Su ref.: DAVID ENRIQUE FIGUEROA PESANTE Ntra. Ref.: 2393213 Estimados señores. Acusamos recibo de su escrito de días pasados, en relación con la reclamación presentada en ese Organismo, por nuestro alumno Don DAVID ENRIQUE FIGUEROA PESANTE. Observado el Expediente Académico del alumno, pasamos a detallarle el proceso que ha seguido el mismo. Con fecha 30.06.2017, el alumno formalizó su inscripción en este Centro de Estudios, para llevar a cabo el curso de TECNICO EN SONIDO Y PRODUCCION MUSICAL, una vez informado, ampliamente, tanto del contenido del curso y plan de formación del mismo como del funcionamiento del Centro. En la Copia del Contrato de Matrícula y Compra de Curso, que el mismo adjunta a la reclamación, esta detallado el plazo de Revocación del Contrato, para que en el caso de que el alumno quisiera hacer uso del Derecho de Desistimiento que le asistía. Se indica, claramente, que el comprador dispone de un plazo de 14 días naturales desde la recepción del material de estudio material que se le entregó por agencia de transporte el 04/07/2017. Revisado el Expediente, no consta ninguna llamada, dentro de la vigencia de estudios, por parte del alumno, en la que nos solicitara la anulación de su matrícula, ni dentro de plazo, ni fuera del mismo. La última conversación que se mantuvo con el alumno, fue el 10.09.19, en el que se le informaba que tenía pendiente unas mensualidades del curso mensualidades que abonó, mediante transferencia bancaria el 13.09.19. Posterior no se ha vuelto a poner en contacto hasta el 20.11.2023 que, mediante chat, nos indicaba que como podía acceder al curso, que él nuca tuvo acceso y si se lo denegábamos procedería a poner una denuncia. Se le informó, vía e-mail, que su matrícula estaba caducada, que el plazo que tenía estipulado para realizar el curso o vigencia de estudios, 2 años desde la tramitación de la misma, estaba vencido desde el 30.06.2019 y que ya no es posible hacer el curso, que hacía cuatro años que la matricula estaba caducada y ya no había opción de hacerlo. Aclararles que, como hemos indicado, el curso se le envió físico, vía agencia de transporte, no es un curso on-line, siempre ha tenido acceso al mismo puesto que lo tenía en su domicilio. A día de hoy, nos reiteramos en nuestra decisión, no procede la anulación del mismo, pasados 6 años desde la tramitación del Contrato y que no vamos a proceder al reintegro del mismo ya que tuvo 2 años para realizarlo, material que se le entregó en su domicilio. Quedamos por tanto a su disposición, para cuanto precise y a la espera del laudo que tenga a bien dictar dicha Junta Arbitral. Esperando que en esta ocasión llegue a su poder, reciba un cordial saludo.Estrella TardíoGestión Administrativa www.cursosccc.comLa información contenida en este mensaje y, en su caso, cualquier fichero anexo al mismo, es CONFIDENCIAL y está dirigida exclusivamente al destinatario mencionado en el encabezamiento. Su lectura, reproducción o difusión total o parcial no autorizadas están prohibidas legalmente. Si este mensaje le hubiera llegado por error, elimínelo y notifique este hecho inmediatamente a la dirección electrónica del remitente. Gracias por su colaboración.