total comprometido, la duración efectiva del crédito y la imposibilidad de cancelación anticipada sin penalización La ausencia de esta información relevante en la fase precontractual afecta directamente a la transparencia del proceso y a la validez del consentimiento otorgado. Conforme a los artículos 60 y 97 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el empresario está obligado a facilitar, antes de la contratación, información clara, suficiente y comprensible sobre las condiciones económicas y jurídicas del contrato, especialmente cuando implican compromisos financieros de duración determinada. Asimismo, la documentación contractual fue firmada digitalmente bajo un contexto de urgencia y presión comercial, sin disponer del tiempo suficiente para su análisis detallado, lo que podría suponer un consentimiento viciado conforme a los artículos 1265 y 1267 del Código Civil. Tambien, es necesario señalar que, en el momento de efectuar la suscripción el día 29 de enero, no se me informó de forma clara, expresa y suficientemente destacada que estaba formalizando un contrato de crédito vinculado con la entidad financiera SeQura, ni que dicha operación implicaba la asunción de una financiación independiente con obligaciones propias y diferenciadas del mero acceso al contenido formativo. Ahora, me resulta igualmente preocupante la mención de supuestos intereses diarios de entre 10 € y 25 €, así como las advertencias relativas a una posible inclusión en ficheros de morosidad. Tras revisar la documentación contractual suscrita, no consta de forma expresa, clara ni destacada la existencia, cuantía ni mecanismo de cálculo de dichos intereses de demora, por lo que no pueden considerarse válidamente pactados ni exigibles. Con toda esta situación quiero dejar constancia expresa del grave impacto económico y personal que esta situación me está generando. Trabajo a media jornada (30 horas semanales), soy responsable exclusiva de dos hijos menores y asumo gastos de alquiler y manutención. El programa fue contratado con la finalidad de mejorar nuestra estabilidad económica, no para incrementar mi endeudamiento. La incertidumbre, los cargos inesperados y las advertencias sobre intereses y morosidad me están generando un estado de ansiedad, estrés continuado y afectación del descanso y bienestar físico. Esta situación me está ocasionando perjuicios económicos y emocionales relevantes. Por todo lo expuesto, solicito formalmente: 1. La resolución del contrato por deficiente prestación del servicio y falta de acompañamiento efectivo. 2. La cancelación total de cualquier financiación o cuota pendiente. 3. Confirmación expresa y por escrito de que no se realizará ninguna comunicación a ASNEF ni a ningún fichero de solvencia patrimonial. 4. Revisión íntegra del expediente y propuesta de devolución de la cantidad abonada, atendiendo a las circunstancias descritas. Sin otro particular, atentamente. Marysol Pérez
Mensajes (2)
TRADEANDO. Retsinnal Group
A: M. P.
Estimados Señores, En relación con la reclamación presentada por Dña. Marysol Paret Ruiz respecto al programa formativo contratado, procedemos a realizar las siguientes aclaraciones: La contratación del curso se realizó mediante el proceso de matriculación online habitual, en el que la alumna cumplimentó sus datos personales, seleccionó la modalidad de pago y aceptó expresamente las condiciones de contratación antes de finalizar el proceso. Dicha aceptación constituye el contrato válido entre las partes. Asimismo, durante el proceso de compra se muestra de forma clara el precio total del programa y la modalidad de pago seleccionada. En el presente caso, la alumna optó voluntariamente por la modalidad de financiación a través de la entidad SeQura, siendo dicho contrato de financiación un acuerdo independiente formalizado directamente entre la alumna y la entidad financiera. El servicio contratado consiste en el acceso a contenido formativo digital a través de una plataforma online. Conforme a la normativa vigente en materia de consumidores, cuando el suministro de contenido digital comienza con el consentimiento del usuario, el derecho de desistimiento deja de ser aplicable, circunstancia que se recoge expresamente en las condiciones aceptadas durante la contratación. Consta que la alumna ha tenido acceso a la plataforma y al contenido del curso, habiéndose iniciado la prestación del servicio. Por todo lo anterior, la contratación se realizó conforme a los procedimientos escidos, con aceptación expresa de las condiciones contractuales y con prestación efectiva del servicio, por lo que no procede la resolución del contrato ni la devolución de las cantidades abonadas. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional. Atentamente, Equipo de Tradeando.net www.tradeando.net El jue, 5 mar 2026 a las 1:18, reclamar@ocu.org escribió:
M. P.
A: TRADEANDO. Retsinnal Group
A la atención del equipo de Tradeando, Tras revisar su respuesta, debo reiterar que no estoy conforme con su posición y mantengo íntegramente mi reclamación. Durante el proceso de contratación NO SE ME INFORMÓ DE FORMA CLARA, COMPRENSIBLE NI TRANSPARENTE DE QUE ESTABA FORMALIZANDO UN PRÉSTAMO CON UNA ENTIDAD FINANCIERA POR EL IMPORTE TOTAL DEL CURSO. La información que recibí durante la llamada comercial y el proceso de contratación no reflejaba de manera evidente que se trataba de una financiación a medio plazo con un compromiso económico cercano a los 1.750 € o más. Por tanto, considero que HA EXISTIDO UNA FALTA DE INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL SUFICIENTE, LO QUE AFECTA DIRECTAMENTE A LA VALIDEZ DEL CONSENTIMIENTO PRESTADO COMO CONSUMIDORA, DE ACUERDO CON LOS ARTÍCULOS 60 Y 97 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS. Asimismo, me resulta especialmente preocupante el cobro de esos intereses exageradamente altos, cargos diarios que no aparecen de forma clara ni destacada en el contrato ni en la información facilitada durante la contratación. La aplicación de cargos desproporcionados sin haber sido informados previamente podría constituir una práctica abusiva conforme a la normativa de protección de consumidores. Debe recordarse que la legislación española en materia de consumo y la jurisprudencia relativa a la usura y a las cláusulas abusivas protegen a los consumidores frente a intereses desproporcionados o penalizaciones económicas excesivas. La imposición de cargos de esta naturaleza, especialmente cuando no han sido comunicados de forma previa y comprensible, podría vulnerar la normativa de protección de consumidores y usuarios. Por todo lo anterior, reitero formalmente mi solicitud de: 1. La resolución del contrato. 2. La cancelación de cualquier obligación económica pendiente vinculada a esta contratación. 3. La devolución de las cantidades abonadas hasta la fecha. En caso de no recibir una solución satisfactoria, procederé a trasladar el caso a las autoridades y organismos competentes en materia de consumo y protección del consumidor, incluyendo la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), la Dirección General de Consumo, la OCU y, en su caso, otras vías legales correspondientes. Confío en que puedan revisar nuevamente mi caso y ofrecer una solución adecuada conforme a la normativa vigente. Atentamente, Marysol Pérez Beltrán
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