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Reclamación fianza

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Desistimiento

Tu reclamación

J. C.

A: OCASIÓN PLUS

09/02/2026

Hola buenas pido me devuelvan la fianza ya que an puesto lo que lan dado la gana en el contrato y man hecho firmar dicho documento sin ser antes visto

Mensajes (4)

OCASIÓN PLUS

A: J. C.

10/02/2026

Buenos días, En relación con la reclamación trasladada por esta Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), y una vez analizados los hechos expuestos, manifestamos lo siguiente: Primero.– En fecha 30/01/2026 , las partes suscribieron un contrato de arras respecto a la compraventa del vehículo 4092JWV, contrato que fue aceptado y firmado libremente por ambas partes, y cuyo contenido regula expresamente las consecuencias del desistimiento. Segundo.– Tal y como se esce en el citado contrato de arras, el importe entregado tiene la naturaleza jurídica de arras penitenciales, de conformidad con el artículo 1454 del Código Civil, quedando pactado que, en caso de desistimiento unilateral por parte del comprador, dicho importe se perdería en favor del vendedor. Tercero.– Ha sido el comprador quien ha desistido de manera unilateral de la compraventa, sin que exista incumplimiento alguno impu a esta parte, por lo que no procede la devolución del importe entregado, al haberse aplicado exactamente lo pactado contractualmente. Cuarto.– En consecuencia, no procede el importe reclamado en concepto de “reserva”, dado que no se trataba de una simple reserva, sino de un contrato de arras válidamente firmado, con efectos jurídicos claros y conocidos por el comprador en el momento de su firma. Por todo lo expuesto, consideramos que la reclamación planteada carece de fundamento, al haberse actuado conforme a lo pactado contractualmente y a la normativa vigente. Adjuntamos arras firmadas. Saludos, DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil está dispuesta a adherirse a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). El lun, 9 feb 2026 a las 22:30, reclamar@ocu.org escribió:

J. C.

A: OCASIÓN PLUS

10/02/2026

Hola buenas nada de eso es cierto me abeis hecho firmar telemáticamente desde nuestro móvil no siquiera con el mío y con fotos una cosa que yo no abia visto ya que asta no firmara no me llegaría el contrato dicho por la comercial Patricia y aveis puesto los años y el importe os hadado la gana que eso no es lo que se hablo

J. C.

A: OCASIÓN PLUS

10/02/2026

Yo hablé con patricia 247 eur en 8 años y que me dejara probar el coche y me dijo que no que tenía asta 15 días y si no me gustaba lo devolvía y me devolvían todo eso no se le ase aún cliente tiene que aver cámaras o algo que lo aprueben que digo la verda además llevo testigo que venían con migo

OCASIÓN PLUS

A: J. C.

10/02/2026

Buenas tardes, Cómo le hemos indicado en el correo anterior, no procede la devolución de la reserva por desistimiento, ya que el importe entregado tiene la naturaleza jurídica de arras penitenciales, de conformidad con el artículo 1454 del Código Civil, quedando pactado que, en caso de desistimiento unilateral por parte del comprador, dicho importe se perdería en favor del vendedor. No obstante, cómo gesto comercial, queda en depósito para usar con nosotros en nuestros servicios de: - Una futura reserva - Para mantenimientoscambios de ruedas de sus vehículos en nuestros talleres - Para alquiler en nuestro apartado de Rentalplus. Saludos, DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil está dispuesta a adherirse a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor).


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