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RECLAMACIÓN POR COBRO INDEBIDO DE 258 € POR EJERCICIO DEL DERECHO DE DESISTIMIENTO

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Desistimiento

Tu reclamación

P. V.

A: VODAFONE ESPAÑA

09/09/2026

El 13/08/2026 contraté telefónicamente un servicio de fibra con Vodafone. El 18/08/2026 acudió un técnico al domicilio, donde ya existía previamente toda la infraestructura necesaria para disponer de fibra. La actuación se limitó a conectar el router y el decodificador, sin realizar una nueva instalación de fibra. El 20/08/2026, únicamente siete días naturales después de la contratación, comuniqué telefónicamente mi voluntad de desistir del contrato. No utilicé el servicio. El 22/08/2026 devolví el router y todos los equipos. Posteriormente Vodafone me ha cobrado 258 € bajo el concepto “Cargo por instalación de fibra”. RECLAMO LA DEVOLUCIÓN ÍNTEGRA DE LOS 258 €, al considerar que dicho cargo constituye una penalización por el ejercicio de mi derecho de desistimiento, ejercitado dentro del plazo legal. No acepto que se me repercuta cantidad alguna por haber ejercido dicho derecho. El artículo 102 del Real Decreto Legislativo 1/2007 establece que son nulas las cláusulas que impongan al consumidor una penalización por ejercer el derecho de desistimiento. Asimismo, no acepto que el mero hecho de que un técnico acudiera al domicilio pueda convertir el ejercicio del desistimiento en una obligación de pago, especialmente cuando no se realizó una instalación nueva, el servicio no fue utilizado y los equipos fueron devueltos inmediatamente. Solicito a Vodafone la ANULACIÓN DEFINITIVA del cargo y la DEVOLUCIÓN ÍNTEGRA de los 258 €. Asimismo, solicito que Vodafone aporte el contrato, las condiciones particulares y la grabación íntegra de la llamada de contratación del 13/08/2026, a fin de comprobar qué información se proporcionó y qué fue efectivamente aceptado. En caso de que Vodafone pretenda mantener el cobro, deberá justificar documentalmente la base legal y contractual que permita imponer dicho cargo pese al ejercicio del derecho de desistimiento dentro de plazo. No reconozco ni acepto deuda alguna por este concepto.

Mensajes (9)

VODAFONE ESPAÑA

A: P. V.

09/09/2026

Estimada Sra. Valdes, Gracias por ponerse en contacto con el Servicio de Atención al Cliente de Vodafone. En relación con su reclamación, mediante la cual manifiesta su disconformidad con la factura YI26-011201267, de fecha 01/09/2026, por importe total de 312.28 €, así como con la aplicación de los costes derivados de la instalación de fibra tras la baja del servicio, hemos realizado las comprobaciones oportunas sobre su contrato y los servicios asociados al mismo. Tras analizar la documentación disponible, el contrato suscrito y los registros de activación y baja de los servicios, le informamos de lo siguiente: En fecha 13/08/2026 formalizó la contratación de la oferta Vodafone Fibra 1 Gb + Fijo con línea incluida y llamadas, dos líneas Vodafone Móvil Ilimitada, Vodafone TV con HBO Max, Disney+, Prime Video y Netflix Estándar con anuncios, asociada a la oferta comercial T2637506331 por importe de Impuestos incluidos 63,97 €/mes- Precio Promocionado y, Precio sin promoción 73,97 €/mes, durante doce meses. Asimismo, en las condiciones contractuales aceptadas durante la contratación figuraban expresamente los siguientes compromisos: Coste Instalación (visita técnico) 12 meses Máximo 314€ Descuento Fidelización Vodafone TV 24 meses Máximo 239.87€ Descuento Fidelización 12 meses Máximo 288.08€ Hemos comprobado igualmente que: La instalación y activación del servicio de fibra se realizó el día 13/08/2026 19:42:41 mediante la orden 604588852. La solicitud de baja de los servicios fue registrada el día 20/08/2026 12:05:40, mediante la orden 605151834. Respecto a su solicitud de ejercicio del derecho de desistimiento, le informamos que, con carácter general, los contratos celebrados a distancia disponen de un plazo de 14 días naturales para desistir. No obstante, la normativa aplicable contempla excepciones para los servicios ya ejecutados o cuya prestación haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor (art. 103 a1 Excepciones al derecho de desistimiento, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el R.D. Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (B.O.E. 28 marzo).) . En los servicios de telecomunicaciones, el inicio efectivo de la prestación se produce cuando los servicios quedan activados y operativos, circunstancia que tuvo lugar en su caso con la instalación y activación de los servicios contratados. Adicionalmente, en la documentación contractual facilitada al cliente se informa de las condiciones aplicables al desistimiento, incluyendo la posibilidad de realizar dicha gestión mediante el formulario escido por Vodafone. Puede consultar esta información en: s:ayudacliente.vodafone.esarticulares/detalles-de-tu-contrato/tus-contratos/desistimiento-de-tu-contrato/ :www.vodafone.es/c/statics/desistimiento.pdf En relación concreta con el concepto Cargo por Instalación de Fibra (20 Ago), por importe de 250,97 €, incluido en la factura YI26-010236275, le informamos que dicho importe ha sido facturado correctamente y se ajusta a las condiciones contractuales aceptadas. Tal y como escen las condiciones del servicio, la instalación de fibra genera un coste para Vodafone de hasta 314 € (impuestos incluidos), importe que es asumido íntegramente por Vodafone siempre que el cliente mantenga activo el servicio durante un período mínimo de 12 meses desde la fecha de instalación. Las condiciones contractuales aceptadas recogen expresamente que, en caso de baja anticipada antes de finalizar dicho compromiso, Vodafone podrá repercutir al cliente los costes de instalación pendientes de amortizar.Dado que: La activación del servicio se produjo el 13/08/2026 19:42:41 y La baja fue solicitada el 20/08/2026 12:05:40.El servicio permaneció activo únicamente durante un breve período de tiempo, sin alcanzarse el compromiso mínimo de permanencia asociado a la gratuidad de la instalación. Como consecuencia de ello, Vodafone procedió a regularizar los costes de instalación de acuerdo con las condiciones aplicables, reflejándose el correspondiente cargo en la factura YI26-011201267 por importe total de 312,28 €, compuesta por: Cargo por Instalación de Fibra: 258,0800 € Por todo lo expuesto, una vez revisada la información disponible, le confirmamos que el importe facturado por el concepto Cargo por Instalación de Fibra ha sido aplicado conforme a las condiciones contractuales vigentes y, por tanto, no procede la anulación ni devolución de dicho cargo. Le recordamos que tanto el router como los equipos de televisión instalados son propiedad de Vodafone y deberán ser devueltos dentro del plazo escido tras la baja del servicio. Tras la tramitación de la baja, recibirá un SMS, llamada o comunicación informativa con las instrucciones y códigos necesarios para efectuar la devolución. El plazo máximo para la devolución es de 30 días desde la notificación. En caso de no realizarse la devolución en dicho plazo, podrán aplicarse los cargos correspondientes por incumplimiento contractual: Router Fibra FTTH/HFC: 80 € (IVA incluido). Equipos Vodafone TV: 120 € (IVA incluido). Si necesitara consultar nuevamente las instrucciones de devolución, puede hacerlo en: s:www.vodafone.es/carticulares/es/mas-con-vodafone/carta-bajas/ Le adjuntamos el contrato, la factura, la firma digital y el parte de instalación del servicio para su estudio. Un saludo Servicio de Atención al Cliente Vodafone. Confidencialidad Ponemos a su disposición nuestro Servicio de Atención al Cliente, 22123, (si llama desde su móvil Vodafone) ó 912222123 (si llama desde un móvil no Vodafone) si es particular o, 22122 (si llama desde su móvil Vodafone) ó 912222122 (si llama desde un móvil no Vodafone) si es empresa. El horario de atención es de lunes a domingo de 09:00 a 22:00H. En caso de que detecte una avería en relación a la velocidad de internet o cualquier servicio póngase en contacto con nosotros en el 22123/ 912222123 o en Mi Vodafone, en la sección de Averías. Para más información visite nuestra sección de ayuda en vodafone.es/ayuda o encuéntrenos en las redes sociales: Facebook, Instagram y YouTube Esta contestación y, en su caso, cualquier fichero anexo al mismo, contiene información de carácter confidencial que puede contener datos de carácter personal, la cual esta exclusivamente dirigida a su destinatario o destinatarios y que es propiedad de Vodafone España, S.A.U. Queda prohibida su divulgación, copia o distribución a terceros sin la previa autorización escrita de Vodafone España, S.A.U. en virtud de la legislación vigente. En el caso de haber recibido esta comunicación por error, se ruega notificar inmediatamente esta circunstancia mediante reenvío a la dirección electrónica y/o postal del remitente y la destrucción del mismo, siendo responsabilidad de la parte receptora cualquier mal uso que pueda llegar a hacer de la misma

P. V.

A: VODAFONE ESPAÑA

09/09/2026

No estoy conforme con la respuesta de Vodafone ni con el rechazo de mi reclamación. Quiero dejar expresamente constancia de que la solicitud realizada el 20/08/2026 no fue una simple baja del servicio, sino el ejercicio de mi derecho de desistimiento, al haber sido la contratación realizada el 13/08/2026 y encontrándome, por tanto, dentro del plazo legal de 14 días naturales para desistir de la contratación realizada a distancia. Vodafone reconoce en su propia respuesta tanto la fecha de contratación como la fecha en la que solicité la baja. Sin embargo, pretende tratar dicho desistimiento como una baja anticipada sujeta a una penalización por no cumplir 12 meses de permanencia. No acepto dicha interpretación. El hecho de que el servicio se hubiera activado y comenzado a prestar no convierte automáticamente el ejercicio válido del derecho de desistimiento en un incumplimiento de permanencia ni justifica, por sí solo, el cobro de 258,08 € + IVA en concepto de instalación. Además, Vodafone no me está reclamando ninguna cuota, consumo ni importe proporcional correspondiente al periodo en el que el servicio estuvo activo. El único importe que pretende repercutir es el coste de instalación, aplicado precisamente como consecuencia de la baja anticipada. Por ello, solicito que Vodafone indique de forma clara y concreta la cláusula contractual que establece que, cuando el consumidor ejerce su derecho de desistimiento dentro del plazo legal, debe abonar el coste íntegro de instalación o una penalización por no alcanzar los 12 meses de permanencia, así como que acredite que dicha condición fue informada de forma clara y previa a la contratación y que resulta aplicable al ejercicio del desistimiento. Asimismo, reitero que la actuación realizada el 18/08/2026 consistió únicamente en la colocación/configuración de los equipos necesarios, sin realizar ninguna obra, modificación o actuación sobre la instalación de fibra existente en el domicilio. Los equipos fueron posteriormente devueltos el 22/08/2026. Por todo lo anterior, mantengo íntegramente mi reclamación y solicito la anulación del cargo de 258,08 € + IVA y la devolución del importe cobrado, al considerar que se está aplicando indebidamente una penalización por permanencia cuando lo ejercitado fue el derecho de desistimiento dentro del plazo legal. Solicito asimismo que esta respuesta quede incorporada íntegramente al expediente de reclamación ante la OCU y que Vodafone no dé por resuelta la reclamación sin responder de forma concreta a los argumentos expuestos. Adjunto asimismo el texto consolidado del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, destacando especialmente el artículo 102.2, que establece expresamente que son nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan al consumidor una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento. Considero especialmente relevante este precepto en el presente caso, dado que Vodafone está justificando el cargo reclamado precisamente como consecuencia de no haber mantenido el servicio durante los 12 meses exigidos para evitar el coste de instalación, cuando lo que ejercí el 20/08/2026 fue mi derecho de desistimiento dentro del plazo legal.

VODAFONE ESPAÑA

A: P. V.

10/09/2026

Estimada Sra. Valdes, Gracias por ponerse en contacto con el Servicio de Atención al Cliente de Vodafone. Hemos revisado las alegaciones adicionales que nos traslada en relación con el cargo por instalación de fibra incluido en la factura YI26-011201267 y con su manifestación de que la solicitud cursada el 20/08/2026 constituyó un ejercicio del derecho de desistimiento. Tras analizar nuevamente la contratación, la documentación contractual aceptada, los registros de prestación del servicio y los argumentos expuestos en su escrito, le informamos de lo siguiente: Tal y como ya le indicamos en nuestra anterior respuesta, consta acreditado que: La contratación de los servicios se realizó el 13/08/2026. La instalación y activación efectiva de los servicios se completó el 13/08/2026. La solicitud de baja fue registrada el 20/08/2026. Entendemos su interpretación respecto al ejercicio del derecho de desistimiento dentro del plazo de 14 días naturales previsto para los contratos celebrados a distancia. No obstante, Vodafone mantiene que en el presente caso el servicio contratado fue instalado, activado y puesto en funcionamiento con carácter previo a la solicitud de baja, iniciándose así la ejecución efectiva del contrato. Asimismo, las condiciones aceptadas durante la contratación contemplaban expresamente la existencia de un coste de instalación de fibra de hasta 314 € (impuestos incluidos), coste que Vodafone asume comercialmente siempre que el servicio permanezca activo durante el periodo mínimo asociado a dicha promoción. En relación con su solicitud de que se identifique la base contractual de la regularización aplicada, le indicamos que la documentación contractual entregada durante la contratación recoge expresamente las condiciones asociadas al coste de instalación y su asunción por parte de Vodafone condicionada al mantenimiento del servicio durante el plazo escido. Dichas condiciones forman parte integrante del contrato aceptado. Respecto a su manifestación de que el importe facturado constituye una penalización por permanencia incompatible con el ejercicio del derecho de desistimiento, debemos reiterar que Vodafone no ha emitido el cargo en concepto de cuota de servicio, consumo ni penalización independiente por baja, sino como regularización derivada de las condiciones aplicables a la instalación efectivamente realizada y al incumplimiento del periodo mínimo asociado a la asunción de dicho coste por parte de Vodafone. Igualmente, hemos tomado en consideración su afirmación de que la actuación realizada en el domicilio consistió únicamente en la colocación y configuración de los equipos, sin necesidad de realizar obra civil o modificaciones sobre una instalación preexistente. No obstante, a efectos contractuales, el concepto facturado corresponde al coste de instalación asociado a la activación del servicio de fibra y no exclusivamente a la realización de obras o actuaciones físicas en el inmueble. Del mismo modo, hemos verificado que la devolución posterior de los equipos fue realizada conforme al procedimiento escido, circunstancia que no modifica las condiciones aplicables al cargo objeto de reclamación. Por todo ello, una vez efectuadas nuevas comprobaciones y revisadas sus alegaciones, Vodafone mantiene el criterio previamente comunicado, al considerar que el importe correspondiente al cargo por instalación de fibra fue aplicado de acuerdo con las condiciones contractuales aceptadas y con las circunstancias concurrentes en la prestación y activación de los servicios contratados. En consecuencia, no procede la anulación ni devolución del importe reclamado. No obstante, dejamos constancia de que todas las alegaciones trasladadas en su último escrito, incluidas las referencias efectuadas al artículo 102.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007 y a la interpretación que realiza sobre la aplicación del derecho de desistimiento, quedan incorporadas íntegramente al expediente para su adecuada valoración y seguimiento. Agradecemos la información facilitada y lamentamos las molestias que esta situación haya podido ocasionarle.

P. V.

A: VODAFONE ESPAÑA

10/09/2026

En relación con su última respuesta, manifiesto expresamente mi disconformidad y solicito que la reclamación sea revisada nuevamente, ya que considero que no se ha valorado correctamente que lo ejercido es mi derecho de desistimiento y, además, se han indicado fechas que no se corresponden con lo sucedido. La contratación se realizó el 13/08/2026. La instalación física de la fibra en mi domicilio se realizó el 18/08/2026 y la desconexión y solicitud de baja se produjo el 20/08/2026. Por tanto, la solicitud se realizó dentro del plazo de 14 días naturales desde la contratación. No estoy solicitando una baja ordinaria una vez consolidado el contrato, sino ejerciendo el derecho de desistimiento correspondiente a una contratación realizada a distancia y dentro del plazo legal. Por ello, no considero correcto que Vodafone trate mi solicitud simplemente como un incumplimiento de permanencia o como una baja ordinaria susceptible de generar automáticamente un cargo de 314 €. Además, en su respuesta Vodafone afirma que “la instalación y activación efectiva de los servicios se completó el 13/08/2026”. Esta afirmación no es correcta. El 13/08/2026 se produjo la contratación, mientras que la instalación física tuvo lugar el 18/08/2026 y la desconexión el 20/08/2026. Si Vodafone mantiene que la instalación y activación efectiva se produjo el 13/08/2026, solicito que facilite el documento, orden de trabajo, registro técnico, acta de instalación o registro de activación que lo acredite. Asimismo, solicito que Vodafone acredite qué información precontractual se me proporcionó sobre las consecuencias de ejercer el desistimiento durante el plazo legal y qué consentimiento expreso se obtuvo, en su caso, para iniciar la prestación del servicio antes de finalizar dicho plazo, así como las consecuencias económicas que se me comunicaron. Solicito que Vodafone indique de forma concreta la base legal y contractual por la que considera que, en mi caso, el ejercicio del desistimiento puede quedar sujeto al cargo reclamado. En las condiciones contractuales aportadas aparece la siguiente cláusula sobre permanencia: “En caso de baja del Servicio de Fibra antes de 12 meses se aplicará el importe que corresponda de manera proporcional al número de días no efectivos del compromiso de permanencia acordado.” Esta cláusula no justifica por sí sola el cobro de 314 €, especialmente cuando se ha ejercido el derecho de desistimiento dentro del plazo legal. Si Vodafone considera que el importe procede, solicito que explique detalladamente su naturaleza y cálculo. En concreto, solicito que se indique: 1. Si los 314 € corresponden a instalación, penalización por permanencia u otro concepto. 2. La cláusula contractual concreta que permite aplicar dicho cargo. 3. La información precontractual en la que se me informó de dicho importe. 4. El cálculo exacto utilizado para determinar los 314 €. 5. En caso de tratarse de una penalización por permanencia, cómo se ha aplicado la proporcionalidad prevista en la propia cláusula. 6. Cuántos días considera Vodafone incumplidos y qué importe corresponde exactamente a dichos días. 7. Qué relación tiene dicho cargo con el ejercicio del derecho de desistimiento realizado el 20/08/2026. Insisto en que la solicitud de desistimiento se realizó dentro del plazo legal y que la instalación física se produjo el 18/08/2026, no el 13/08/2026 como afirma Vodafone. Los equipos fueron devueltos conforme al procedimiento indicado por Vodafone, por lo que no existe ninguna cuestión pendiente relacionada con su restitución. Por todo ello, solicito: 1. Que se revise nuevamente la reclamación teniendo en cuenta el ejercicio del derecho de desistimiento. 2. Que se corrija la fecha de instalación indicada en su respuesta. 3. Que se aporte la documentación que acredite la supuesta instalación y activación efectiva del 13/08/2026, si mantienen dicha afirmación. 4. Que se acredite la información precontractual facilitada sobre el desistimiento y sus consecuencias económicas. 5. Que se indique qué consentimiento expreso se obtuvo, en su caso, para iniciar la prestación antes de finalizar el plazo de desistimiento. 6. Que se identifique claramente la naturaleza del cargo de 314 €. 7. Que se facilite la cláusula contractual y el cálculo detallado que justifican dicho importe. 8. Que, si se pretende aplicar la permanencia, se explique cómo se respeta la proporcionalidad establecida en las condiciones. 9. Que se anule el cargo de 314 € y se devuelva cualquier cantidad ya abonada por dicho concepto. 10. Que, si Vodafone mantiene su negativa, facilite una respuesta definitiva, motivada y documentada, indicando expresamente la normativa, condiciones contractuales y cálculo en los que fundamenta su decisión. En caso de mantener Vodafone su negativa sin aportar la documentación solicitada y sin corregir los datos incorrectos, trasladaré la reclamación a los organismos competentes en materia de consumo y telecomunicaciones, aportando toda la documentación contractual, de instalación y baja, así como las respuestas emitidas por Vodafone. Solicito que este escrito y toda la documentación aportada queden incorporados íntegramente al expediente.

VODAFONE ESPAÑA

A: P. V.

10/09/2026

Estimada Sra. Valdes Gracias por ponerse en contacto con el Servicio de Atención al Cliente de Vodafone. Hemos revisado las alegaciones adicionales que nos traslada en relación con el cargo por instalación de fibra incluido en la factura YI26-011201267 y con su manifestación de que la solicitud cursada el 20/08/2026 constituyó un ejercicio del derecho de desistimiento. Tras analizar nuevamente la contratación la documentación contractual aceptada los registros de prestación del servicio y los argumentos expuestos en su escrito le informamos de lo siguiente: Tal y como ya le indicamos en nuestra anterior respuesta consta acreditado que: La contratación de los servicios se realizó el 13/08/2026. La instalación y activación efectiva de los servicios se completó el 13/08/2026. La solicitud de baja fue registrada el 20/08/2026. Entendemos su interpretación respecto al ejercicio del derecho de desistimiento dentro del plazo de 14 días naturales previsto para los contratos celebrados a distancia. No obstante Vodafone mantiene que en el presente caso el servicio contratado fue instalado activado y puesto en funcionamiento con carácter previo a la solicitud de baja iniciándose así la ejecución efectiva del contrato. Asimismo las condiciones aceptadas durante la contratación contemplaban expresamente la existencia de un coste de instalación de fibra de hasta 314 ? (impuestos incluidos) coste que Vodafone asume comercialmente siempre que el servicio permanezca activo durante el periodo mínimo asociado a dicha promoción. En relación con su solicitud de que se identifique la base contractual de la regularización aplicada le indicamos que la documentación contractual entregada durante la contratación recoge expresamente las condiciones asociadas al coste de instalación y su asunción por parte de Vodafone condicionada al mantenimiento del servicio durante el plazo escido. Dichas condiciones forman parte integrante del contrato aceptado. Respecto a su manifestación de que el importe facturado constituye una penalización por permanencia incompatible con el ejercicio del derecho de desistimiento debemos reiterar que Vodafone no ha emitido el cargo en concepto de cuota de servicio consumo ni penalización independiente por baja sino como regularización derivada de las condiciones aplicables a la instalación efectivamente realizada y al incumplimiento del periodo mínimo asociado a la asunción de dicho coste por parte de Vodafone. Igualmente hemos tomado en consideración su afirmación de que la actuación realizada en el domicilio consistió únicamente en la colocación y configuración de los equipos sin necesidad de realizar obra civil o modificaciones sobre una instalación preexistente. No obstante a efectos contractuales el concepto facturado corresponde al coste de instalación asociado a la activación del servicio de fibra y no exclusivamente a la realización de obras o actuaciones físicas en el inmueble. Del mismo modo hemos verificado que la devolución posterior de los equipos fue realizada conforme al procedimiento escido circunstancia que no modifica las condiciones aplicables al cargo objeto de reclamación. Por todo ello una vez efectuadas nuevas comprobaciones y revisadas sus alegaciones Vodafone mantiene el criterio previamente comunicado al considerar que el importe correspondiente al cargo por instalación de fibra fue aplicado de acuerdo con las condiciones contractuales aceptadas y con las circunstancias concurrentes en la prestación y activación de los servicios contratados. En consecuencia no procede la anulación ni devolución del importe reclamado. No obstante dejamos constancia de que todas las alegaciones trasladadas en su último escrito incluidas las referencias efectuadas al artículo 102.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007 y a la interpretación que realiza sobre la aplicación del derecho de desistimiento quedan incorporadas íntegramente al expediente para su adecuada valoración y seguimiento. Agradecemos la información facilitada y lamentamos las molestias que esta situación haya podido ocasionarle. Un saludo Servicio de Atención al Cliente Vodafone. Confidencialidad Ponemos a su disposición nuestro Servicio de Atención al Cliente 22123 (si llama desde su móvil Vodafone) ó 912222123 (si llama desde un móvil no Vodafone) si es particular o 22122 (si llama desde su móvil Vodafone) ó 912222122 (si llama desde un móvil no Vodafone) si es empresa. El horario de atención es de lunes a domingo de 09:00 a 22:00H. En caso de que detecte una avería en relación a la velocidad de internet o cualquier servicio póngase en contacto con nosotros en el 22123/ 912222123 o en Mi Vodafone en la sección de Averías. Para más información visite nuestra sección de ayuda en vodafone.es/ayuda o encuéntrenos en las redes sociales: Facebook Instagram y YouTube Esta contestación y en su caso cualquier fichero anexo al mismo contiene información de carácter confidencial que puede contener datos de carácter personal la cual esta exclusivamente dirigida a su destinatario o destinatarios y que es propiedad de Vodafone España S.A.U. Queda prohibida su divulgación copia o distribución a terceros sin la previa autorización escrita de Vodafone España S.A.U. en virtud de la legislación vigente. En el caso de haber recibido esta comunicación por error se ruega notificar inmediatamente esta circunstancia mediante reenvío a la dirección electrónica y/o postal del remitente y la destrucción del mismo siendo responsabilidad de la parte receptora cualquier mal uso que pueda llegar a hacer de la misma

P. V.

A: VODAFONE ESPAÑA

11/09/2026

A la atención del Servicio de Atención al Cliente de Vodafone: He recibido su última respuesta y debo manifestar mi disconformidad, ya que dicha respuesta reproduce prácticamente de forma literal la respuesta anterior que precisamente estaba recurriendo. Mi anterior escrito no solicitaba simplemente que Vodafone volviera a exponer su posición, sino que cuestionaba expresamente los hechos en los que fundamentan el cargo de 314 € y solicitaba documentación concreta para acreditarlos. Sin embargo, Vodafone vuelve a responder exactamente en los mismos términos, sin aportar la documentación solicitada ni realizar una valoración efectiva de las nuevas alegaciones. En particular: * Sigo sin recibir ninguna prueba documental que acredite que la instalación y activación efectiva se produjo el 13/08/2026, cuando la instalación física en mi domicilio tuvo lugar el 18/08/2026. * Sigo sin recibir la cláusula contractual concreta en la que se establezca que el ejercicio del derecho de desistimiento dentro del plazo legal genera un cargo de 314 €. * Sigo sin recibir la información precontractual concreta relativa a dicha consecuencia económica. * Sigo sin recibir acreditación del consentimiento expreso que, según corresponda, se hubiera obtenido para iniciar la prestación durante el plazo de desistimiento. * Sigo sin recibir ningún desglose ni cálculo que justifique los 314 €. Por tanto, considero que Vodafone no ha revisado realmente mi reclamación, sino que se ha limitado a reproducir la respuesta anterior, que ya había sido expresamente impugnada. No voy a reiterar nuevamente los mismos argumentos, puesto que ya constan íntegramente en el expediente. Solicito que Vodafone deje de emitir respuestas genéricas o reiterativas y proceda a contestar de forma concreta a las cuestiones planteadas, aportando la documentación solicitada. En caso de que Vodafone mantenga su negativa sin aportar dicha documentación y sin responder de manera específica a las cuestiones planteadas, consideraré agotada la vía de reclamación ante Vodafone y trasladaré el expediente a los organismos competentes en materia de consumo y telecomunicaciones, aportando la totalidad de las comunicaciones intercambiadas para que pueda comprobarse que las alegaciones y solicitudes de documentación han sido reiteradas sin obtener una respuesta efectiva. Mantengo, por tanto, mi solicitud de anulación del cargo de 314 € incluido en la factura YI26-011201267. Solicito que este escrito quede incorporado íntegramente al expediente. Atentamente, Paula Valdés Collazo

VODAFONE ESPAÑA

A: P. V.

11/09/2026

Estimada Sra. Valdés: Gracias por contactar nuevamente con el Servicio de Atención al Cliente de Vodafone. Hemos revisado su escrito y las alegaciones presentadas en relación con el cargo incluido en la factura YI26-011201267. Tras una nueva comprobación del expediente, le reiteramos que la reclamación ya ha sido analizada y resuelta sobre la base de la documentación y registros disponibles en nuestros sistemas. De dicha revisión resulta que: La contratación del servicio se formalizó el 13/08/2026. La instalación y activación del servicio constan registradas el 13/08/2026 a las 19:42:41, mediante la orden 604588852. La baja del servicio fue solicitada el 20/08/2026 a las 12:05:40, mediante la orden 605151834. En las condiciones aceptadas durante la contratación figuraba expresamente un coste máximo de instalación de fibra de 314 €, asumido por Vodafone siempre que el servicio permaneciera activo durante el período mínimo escido. Al producirse la baja de forma anticipada, se aplicó la regularización correspondiente de los costes de instalación, reflejada en la factura reclamada. Asimismo, le informamos de que junto a nuestras comunicaciones se ha facilitado la documentación disponible asociada al expediente, incluyendo contrato, factura, firma digital y parte de instalación. Por todo lo anterior, y no habiéndose aportado nuevos elementos que modifiquen los hechos ya verificados, mantenemos que el cargo facturado ha sido aplicado conforme a las condiciones contractuales aceptadas y a la información registrada en nuestros sistemas, por lo que no procede la anulación ni devolución del importe reclamado. Dado que su solicitud ha sido revisada en varias ocasiones, la presente comunicación ratifica la resolución previamente emitida por Vodafone respecto de esta reclamación. Un saludo Servicio de Atención al Cliente Vodafone. Confidencialidad Ponemos a su disposición nuestro Servicio de Atención al Cliente, 22123, (si llama desde su móvil Vodafone) ó 912222123 (si llama desde un móvil no Vodafone) si es particular o, 22122 (si llama desde su móvil Vodafone) ó 912222122 (si llama desde un móvil no Vodafone) si es empresa. El horario de atención es de lunes a domingo de 09:00 a 22:00H. En caso de que detecte una avería en relación a la velocidad de internet o cualquier servicio póngase en contacto con nosotros en el 22123/ 912222123 o en Mi Vodafone, en la sección de Averías. Para más información visite nuestra sección de ayuda en vodafone.es/ayuda o encuéntrenos en las redes sociales: Facebook, Instagram y YouTube Esta contestación y, en su caso, cualquier fichero anexo al mismo, contiene información de carácter confidencial que puede contener datos de carácter personal, la cual esta exclusivamente dirigida a su destinatario o destinatarios y que es propiedad de Vodafone España, S.A.U. Queda prohibida su divulgación, copia o distribución a terceros sin la previa autorización escrita de Vodafone España, S.A.U. en virtud de la legislación vigente. En el caso de haber recibido esta comunicación por error, se ruega notificar inmediatamente esta circunstancia mediante reenvío a la dirección electrónica y/o postal del remitente y la destrucción del mismo, siendo responsabilidad de la parte receptora cualquier mal uso que pueda llegar a hacer de la misma

P. V.

A: VODAFONE ESPAÑA

11/09/2026

A la atención del Servicio de Atención al Cliente de Vodafone: He recibido su última respuesta y considero necesario aclarar, una vez más, el punto fundamental de mi reclamación, porque Vodafone continúa respondiendo como si mi solicitud hubiera sido una baja ordinaria anticipada por incumplimiento de permanencia. NO estoy cuestionando que durante la contratación se me informase de la existencia de un coste de instalación de hasta 314 € ni estoy afirmando que desconociese las condiciones comerciales del servicio. Lo que estoy cuestionando es que Vodafone pueda aplicar dicho coste por el hecho de que ejercí el derecho de desistimiento dentro del plazo legal de 14 días. Son cuestiones diferentes. Yo contraté el servicio el 13/08/2026 y comuniqué mi desistimiento el 20/08/2026 a las 12:05:40, dentro del plazo legal. Por tanto, no solicité una baja ordinaria después de decidir no continuar con un contrato sujeto a permanencia. Ejercí un derecho legal de desistimiento. Que Vodafone tuviera una promoción por la que asumía comercialmente el coste de instalación condicionada a la permanencia NO responde a la cuestión que estoy planteando. La cuestión que Vodafone debe responder es: ¿Puede Vodafone exigir al consumidor el pago de 314 € como consecuencia de ejercer el derecho de desistimiento dentro de los 14 días, amparándose en una condición comercial de permanencia? Hasta ahora Vodafone no ha respondido a esta cuestión. Se limita a afirmar que el coste de instalación estaba condicionado a que el servicio permaneciera activo durante un periodo mínimo y que, al solicitarse la baja antes de dicho periodo, se regulariza el coste. Pero precisamente eso es lo que estoy cuestionando: que una condición de permanencia pueda utilizarse para generar un cargo económico cuando la finalización del contrato se produce mediante el ejercicio del derecho de desistimiento dentro del plazo legal. El derecho de desistimiento no es una baja anticipada ni un incumplimiento contractual. Es un derecho legal del consumidor. Si Vodafone considera que el inicio de la prestación durante el periodo de desistimiento genera algún importe legalmente exigible, solicito que indique exactamente qué concepto corresponde, cuál es su base legal y cómo se ha calculado. No basta con convertir automáticamente el coste promocional de instalación en un cargo de 314 €. Además, existe una contradicción que tampoco ha quedado aclarada. Vodafone afirma ahora que la instalación y activación constan registradas el 13/08/2026 a las 19:42:41 mediante la orden 604588852. Sin embargo, el propio Vodafone me ha facilitado el parte de instalación, en el que consta la instalación realizada el 18/08/2026 a las 20:00. Solicito, por tanto, que Vodafone explique esta contradicción y aclare qué actuación concreta considera realizada el 13/08/2026 y por qué la instalación que consta en su propio parte aparece fechada el 18/08/2026. Por todo ello, mantengo mi solicitud de anulación del cargo de 314 € incluido en la factura YI26-011201267. Solicito expresamente que, si Vodafone mantiene su negativa, responda de forma concreta a esta cuestión y no vuelva a limitarse a reproducir que existía un coste de instalación condicionado a la permanencia: ¿Cuál es la base legal y contractual que permite a Vodafone cobrar 314 € a un cliente que ejerce el derecho de desistimiento dentro del plazo legal de 14 días? Asimismo, les informo de que, ante la falta de una respuesta que dé contestación a esta cuestión y al mantenimiento del cargo, ya he emprendido los correspondientes cauces de reclamación ante los organismos de Consumo, aportando la documentación disponible y dejando constancia de la controversia existente. Por tanto, esta comunicación se realiza también a efectos de dejar constancia de que la reclamación ante Vodafone ha sido formulada y de que el asunto ya ha sido trasladado por los cauces de consumo correspondientes. Solicito que este escrito quede incorporado íntegramente al expediente y que cualquier respuesta definitiva explique de forma concreta la base legal del cargo de 314 €, así como la contradicción existente entre los registros de instalación y activación.

VODAFONE ESPAÑA

A: P. V.

11/09/2026

Estimada Sra. Valdés: Gracias por contactar nuevamente con el Servicio de Atención al Cliente de Vodafone. Hemos revisado el contenido de su último escrito y las manifestaciones realizadas en relación con el cargo incluido en la factura YI26-011201267, así como las cuestiones planteadas respecto al ejercicio del derecho de desistimiento y a los registros de instalación del servicio. Tras una nueva revisión de su expediente, le informamos de que Vodafone mantiene la resolución comunicada en anteriores ocasiones, al no haberse identificado elementos nuevos que modifiquen los hechos ya verificados ni la valoración efectuada sobre los mismos. En nuestros sistemas consta que: La contratación del servicio se formalizó el 13/08/2026. La instalación y activación del servicio figuran registradas el 13/08/2026 a las 19:42:41, mediante la orden 604588852. La solicitud de baja del servicio fue registrada el 20/08/2026 a las 12:05:40, mediante la orden 605151834. Durante el proceso de contratación se aceptaron las condiciones aplicables al servicio, entre las que se incluía la existencia de un coste máximo de instalación de fibra de 314 €, asumido por Vodafone bajo las condiciones previstas para dicha promoción. Respecto a las consideraciones expuestas en su escrito sobre la naturaleza del desistimiento ejercitado, le informamos de que Vodafone ya ha analizado esta cuestión dentro del marco de la reclamación presentada, manteniendo que la facturación realizada se ajusta a las condiciones contractuales asociadas al servicio contratado y a los registros obrantes en nuestros sistemas. Asimismo, en relación con la diferencia señalada entre la fecha reflejada en el parte de instalación y los registros internos asociados a la activación del servicio, le indicamos que la documentación disponible en el expediente ya ha sido incorporada y valorada durante la revisión efectuada, sin que de ello se derive ninguna modificación sobre la resolución previamente comunicada. Del mismo modo, tomamos nota de su manifestación relativa a las actuaciones que ha decidido promover ante los organismos competentes en materia de consumo. Vodafone colaborará con dichos organismos en caso de que nos sea requerida información o documentación relacionada con el expediente. Por todo lo expuesto, y habiendo sido revisada su reclamación en varias ocasiones por los departamentos competentes, le comunicamos que mantenemos íntegramente la resolución previamente emitida, por lo que no procede la anulación ni devolución del cargo de 314 € reflejado en la factura YI26-011201267. La presente comunicación ratifica la posición trasladada por Vodafone respecto de esta reclamación y se incorporará al expediente correspondiente junto con la documentación y alegaciones presentadas. Un saludo Servicio de Atención al Cliente Vodafone. Confidencialidad Ponemos a su disposición nuestro Servicio de Atención al Cliente 22123 (si llama desde su móvil Vodafone) ó 912222123 (si llama desde un móvil no Vodafone) si es particular o 22122 (si llama desde su móvil Vodafone) ó 912222122 (si llama desde un móvil no Vodafone) si es empresa. El horario de atención es de lunes a domingo de 09:00 a 22:00H. En caso de que detecte una avería en relación a la velocidad de internet o cualquier servicio póngase en contacto con nosotros en el 22123/ 912222123 o en Mi Vodafone en la sección de Averías. Para más información visite nuestra sección de ayuda en vodafone.es/ayuda o encuéntrenos en las redes sociales: Facebook Instagram y YouTube Esta contestación y en su caso cualquier fichero anexo al mismo contiene información de carácter confidencial que puede contener datos de carácter personal la cual esta exclusivamente dirigida a su destinatario o destinatarios y que es propiedad de Vodafone España S.A.U. Queda prohibida su divulgación copia o distribución a terceros sin la previa autorización escrita de Vodafone España S.A.U. en virtud de la legislación vigente. En el caso de haber recibido esta comunicación por error se ruega notificar inmediatamente esta circunstancia mediante reenvío a la dirección electrónica y/o postal del remitente y la destrucción del mismo siendo responsabilidad de la parte receptora cualquier mal uso que pueda llegar a hacer de la misma


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