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Reclamación formal - Solicitud de resolución contractual por falta de transparencia y vicio en el co

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Contrato

Tu reclamación

A. L.

A: EQOM.IO S.L.

29/10/2026

Por medio del presente escrito, me dirijo a ustedes para solicitar la resolución inmediata y la nulidad del contrato de formación del programa [Nombre del curso/Growth Partner] gestionado a través de Hotmart, así como la cancelación definitiva del crédito vinculado con la entidad seQura. Motivo esta solicitud en base a las graves irregularidades y la falta de transparencia acontecidas durante el proceso de contratación hace unos meses, las cuales detallo a continuación: 1. Vicio en el consentimiento por omisión de información: Durante la llamada de venta telefónica, se omitió deliberadamente información esencial relativa a la obligatoriedad y permanencia del pago de las cuotas, ocultando que se estaba suscribiendo un contrato de crédito al consumo a largo plazo. 2. Irregularidad en la contratación previa: Se me exigió un pago inicial mediante transferencia bancaria en concepto de "entrada" antes de facilitarme acceso, lectura o copia alguna de las condiciones generales del contrato y de la financiación con seQura. Esto vulnera de forma directa el artículo 10 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Crédito al Consumo, que exige la entrega de la Información Normalizada Europea (INE) con carácter previo. 3. Falta de conformidad con el servicio: El contenido y soporte del programa no se corresponden con las expectativas legítimas generadas en la venta, existiendo una disconformidad comercial absoluta con el producto. Atendiendo al carácter de crédito vinculado (Art. 29 de la Ley 16/2011), los derechos que me asisten frente al proveedor del servicio son plenamente ejercitables frente a la entidad financiera. Por todo ello, SOLICITO: • La baja del programa formativo y la rescisión del contrato de financiación sin penalización alguna. • La paralización cautelar de cualquier cobro o emisión de recibos por parte de seQura mientras se resuelve esta disputa comercial, absteniéndose de incluir mis datos en ficheros de solvencia patrimonial (ASNEF/BADEXCUG), lo cual constituiría una vulneración de mi derecho al honor al tratarse de una deuda formalmente disputada. En caso de no recibir respuesta favorable en un plazo de 15 días, procederé a interponer la correspondiente denuncia ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y las autoridades de Consumo competentes, reservándome el derecho de emprender acciones judiciales. Atentamente,

Mensajes (2)

EQOM.IO S.L.

A: A. L.

30/10/2026

Estimada Ana: Hemos revisado su reclamación y lamentamos que su valoración del programa no haya sido satisfactoria. No obstante, no podemos aceptar que las circunstancias expuestas determinen por sí mismas la nulidad o resolución del contrato en los términos solicitados. El programa contratado comprende una prestación formativa y servicios asociados cuyo acceso se facilita conforme al proceso y condiciones de contratación correspondientes. La posterior disconformidad con las expectativas respecto del programa no supone, por sí sola, la existencia de un incumplimiento contractual que determine automáticamente su resolución. En cuanto a las manifestaciones relativas a una supuesta falta de información durante la contratación y a la financiación mediante SeQura, dichas afirmaciones deberán contrastarse con la documentación contractual, la información facilitada durante el proceso de contratación y los correspondientes registros, sin que proceda dar por acreditadas las irregularidades que se exponen únicamente sobre la base de la reclamación presentada. Del mismo modo, la posible aplicación de las consecuencias previstas para los contratos de crédito vinculados exige que concurran los requisitos legalmente escidos, por lo que no cabe concluir automáticamente que la presentación de esta reclamación produzca la cancelación de la financiación. Por estos motivos, EQOM no puede acceder a la nulidad y cancelación solicitadas en los términos planteados. En cualquier caso, atenderemos cualquier reclamación formal y examinaremos la documentación correspondiente por los canales habilitados, ofreciendo una respuesta acorde con el contrato y la normativa aplicable. Atentamente, Equipo EQOM Jacobo Martín M. (+34) 661 461 188 jacobo.martin@mavenslegal.com C. 91 702 24 25 AbogadoLawyer Mavenslegal.com Calle Claudio Coello, 32 – Planta 1 – 28001 Madrid, España

A. L.

A: EQOM.IO S.L.

30/10/2026

Buenos días, y gracias por la rápida respuesta. Entiendo lo expuesto y por qué no es motivo de nulidad. Pero el primer pago medio transferencia bancaria para completar el coste total del curso, no ha sido aportado por su parte como tal, sino que se lo han embolsado sin más... En su momento me han empujado con mucha insistencia para hacerlo, e ingenuamente, he mordido el anzuelo para darme cuenta después de que ese primer pago desvinculado de Sequra, sería tratado como dinero extra para sus bolsillos


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