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Reclamación formal al arrendador por entrega anticipada de llaves e incumplimiento de devolución de

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Facturación

Tu reclamación

L. P.

A: Testa Homes

15/03/2026

Antecedentes: El 31/01/2024 inicié con Testa Homes S.L. un contrato de alquiler de vivienda cuya cláusula 5.2 establece el derecho de desistimiento del arrendatario después de 6 meses con preaviso mínimo de 30 días. El 28/02/2025 comuniqué por escrito mi intención de dar por terminado el contrato y entregar llaves el 31/03/2025, cumpliendo ampliamente el plazo de 30 días de antelación exigido. La empresa aceptó mi solicitud, pero por teléfono me instó a entregar las llaves anticipadamente el 20/03/2025, petición que acepté para facilitar la reposición del piso. A pesar de ello, al liquidar el contrato la empresa no me reembolsó la renta proporcional de los días 21 al 31 de marzo, aplicando una supuesta “campaña de 5 días sin bonificación” y facturando hasta el 26/03/2025. Esta práctica no estaba prevista en el contrato ni fue informada previamente, y resulta abusiva y contraria a Derecho. Fundamentos de Derecho: Desistimiento lícito del inquilino: El artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) reconoce expresamente el derecho del arrendatario a desistir del contrato una vez transcurridos seis meses, comunicándolo con 30 días de antelación. En mi caso ya había pasado el plazo mínimo legal, y comuniqué fehacientemente la terminación del contrato con más de 30 días de antelación, cumpliendo así los requisitos de la LAU. Por tanto, la fecha de fin de contrato debía considerarse el 31/03/2025, tal como indiqué. Fuerza vinculante del contrato y buena fe: La relación contractual obliga a las partes conforme a lo pactado y a las consecuencias que de ella se deriven según la buena fe. El Código Civil establece que los contratos perfeccionados obligan “no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe”. Aquí, la modificación unilateral de las condiciones (retener la parte de renta no consumida) carece de previsión contractual. Bajo el principio de buena fe contractual, no puede interpretarse el acuerdo de entrega anticipada de llaves como una renuncia tácita al reembolso de la renta no disfrutada, pues ello implicaría una alteración imprudente del equilibrio pactado. Prohibición de cláusulas y prácticas abusivas: En el ámbito de consumo, el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007) define como abusivas las estipulaciones o prácticas no negociadas individualmente que, en perjuicio del consumidor, causen un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes. La aplicación retroactiva de una “campaña” no contratada, imponiendo una penalización económica (no reembolsar 5 días de renta), encaja en dicha definición. Asimismo, el mismo texto legal califica de abusiva la modificación unilateral del contrato a favor del empresario sin motivo válido en el contrato. En este caso no existe cláusula que autorice a Testa Homes a retener parte de la renta tras la entrega de llaves anticipada. Aplicar esa penalización de hecho es una práctica claramente abusiva y nula de pleno derecho, según los arts. 82 y 85 de dicho texto refundido. Indemnizaciones y abono de renta: Dado que el desistimiento fue lícito y aceptado, mi única obligación era cumplir con la renta hasta la efectiva entrega de llaves en la fecha pactada. La entrega anticipada por mutuo acuerdo no exime al arrendador de devolverme la parte proporcional de la renta correspondiente a los días no ocupados. No existe fundamento legal para que, sobre el importe de la renta, se “apliquen” descuentos adicionales no pactados. Al contrario, la ley protege que cualquier cláusula que limite derechos del consumidor sea nula, y obliga a reponer las cantidades indebidas Reclamación: En virtud de lo anterior, solicito formalmente que Testa Homes S.L. me reintegre la renta correspondiente a los días 27, 28, 29, 30 y 31 de marzo de 2025 (importe de cinco días sin disfrutar el servicio), con los intereses legales correspondientes. También pido que se considere nula la aplicación de cualquier “campaña” o penalización no pactada, ya que contraviene la buena fe contractual y la normativa de consumidores. En caso de no obtener resolución favorable en plazo, me reservo el ejercicio de todas las acciones administrativas y judiciales oportunas en defensa de mis derechos como consumidor. Sin otro particular, atentamente solicito que se dé respuesta a la presente reclamación cumpliendo la legislación aplicable para asegurar la devolución íntegra de la parte de renta indebidamente cobrada. Fuente: Ley 29/1994, art.11 LAU; Código Civil, arts. 1091 y 1258; Real Decreto Legislativo 1/2007, art.82 y art.85 (texto refundido Ley Consumidores).


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