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Reclamación incumplimiento contrato

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C. M.

A: FLEXICAR

07/05/2025

Cristina de los Reyes Montes Gracia, con D.N.I 45327630-N, con domicilio a efectos de notificación en Calle Batracios 9, en de la ciudad de El Puerto de Santa María, en la provincia de Cádiz, y con teléfono de contacto 657438012, en calidad de INTERESADA viene a informar a FLEXICAR INTERNACIONAL S.L. Con N.I.F. B09758327 y domicilio social en Avenida de Tenerife N2, Complejo Empresarial Marpe, edificio 2, planta baja, San Sebastián de los Reyes, de los siguientes HECHOS Primero. - Que con fecha de 02/08/2024, se suscribió contrato de compraventa entre Doña Cristina Montes Gracia y la mercantil Flexicar internacional S.L. Cuyo objeto de venta era el vehículo de ocasión JEEP CHEROKEE con matrícula 0358KWT, con número de bastidor 1C4PJMDU8KD373850. Segundo. - El contrato se perfecciona el día 02/08/2024 dando la parte compradora el importe de 21,590€ como valor de transacción y entregándose en ese mismo acto el vehículo, el cual se entrega según el exponiendo I del contrato de compraventa, clausula 4, se transmite con ITV reglamentaria en fecha. Tercero. - Que, como parte de la compra, la compradora suscribe a través de Flexicar Internacional S.L., seguro de garantía mecánica premium. Cuarto. - Se adjunta como ANEXO I el contrato de compraventa y seguro premium firmado entre las partes. Que, relativos a estos hechos, la parte quiere manifestar las siguientes ALEGACIONES Primero. - Que desde que se compra el vehículo en las instalaciones de Flexicar intencional en Jerez, la atiende la compraventa llamado David con número de teléfono +34 603 021 698. Segundo. - Que, desde el primer momento, la compradora manifiesta que el vehículo se encuentra mal de pintura, que se necesitan cambiar las ruedas y pasar la ITV del vehículo antes de la recogida del mismo en las instalaciones de Flexicar. Cuestiones que habían sido aclaradas con el comercial de venta. Y que se realizaría antes de la transmisión. Asegurando a la compradora como el contrato estipula que el vehículo se entregara con la ITV reglamentaria. Tercero. - Que en el momento de la entrega se da fecha a la interesada para la peritación de los daños en pintura, el cambio de rueda y se entrega el vehículo junto con una copia del permiso de circulación del vehículo. La ficha técnica es electrónica. Cuarto. - Que, durante el mes de agosto de 2024, la interesada llama por teléfono y se desplaza a las instalaciones de la mercantil en Jerez en varias ocasiones, solicitando el permiso de circulación original y el cambio de ruedas. Quinto. - Que a la interesada nunca le arreglan los desperfectos de pintura del vehículo, las ruedas no son cambiadas hasta diciembre de 2024, es decir 5 meses después de salir del concesionario y la ficha técnica original del vehículo no es entregada hasta octubre de 2024. Sexto. - Que, en septiembre de 2024, la interesada comunica de un fallo eléctrico en el intermitente trasero derecho del vehículo a los comerciales que le atienden. Que los comerciales le dan el teléfono del seguro mecánico contratado a través de Flexicar S.L., ni seguro mecánico, ni Flexicar responden ante la avería mecánica del piloto, no peritan la avería, ni siquiera le dan cita en el taller de Flexicar para peritar. Séptimo. - Que el día 20/04/2025 la Guardia Civil de tráfico detiene el vehículo objeto de la transacción, y sanciona a la interesada por no tener la ITV en vigor. Importe de la sanción son 200€. Octavo. - Que la interesada se pone en contacto con Flexicar, para exigir que se abone la sanción y que se pase la ITV reglamentaria al vehículo, pues se ha transmitido sin ITV suponiendo un incumpliendo de contrato. Noveno. – Que, tras dos semanas llamando a diario y desplazándonos hasta Flexicar S.L., en Jerez la interesada no obtiene respuesta, se mantiene a la espera de que el gerente de tienda la pueda atender. En la actualidad sigue esperando y poniéndose en contacto con ellos a diario. Decimo. - Que, a la interesada, le ha supuesto un perjuicio económico y emocional por todos estos inconvenientes. En base a las siguientes a las alegaciones planteadas, la interesada SOLICITA PRIMERO. - Se abone el coste total de la ITV y de la revisión mecánica: Cambio de aceite y revisión pre-ITV en taller. SEGUNDO. - Se abone el importe total del piloto dañado, ascendiendo a un total de 300€. TERCERO. - Se abone 100€ por la sanción interpuesta el día 20/04/2025 y 200€ por los daños morales provocados. CUARTA. - Se de cita para la restitución de la pintura del vehículo.

Mensajes (3)

C. M.

A: FLEXICAR

19/05/2025

Buenos días, pensáis contestar a la reclamación? O ponemos una demanda en el Juzgado ya?

Asistencia solicitada 20 mayo 2025

FLEXICAR

A: C. M.

29/05/2025

Estimada Cristina: Le agradecemos por ponerse en contacto con nosotros. Queremos informarle que en breve nos pondremos en contacto con usted para coordinar una cita y verificar los trabajos pendientes de realizar, tal como se detalla en el contrato de compraventa y en la hoja de entrega del vehículo. Además, aprovecharemos esta ocasión para gestionar el trámite correspondiente relacionado con la inspección técnica del vehículo. Nuestro objetivo es garantizar que todos los aspectos acordados se cumplan a su satisfacción. Quedamos a su disposición para cualquier consulta adicional. Atentamente, Clientes Flexicar Dpto. Calidad clientes@flexicar.esflexicar.es Av. de Tenerife, 2, 28703 S.S. Reyes, Madrid Este mensaje va dirigido, de manera exclusiva, a su destinatario y puede contener información confidencial y sujeta al secreto profesional, cuya divulgación no está permitida por Ley. En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que de forma inmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestra atención y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo. Asimismo, le comunicamos que la distribución, copia o utilización de este mensaje, o de cualquier documento adjunto al mismo, cualquiera que fuera su finalidad, están prohibidas por ley. En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), le informamos que el Responsable del tratamiento es Flexicar Internacional, S.L., con NIF B09758327. Estos datos personales serán tratados con la finalidad de mantener el contacto y la comunicación. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición, de manera gratuita mediante correo electrónico a gdpr@flexicar.es o bien en la dirección: Av. Tenerife 2, Complejo Empresarial Marpe, Planta 3ª. 28703 SS Reyes, Madrid. El mié, 7 may 2025 a las 23:30, reclamar@ocu.org escribió: ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌

FLEXICAR

A: C. M.

04/07/2025

Estimada Cristina, Gracias por su paciencia y por mantenerse en contacto con nosotros. Queremos confirmarle que estamos gestionando internamente su reclamación relativa a la devolución de la reserva del vehículo. Tal como se le informó previamente, el proceso ya ha sido tramitado y actualmente se encuentra en la plataforma de pagos. Desde central estamos haciendo todo lo posible para agilizar los plazos y que reciba su reembolso a la mayor brevedad. En los próximos días debería ver reflejado el abono en su cuenta. Lamentamos las molestias que esta situación haya podido causarle y le agradecemos sinceramente su comprensión. Seguimos a su disposición para cualquier consulta adicional o seguimiento que necesite. Atentamente, Clientes Flexicar Dpto. Calidad clientes@flexicar.esflexicar.es Av. de Tenerife, 2, 28703 S.S. Reyes, Madrid Este mensaje va dirigido, de manera exclusiva, a su destinatario y puede contener información confidencial y sujeta al secreto profesional, cuya divulgación no está permitida por Ley. En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que de forma inmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestra atención y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo. Asimismo, le comunicamos que la distribución, copia o utilización de este mensaje, o de cualquier documento adjunto al mismo, cualquiera que fuera su finalidad, están prohibidas por ley. En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), le informamos que el Responsable del tratamiento es Flexicar Internacional, S.L., con NIF B09758327. Estos datos personales serán tratados con la finalidad de mantener el contacto y la comunicación. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición, de manera gratuita mediante correo electrónico a gdpr@flexicar.es o bien en la dirección: Av. Tenerife 2, Complejo Empresarial Marpe, Planta 3ª. 28703 SS Reyes, Madrid. El lun, 19 may 2025 a las 11:01, reclamar@ocu.org escribió: ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌


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