Anterior

Reclamación por cambio de itinerario (días/horas de vuelo) y solicitud de reubicación o reembolso.

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

B. P.

A: RUMBO

26/04/2026

He contratado a través de la agencia Rumbo las siguientes reservas: • Reserva nº 3147851964: vuelo Madrid–Bangkok operado por Etihad Airways. • Reserva nº 3147850134: vuelo Bangkok–Koh Samui. Ambos vuelos forman parte de un mismo desplazamiento planificado y fueron contratados en el mismo proceso comercial, bajo la confianza generada por la agencia de que, en caso de incidencias, se ofrecerían soluciones sin perjuicio para el cliente. El día 08/04/2026 fui informada de un cambio operativo en el vuelo Madrid–Bangkok que implica un retraso aproximado de 12 horas, lo que imposibilita el enlace con el vuelo posterior Bangkok–Koh Samui, alterando de forma sustancial el viaje contratado. El día 09/04/2026 contacté con la agencia solicitando la reubicación de los vuelos, proponiendo alternativas viables (existiendo disponibilidad), así como la cobertura de los gastos derivados (alojamiento en Bangkok). Tras múltiples gestiones, el día 16/04/2026 recibí una propuesta de cambio que acepté, sin que a fecha actual se haya resuelto completamente la incidencia. La empresa rechaza asumir responsabilidad alegando la “independencia de reservas”, pese a que: • La contratación se realizó bajo una única intermediación. • Se generó una expectativa legítima de asistencia en caso de incidencias. • El cambio en el primer vuelo afecta directamente al segundo, formando un único itinerario funcional. FUNDAMENTOS LEGALES: • Conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), el consumidor tiene derecho a la correcta ejecución del contrato y a la reparación de daños en caso de incumplimiento. • La agencia intermediaria responde frente al consumidor cuando la falta de ejecución del servicio contratado le es imputable o cuando no gestiona adecuadamente una incidencia. • Asimismo, la normativa sobre transporte aéreo (Reglamento (CE) 261/2004) establece derechos de asistencia y reubicación en caso de modificaciones sustanciales de vuelos. • La negativa a ofrecer soluciones efectivas y la falta de gestión en plazo razonable suponen un incumplimiento de las obligaciones de diligencia profesional. PERJUICIOS OCASIONADOS: • Costes adicionales por imposibilidad de modificar otros vuelos (Tenerife–Madrid). • Perjuicio laboral al no poder organizar vacaciones. • Gastos adicionales (alojamiento en Bangkok). • Pérdida de tiempo y reiteradas gestiones sin solución. SOLICITO: 1. La reubicación definitiva, clara y confirmada de todos los vuelos en fechas compatibles. 2. La asunción de todos los gastos derivados de la incidencia (incluido alojamiento). 3. Una compensación económica por los perjuicios ocasionados. 4. La intervención de la OCU para mediar y garantizar el cumplimiento de mis derechos como consumidor.


¿Necesitas ayuda?

El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.

Información para empresas

Descubra más sobre esta plataforma

Información para consumidores

Descubre más sobre nuestra plataforma