Expdte. TUI936384047
DATOS DEL RECLAMANTE:
Nombre y Apellidos: David Garrido García
DNI: 53274721M
Domicilio objeto del seguro: Calle Guatemala 19, 41807 Espartinas
Póliza número: 0000156703
Teléfono: 653190962
Email: davgargar80@gmail.com
Por medio del presente escrito, ejerzo mi derecho a presentar una RECLAMACIÓN FORMAL ante este Servicio de Atención al Cliente con motivo de la desatención, mala praxis y denegación injustificada de cobertura por parte de la compañía en relación con la avería ocurrida en mi domicilio.
HECHOS:
El pasado 11 de mayo de 2026 se produjo la rotura accidental de una conducción privativa de agua (tubería de cobre interna) en el cuarto de baño de la vivienda asegurada. Debido a la gravedad de la fuga en la instalación fija, fue necesario cortar el paso de agua, dejando a la vivienda sin suministro de agua caliente en su totalidad.
Tras comunicar la urgencia a la entidad, la tramitación inicial pretendió derivar el caso de forma negligente a un servicio de "manitas", argumentando erróneamente que el problema residía en una llave de paso exterior. Tras reiteradas insistencias, la compañía envió finalmente a un operario de urgencia que se marchó del domicilio sin reparar la avería, alegando de forma verbal que "al no haber daños materiales a terceros o bienes estéticos, la central no le autorizaba la reparación fuera del horario laboral".
Ante la situación de inhabitabilidad derivada de la falta de agua caliente y el flagrante abandono de asistencia por parte de la aseguradora, me vi obligado a contratar de forma privada un servicio técnico de guardia (Multimap) para restituir el suministro básico.
El coste de dicha reparación de urgencia ascendió a 135,85 €, según consta en el recibo con número de expediente M12707091 que se adjunta a este escrito. En dicho documento, el profesional independiente certifica textualmente que el trabajo consistió en la "sustitución de codo de 1/2 interior azulejo toma de agua del Inodoro, por rotura a tubería de cobre".
FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y CONTRACTUALES:
La denegación de la cobertura por parte de los tramitadores basándose en la "ausencia de daños indemnizables" vulnera frontalmente las condiciones suscritas en el contrato de seguro:
Condiciones Generales (Apartado 3 - Daños por Agua): Bajo el epígrafe específico de ¿Qué cubre?, la póliza garantiza textualmente: "La localización y reparación de averías que no hayan producido daños indemnizables".
Condiciones Particulares (Página 3): Se establece explícitamente que, para el caso de tuberías propias, la compañía se hará cargo, como excepción, de la reparación del tramo de tuberías dañado con un límite de 500 euros.
La actuación de la compañía infringe el artículo 18 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, al no realizar las investigaciones ni el pago del importe mínimo de lo debido dentro de los plazos legales, actuando además con manifiesta mala fe al ignorar un informe pericial que demuestra de forma inequívoca que el elemento siniestrado es una tubería fija de cobre plenamente cubierta.
SOLICITUD:
Por todo lo expuesto, SOLICITO a este Servicio de Atención al Cliente:
Que admita a trámite esta reclamación, proceda a la revisión completa del expediente y deje sin efecto las resoluciones automáticas previas emitidas por el departamento de siniestros.
Que ordene el reembolso inmediato de los 135,85 € correspondientes a la factura del fontanero privado, al encontrarse dicho importe íntegramente dentro del límite contractual de 500 € fijado en las Condiciones Particulares.
Que se proceda al abono de dicha cantidad en la siguiente cuenta bancaria: IBAN: [Introduce aquí tu número de cuenta corriente].
Les informo de que este escrito constituye el paso previo preceptivo por ley. Si en el plazo establecido por la normativa vigente no he obtenido una resolución satisfactoria, procederé a elevar la correspondiente denuncia ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), reservándome asimismo el derecho de ejercer las acciones judiciales que me asisten por los daños y perjuicios derivados del desamparo e inhabitabilidad sufridos.
Se adjunta a este escrito:
Copia del recibo oficial de reparación de Multimap por valor de 135,85 €.
En Espartinas, a 18 de mayo de 2026.
Fdo: David Garrido García