En agosto de 2025 adquirí un collar de oro amarillo de 9 quilates con rubíes y diamantes (referencia J05943-02-RU-I2_ST) por un importe de 549 €.
La joya ha tenido un uso muy ocasional, aproximadamente en diez ocasiones, y siempre en condiciones normales. La cadena se rompió de forma repentina, sin haber sufrido ningún tirón, golpe, enganchón ni manipulación indebida. El resto de la pieza, incluido el cierre tipo mosquetón, se encuentra en perfecto estado de conservación, lo que demuestra el escaso uso que ha tenido.
Entregué el collar en un establecimiento Aristocrazy para su revisión al encontrarse dentro del periodo de garantía. Sin embargo, la empresa rechazó la aplicación de la garantía alegando que uno de los eslabones presentaba una deformación por estiramiento compatible con una presión ejercida sobre la cadena, concluyendo que la rotura no se debía a un defecto de fabricación. Como única alternativa, me ofrecen reparar la pieza abonando 24 €.
No comparto esta conclusión. Aristocrazy no me ha facilitado ningún informe técnico, fotografías ni explicación objetiva que justifique dicha valoración, limitándose a comunicar una conclusión sin aportar los elementos en los que se basa.
Considero que una joya de oro de 549 €, con menos de un año de antigüedad y utilizada únicamente en unas diez ocasiones, debe ofrecer una durabilidad acorde con sus características y precio. En mi opinión, la empresa no ha motivado suficientemente la denegación de la garantía.
Por todo ello, solicito la intervención de la OCU para que valore si la actuación de Aristocrazy se ajusta a la normativa de protección de los consumidores y me asesore para obtener la reparación de la pieza sin coste o, en su defecto, una resolución debidamente fundamentada y respaldada por una valoración técnica objetiva.