A LA ATENCIÓN DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN / DIRECCIÓN
SOLFY RENEWABLES, S.L.
Calle Álava 61, 08018 Barcelona, España
info@solfy.net / clientes@solfy.net / solfy@mail.wattwin.com
Me dirijo a ustedes en mi condición de cliente, en relación con el contrato de instalación llave en mano de energía solar fotovoltaica suscrito con su compañía el pasado 11/02/2026, para el número de contrato 39156.
A la fecha de emisión de este escrito y enviado por email el dia 9 de Septiembre de 2026 , la instalación física se encuentra ejecutada con defectos, habiendo cumplido por mi parte con las obligaciones de pago oportunas. Sin embargo, su empresa se encuentra en una situación de incumplimiento contractual grave al no haber completado las gestiones administrativas, trámites de legalización y entrega de certificaciones que formaban parte del objeto del contrato contratado y abonado.
En concreto, constato los siguientes incumplimientos:
Impago de Tasas Municipales y/o Impuesto sobre construcciones instalaciones y obras: El trámite de la licencia de obras/declaración responsable ante el Ayuntamiento que fue presentado, pero no se procedió al pago de las tasas e impuestos municipales obligatorios, cuya gestión y coste correspondía a Solfy Renewables, S.L. según contrato.
Esto sitúa mi instalación en una situación de irregularidad administrativa frente a la administración local si no asumo yo dicho pago de forma subsidiaria.
Falta de RITSIC y RAC aun sin tramitar
Falta de Legalización en Industria: No se ha procedido al registro de la instalación ante la delegación de Industria de la Comunidad Autónoma ni se me ha hecho entrega del Certificado de Instalación Eléctrica (CIE / Boletín Eléctrico) firmado por un instalador autorizado, impidiéndome de forma absoluta el vertido y la compensación de excedentes energéticos.
Falta del Certificado de Eficiencia Energética (CEE) Post-instalación: No se ha emitido el preceptivo certificado final necesario para la deducción fiscal del IRPF y/o tramitación de subvenciones vinculadas a la obra.
Revisión de la instalacion con defectos (falta de produccion solar por sombras) que fueron avisadas al ingeniero que vino a hacer la visita pre instalacion y que no fueron tomadas en cuenta, sin subsanar
Su actual situación de preconcurso de acreedores o reestructuración corporativa no les exime en ningún caso del cumplimiento de los contratos vigentes, tal y como estipula el artículo 61.2 de la Ley Concursal, debiendo continuar con su actividad y la atención a sus clientes de manera ordinaria.
Por todo lo expuesto, LES REQUIERO FORMALMENTE para que, en el plazo improrrogable de 7 días naturales a contar desde la recepción de la presente comunicación, procedan a:
- Entregarme el Asume coordinacion de seguridad y salud firmado por el ingeniero de la instalación para poder acabar una parte de los tramites con el Ayuntamiemto y evitar sanciones.
- RITSIC (Registro de Instalaciones Técnicas de Seguridad Industrial de Cataluña)
- RAC (Registro de Autoconsumo de Cataluña) que son dos trámites obligatorios que debes completar para legalizar una instalación de placas solares
- Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) visado, los planos "As-Built", la memoria técnica técnica final y el certificado de fin de obra debidamente si es necesario firmados por técnico/instalador competente.
- Certificado de Eficiencia Energética (CEE) Post-instalación.
- Cualquier otra documentacion necesaria para la legalizacion de la instalacion.
- Subsanar sombras en la instalación previamente indicadas al ingeniero antes de la instalación.
- Subsanar el impago de las tasas municipales ante el Ayuntamiento o, en su defecto, confirmar por escrito su imposibilidad de pago para que pueda proceder a abonarlas yo directamente de manera subsidiaria y repetir dicha deuda contra ustedes.
- De no recibir respuesta o de no facilitarse la documentación técnica requerida en el plazo indicado, ni la revisión de la instalacion me veré obligado a contratar de forma externa a un técnico cualificado independiente para la revisión, emisión de boletín y legalización de la planta y subsanacion de deficiencias.
Les notifico expresamente que reclamaré judicialmente todos los costes adicionales, daños y perjuicios derivados de su incumplimiento (importe de tasas impagadas, coste del nuevo boletín, sanciones administrativas, coste del CEE post-instalación y pérdida económica por el retraso en la compensación de excedentes eléctricos), exigiendo su reconocimiento como créditos contra la masa o concursales en el proceso judicial correspondiente.
Sin otro particular, a la espera de su pronta respuesta y cumplimiento.