Reclamación formal ante la OCU
Naturaleza del problema:
FacturaciónTu reclamación
D. H.
A: Lynk & Co
Exposición de los hechos 1. En el marco de un contrato de vehículo de suscripción con Lynk & Co, devolví el coche el 22 de marzo de 2025 y hasta día de hoy no he recibido una respuesta. 2. Tras la devolución, aboné 3.575,84 € correspondientes al exceso de kilometraje, cuyo justificante he enviado en más de siete ocasiones tanto a Lynk & Co como a Team4. Esta cantidad fue reconocida como recibida, pero a día de hoy sigue incluyéndose en la deuda reclamada de 5.532,98 €, sin que la factura haya sido corregida. 3. Adicionalmente, el 25 de abril de 2025 remití a Lynk & Co un correo formal manifestando mi oposición al importe de los daños incluidos en la factura Nº IES00000049106, por entender que: • Según mi contrato vigente en el momento de la devolución (antes de la modificación de condiciones el 31 de marzo de 2025), la franquicia máxima por daños era de 350 €. • Los daños que Lynk & Co atribuye no cumplen con sus propios criterios de daños excesivos recogidos en las condiciones de devolución. • En consecuencia, la única cantidad que podría imputárseme serían 350 € o, en su caso, el daño específico en la aleta trasera derecha valorado en 832,06 €, pero no el resto de conceptos incluidos en la factura. 4. A pesar de la claridad de ese escrito, Lynk & Co nunca respondió de manera adecuada a mi correo del 25 de abril ni a los posteriores, limitándose en todo caso a contestar con mensajes genéricos como “siento las molestias” o “lo escalo internamente”, sin ofrecer ninguna explicación ni solución concreta. De este modo, han ignorado totalmente mi oposición documentada y han mantenido la reclamación sin justificación. 5. Durante este tiempo, Team4 me ha remitido a hablar con Lynk & Co, y Lynk & Co me ha remitido de nuevo a Team4, sin que ninguna de las dos asuma responsabilidad. 6. El 26 de agosto de 2025, remití un burofax a ambas compañías reiterando todos los hechos y advirtiendo de posibles acciones legales. No he recibido respuesta formal a dicho burofax. 7. Hace un mes, Team4 me indicó que ellos mismos estaban intentando contactar con Lynk & Co sin éxito. Sin embargo, continúan enviándome mensajes de texto intimidatorios advirtiendo que “vence el plazo de pago”. ⸻ Solicito Por todo lo expuesto, solicito formalmente: 1. Que se requiera a Lynk & Co y a Team4 a cesar en la reclamación de importes indebidos. 2. Que se ajuste de inmediato la deuda reclamada, descontando los 3.575,84 € ya abonados y revisando la factura Nº IES00000049106 conforme a las condiciones contractuales vigentes en la fecha de devolución (franquicia máxima de 350 €). 3. Que se aclare y justifique documentalmente el importe restante, señalando qué parte corresponde a daños reales no cubiertos por la franquicia y bajo qué criterios. 4. Que se resuelva la incidencia que Lynk & Co asegura estar “escalando internamente desde hace meses”, sin dar hasta hoy ninguna explicación ni resolución formal. 5. Que cesen de inmediato las comunicaciones intimidatorias de Team4 mientras la incidencia no esté resuelta. 6. Que se me garantice expresamente por escrito que no seré incluido en ficheros de morosos, ya que existe una reclamación abierta sobre un importe controvertido e injustificado.
Mensajes (4)
Lynk & Co
A: D. H.
a factura Referencia: Hola, Diego: Atentos a tu reclamación, respondemos a los puntos más destacados: Que se ajuste de inmediato la deuda reclamada, descontando los 3.575,84 € ya abonados y revisando la factura Nº IES00000049106 conforme a las condiciones contractuales vigentes en la fecha de devolución (franquicia máxima de 350 €). El pago que menciona, le informamos de que no se ha podido localizar una transferencia manual por valor de 3575,84 €. Por favor,compruebe si el pago ha sido rechazado o revertido. Si no es así, facilite una prueba de pago que muestre la retirada real de su cuenta bancaria. La facturaIES00000049106, será modificada porque incluía errores, pero no aplica cargo de Franquicia o Cargo de Gestión de daños, porque no ha existido ningún reporte de accidente para tramitar los daños a través del seguro. Se adjunta el detalle de los cargos que se imputarán en la nueva factura Este último punto nos lleva a realizar dos aclaraciones adicionales. La primera, el valor del Cargo de Gestión de Daños, a lo que usted hace referencia como Franquicia, es de 1250 €. Los Términos y Condiciones se han actualizado en diferentes ocasiones, estas actualizaciones son comunicadas vía Email, 30 días antes de su aplicación efectiva, para que cada suscriptor decida si continuar con la suscripción o acabar su contrato. Particularmente, la actualización que mencionamos fue comunicada el 20 de enero de 2025, y la fecha de aplicación efectiva fie el 20 de febrero de 2025. La segunda aclaración es en referencia a la cobertura de seguro, se adjunta la póliza. Y la tercera y última, los daños que se le imputan no están vinculados a ningún accidente, sino a lo que se describe en los Términos y condiciones como DESGASTE EXCESIVO y el costo de reacondicionar el coche, por lo cual no aplica la cobertura del Seguro. Que cesen de inmediato las comunicaciones intimidatorias de Team4 mientras la incidencia no esté resuelta. No tenemos injerencia en el modo y métodos de trabajo de la empresa Team4. Si hay algo más que podamos hacer por ti, ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos encantados. Un saludo, Facundo Lynk Co Lynk Co Sales Spain S.L. Carrer de Pallars, 108 08018 Barcelona, España NIF: B05398037 Para obtener más información, lee nuestra política de privacidad. Contáctanos Planetgatan 6, 417 55 Göteborg, Sweden LYNK CO International AB
D. H.
A: Lynk & Co
Estimados señores de Lynk & Co, Sinceramente, me parece una auténtica vergüenza que hayan tardado más de seis meses en responder a una reclamación que vengo intentando resolver de manera formal desde el mes de abril. Durante este tiempo he enviado más de 10 correos electrónicos, he remitido un burofax el 26 de agosto y he recibido únicamente respuestas genéricas del tipo “lo escalo internamente” o “siento las molestias”, sin ninguna acción concreta. Esta falta total de gestión me ha obligado a presentar una reclamación formal ante la OCU, lo cual resulta lamentable y completamente evitable. En cuanto a lo que mencionan sobre el pago de 3.575,84 €, debo insistir en que ese pago fue realizado hace meses, y su justificante ha sido enviado por correo electrónico en más de siete ocasiones a distintos contactos de Lynk & Co y de Team4. Resulta incomprensible que, después de todo este tiempo, sigan solicitando un comprobante que llevan recibiendo reiteradamente desde abril. Adjunto nuevamente el justificante de la transferencia, aunque considero inadmisible que sigan afirmando que “no lo han localizado”. Aún así, siguiendo vuestra versión, no me corresponde en absoluto la franquicia de 1.250 € que ahora intentan aplicar. El 17 de febrero de 2025 Lynk & Co me confirmó por correo electrónico la recepción de mi solicitud de cancelación de la suscripción (adjunto captura con fecha). Por tanto, ejercí mi derecho de no aceptar las nuevas condiciones dentro del plazo legal (antes del 20 de febrero o 31 de marzo, según distintas versiones), por lo que la franquicia vigente a la devolución del vehículo era la de 350 €. En cuanto al concepto de “desgaste excesivo”, me parece muy grave que se utilice un término tan ambiguo sin aportar ningún tipo de criterio técnico objetivo. ¿Cómo determinan que un desgaste es excesivo? ¿Dónde están esos criterios publicados? Por ejemplo, me cargan más de 650 € por arañazos en llantas, cuando es ampliamente conocido —y asumido entre usuarios de Lynk & Co— que los neumáticos de perfil bajo montados en sus vehículos tienden a marcarse incluso con un uso normal y prudente. Si el propio seguro excluye expresamente el “uso y desgaste” de la cobertura, eso no significa que automáticamente deba pagarlo el cliente, y mucho menos sin justificación. ¿Hasta qué punto se considera eso “excesivo”? ¿Se está aplicando el mismo criterio a todos los clientes? ¿Dónde están publicados esos criterios? Finalmente, respecto a su comentario de que “no tienen injerencia” en el modo de actuación de Team4, me resulta igualmente inaceptable. Team4 actúa en nombre de Lynk & Co, por lo que es su responsabilidad garantizar que no se envíen mensajes intimidatorios ni se reclamen cantidades que están en disputa y sin resolución. Por todo lo anterior, solicito formalmente: • Que se corrija de inmediato el importe reclamado, descontando los 3.575,84 € abonados. • Que se confirme la aplicación de la franquicia máxima de 350 €, vigente a la fecha de devolución del vehículo. • Que se detenga cualquier gestión o reclamación por parte de Team4 hasta que este asunto quede aclarado. • Que se me proporcione una justificación técnica y documentada del criterio de “desgaste excesivo” aplicado en este caso. Adjunto nuevamente el justificante de pago y la confirmación de cancelación de la suscripción, aunque reitero que ha sido enviado en numerosas ocasiones previas. Quedo a la espera de una respuesta inmediata y definitiva. Atentamente,
D. H.
A: Lynk & Co
Además, quiero complementar la información que les remití anteriormente, ya que tras revisar mis correos he confirmado varios hechos relevantes que agravan aún más esta situación: 1. Solicité la cancelación de mi suscripción el 7 de enero de 2025, reiterándola por escrito los días 21 de enero, 31 de enero, 7 de febrero (donde indico literalmente “por cuarta vez quiero devolver el coche, no quiero pagar un mes más”), y finalmente el 17 de febrero recibí confirmación de la cancelación. Su primera respuesta llegó más de 40 días después del primer correo. 2. El 19 de febrero me informan de que me dan cita para devolver el coche el 21 de marzo, es decir, más de un mes después de aceptar la cancelación, lo que me obligó a seguir pagando la suscripción durante al menos dos meses más por su propia demora y falta de gestión. 3. Mientras tanto, el 20 de febrero me envían un correo notificando el cambio en las condiciones generales, cuando ya llevaba semanas solicitando cancelar y había dejado clara mi intención de no continuar con el contrato ni aceptar nuevas condiciones. 4. El coche fue efectivamente devuelto el 21 de marzo, y el 25 de marzo recibí confirmación de la devolución. 5. El 7 de abril me notifican los cargos por kilometraje extra (ya pagados) y el 16 de abril se genera una factura en su web, aunque no recibo ninguna notificación por correo electrónico hasta el 21 de abril, algo inaceptable en términos de transparencia y plazos. Respecto al fondo de la cuestión: • He abonado correctamente los 3.575,84 €, enviados en múltiples ocasiones y aún así ignorados. • Intentan aplicarme condiciones contractuales (franquicia de 1.250 €) que no me son aplicables, ya que cancelé antes del cambio y así consta en sus propios registros. • Se me imputan daños bajo el concepto ambiguo de “desgaste excesivo”, sin ningún criterio técnico claro ni justificación objetiva. Cargar más de 650 € por arañazos en llantas en un vehículo con neumáticos de perfil bajo, cuyo desgaste superficial es común con el uso normal, es injustificable. • En todo este tiempo he recibido mensajes intimidatorios por parte de Team4, cuando ustedes ni siquiera habían resuelto ni aclarado la situación. Que se desentiendan de su conducta es inaceptable, ya que Team4 actúa en su nombre y bajo su responsabilidad. Por todo esto, reitero formalmente: 1. La anulación inmediata de la factura IES00000049106. 2. El cierre completo y definitivo del expediente abierto con Team4, así como el cese de cualquier reclamación. 3. La devolución o compensación por los meses adicionales cobrados, ya que el retraso en la cancelación fue completamente atribuible a ustedes. 4. Una disculpa formal por la negligente atención a esta reclamación, la demora en responder, y los perjuicios generados. Además, les recuerdo que existen precedentes de cancelación de facturas similares por parte de Lynk & Co tras reclamaciones ante la OCU (como la de Álvaro Martínez, julio 2024), lo cual demuestra que esta situación es recurrente y por tanto debe ser resuelta de forma favorable. En caso contrario, continuaré con la reclamación por todas las vías necesarias, incluida la vía judicial.
D. H.
A: Lynk & Co
Estimados señores, Les escribo para recordarles que, a día de hoy, no he recibido respuesta a ninguno de los correos que he enviado sobre este asunto, a pesar de que llevo meses intentando resolverlo por las vías habituales. Quedo a la espera de su respuesta. Atentamente, Diego
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