ESCRITO DE RECLAMACIÓN FORMAL (EXPEDIENTE ANTERIOR: 15005433)DATOS DEL RECLAMANTENombre y Apellidos: Regla María Díaz Racero DNI: 48892491B Domicilio: Naranjo, 81, 11550 Chipiona, España Email: rdiaxero@gmail.com DATOS DE LA EMPRESA RECLAMADARazón Social: Roadsurfer GmbH Dirección: Winzererstr. 47d, 80797 Munich, Germany CIF Intracomunitario: ESN2767005H ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOSSe hace constar expresamente que esta reclamación da continuidad y está vinculada al expediente anterior número 15005433. Asimismo, se informa a esta organización de que los hechos ya han sido puestos en conocimiento del Centro Europeo del Consumidor en España, habiéndose iniciado formalmente el expediente transfronterizo número ECCES-81181.HECHOS Y MOTIVOS DE LA RECLAMACIÓNPRIMERO. Contexto de la reserva y viaje de Luna de Miel
Con fecha 5 de mayo de 2026, retiré el vehículo de alquiler modelo ROAD HOUSE perteneciente a Roadsurfer GmbH en la oficina de Madrid (Calle Mir, 10), finalizando el contrato el 13 de mayo de 2026. Este servicio se contrató específicamente para el disfrute de nuestro permiso laboral de 15 días por matrimonio, constituyendo nuestro viaje de luna de miel. SEGUNDO. Negligencia en el equipamiento de seguridad y daños derivados
Durante el transcurso del viaje, el vehículo quedó atascado en una vía pública debido a la acumulación de barro y sedimentos en la calzada, descartando cualquier tipo de conducción "off-road" temeraria. Al intentar solventar la situación, comprobamos con total indefensión que el vehículo carecía del equipamiento de emergencia obligatorio y básico: el gancho de remolque y el gato. Ante la ausencia de estas herramientas —cuya provisión es responsabilidad legal exclusiva de la arrendadora— y la falta de cobertura en la zona, nos vimos obligados a realizar una extracción de emergencia improvisada con ayuda de un tractor local. Al no disponer del gancho reglamentario, la eslinga de arrastre tuvo que amarrarse directamente a zonas expuestas del chasis. Esta maniobra forzosa provocó directamente la rotura del parachoques delantero y una abolladura en la puerta lateral, daños que la empresa valora en 300,00 €. Se aportan vídeos y fotografías que demuestran fehacientemente la falta de herramientas y la relación de causalidad directa entre la falta de equipamiento de la empresa y los desperfectos sufridos. TERCERO. Imputación de tasas de gestión abusivas
La empresa pretende cobrar, mediante la Factura nº 37400248774, un importe de 49,00 € bajo el concepto de "Processing fee" (tasa de gestión de daños). Impugno frontalmente dicho cargo por considerarse una cláusula abusiva conforme a la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, al no corresponder a un servicio real solicitado ni estar debidamente desglosado o justificado. CUARTO. Penalización improcedente e injustificada por limpieza
Adicionalmente, Roadsurfer ha impuesto un cargo arbitrario de 150,00 € bajo el pretexto de una supuesta "limpieza de excrementos" en el inodoro químico. El depósito fue vaciado, desinfectado y lavado minuciosamente con agua a presión y jabón antes de su entrega en Madrid. El personal de la oficina no notificó ninguna incidencia en el control de recepción presencial. Exigir de manera posterior que el consumidor aporte fotografías del interior de un inodoro limpio para evitar penalizaciones es una práctica desproporcionada y contraria a la buena fe contractual. La empresa no ha presentado pruebas periciales objetivas que sustenten dicho cargo. QUINTO. Retención indebida de fianza y daño moral grave
A día de hoy, la empresa mantiene retenida la fianza íntegra por valor de 1.100,00 €. Asimismo, manifestamos que el gravísimo incumplimiento contractual de entregar un vehículo incompleto generó una situación de desamparo y riesgo en carretera. Al ocurrir durante nuestra luna de miel, el estrés severo provocado alteró por completo la experiencia del viaje, constituyendo un daño moral tipificado por la pérdida del disfrute de las vacaciones. SOLICITUD FORMAL A LA OCUPor todo lo expuesto, solicito que se admita a trámite este escrito, se unifique con los antecedentes del caso 15005433, se interceda ante Roadsurfer GmbH y se inste formalmente a la mercantil a cumplir las siguientes pretensiones:La anulación total e inmediata de la Factura nº 37400248774 (349,00 €) correspondiente a los daños materiales derivados de su propia falta de equipamiento técnico y a la tasa de gestión (Processing fee) abusiva. La devolución y anulación del cargo de 150,00 € aplicado de forma indebida en concepto de limpieza extraordinaria del WC. El desbloqueo y reembolso inmediato de la fianza retenida de 1.100,00 €. El abono de una indemnización compensatoria de 400,00 € en concepto de daños morales y perjuicios por el incumplimiento contractual y la consecuente pérdida de disfrute de nuestro viaje de luna de miel. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA QUE SE DISPONEContrato de alquiler y protocolo de devolución de Roadsurfer. Factura de cargos nº 37400248774. Comunicaciones y reclamaciones previas por correo electrónico. Pruebas gráficas (fotografías y vídeos) del rescate y de la ausencia de herramientas. Justificante de apertura de expediente ECCES-81181 del Centro Europeo del Consumidor.