S/RFA
N/RFA RECLAMACION 01044820
Estimados Sres.:
En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento para la Defensa del Cliente de NATIONALE NEDERLANDEN GENERALES y la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras, se ha remitido a este Servicio de Atención de Reclamaciones su escrito en relación con la póliza “HOGAR SEGURO” 291. 08409473, a nombre de DÑA.CARLA CAMPS I AMOROS, al objeto de atenderles adecuadamente.
Revisado el siniestro , observamos que se trata de un grifo que pierde presión y no sale agua caliente. La asegurada solo dispone de agua fría en la vivienda.
Verificamos con nuestro Area de Siniestros que hay dos rechazos previos por un motivo parecido y que les relacionamos:
SINIESTRO PR25118101 [ 87851041] Comunicado el dia 22/12 por fuga de agua de la caldera y sin daños en la vivienda.
SINIESTRO PR25118111 [ 87851051] MANITAS comunicado el 22/12 para reparar una tubería que va al termo.
Del escrito del asegurado se reclama:
No conformidad con la no respuesta a su reclamación anterior
No conforme con el rehúse aplicado
Que se le indemnice la factura
Tras examinar el siniestro y los puntos expuestos, se comprueba que la asegurada ha tenido 3 rehúses en total, referentes a la avería relacionada con la caldera. Finalmente se trataba de una tubería que no había ocasionado daños.
Ayer dia 10 de marzo se envió SMS a la asegurada ya que no se pudo contactar por teléfono para informarle que se trata de una reparación de una tubería y llaves de escuadra que no ha ocasionado daños, por lo que no procede la cobertura. La garantía de agua indica que tiene que haber daños previos para proceder a localización o reparación . Además, que la garantía de agua excluye llaves de paso y griferías.
La cobertura de la póliza referente a la “garantía de agua” nos indica :
Daños Agua, producidos a consecuencia de rotura o escape de conducciones fijas de agua, así como por la omisión involuntaria del cierre de grifos. Cuando los citados daños provengan de una conducción fija y privativa de la vivienda asegurada, que no sea subterránea o situada en el exterior de la vivienda, también se garantizan los gastos necesarios para localizar y reparar la avería causante de los mismos.
Estos gastos de localización y reparación de la avería no se extenderán al resto de las conducciones que se encuentren en mal estado de conservación o presenten un deterioro o corrosión generalizada. En estos casos, la obligación de la Compañía quedará limitada a indemnizar el coste de una localización y reparación puntual de la conducción o tubería causante del daño, con un límite máximo de 300€ por siniestro.
Se excluyen los acontecimientos causados por humedades, condensaciones, aguas subterráneas y reflujos de desagües, así como los producidos por escapes, desbordamientos, rotura o atasco de arquetas, fosas sépticas, alcantarillas, canalizaciones subterráneas de agua, piscinas y sus instalaciones.
No son objeto de cobertura por esta garantía los desatascos u otras labores de mantenimiento de las instalaciones, ni los gastos de reparación de las averías o roturas de aparatos electrodomésticos, grifería o llaves de paso, aparatos sanitarios, calderas, calentadores o acumuladores.
Entendemos no procedente la reclamación sobre el rehúse aplicado y que consideramos correcto. No ha habido daños. No hay cobertura y las llaves de paso y grifería no se cubren.
Por nuestra parte damos por finalizada la reclamación y en caso de discrepancia, la siguiente instancia de reclamación donde deberán dirigirse es el Defensor del Asegurado, (D.A. Defensor,Velázquez, 80, 1º Dcha. 28001 MADRID) quien actuará como tercero independiente emitiendo un dictamen de la reclamación que tiene carácter vinculante para la Compañía Aseguradora.
Atentamente.
Servicio de Atención de Reclamaciones
NATIONALE-NEDERLANDEN GENERALES
Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.E