Por medio del presente escrito, me dirijo a ustedes para solicitar la resolución inmediata y la nulidad del contrato de formación del programa [Nombre del curso/Growth Partner] gestionado a través de Hotmart, así como la cancelación definitiva del crédito vinculado con la entidad seQura.
Motivo esta solicitud en base a las graves irregularidades y la falta de transparencia acontecidas durante el proceso de contratación hace unos meses, las cuales detallo a continuación:
1. Vicio en el consentimiento por omisión de información: Durante la llamada de venta telefónica, se omitió deliberadamente información esencial relativa a la obligatoriedad y permanencia del pago de las cuotas, ocultando que se estaba suscribiendo un contrato de crédito al consumo a largo plazo.
2. Irregularidad en la contratación previa: Se me exigió un pago inicial mediante transferencia bancaria en concepto de "entrada" antes de facilitarme acceso, lectura o copia alguna de las condiciones generales del contrato y de la financiación con seQura. Esto vulnera de forma directa el artículo 10 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Crédito al Consumo, que exige la entrega de la Información Normalizada Europea (INE) con carácter previo.
3. Falta de conformidad con el servicio: El contenido y soporte del programa no se corresponden con las expectativas legítimas generadas en la venta, existiendo una disconformidad comercial absoluta con el producto.
Atendiendo al carácter de crédito vinculado (Art. 29 de la Ley 16/2011), los derechos que me asisten frente al proveedor del servicio son plenamente ejercitables frente a la entidad financiera.
Por todo ello, SOLICITO:
• La baja del programa formativo y la rescisión del contrato de financiación sin penalización alguna.
• La paralización cautelar de cualquier cobro o emisión de recibos por parte de seQura mientras se resuelve esta disputa comercial, absteniéndose de incluir mis datos en ficheros de solvencia patrimonial (ASNEF/BADEXCUG), lo cual constituiría una vulneración de mi derecho al honor al tratarse de una deuda formalmente disputada.
En caso de no recibir respuesta favorable en un plazo de 15 días, procederé a interponer la correspondiente denuncia ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y las autoridades de Consumo competentes, reservándome el derecho de emprender acciones judiciales.
Atentamente,