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Reclamación contra FedEx por posible vulneración de los derechos de los consumidores

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T. B.

A: Nedgia

24/07/2026

Datos de la reclamante: Nombre: Eugenia Vidal Garrido Por la presente deseo interponer una reclamación contra FedEx por la deficiente prestación del servicio de transporte y por la posible vulneración de la normativa de protección de consumidores y usuarios, derivada de la falta de información sobre el coste de una llamada realizada a su servicio de atención al cliente. El envío correspondía a una mano decorativa fabricada a medida que sirve como soporte para copas, encargada a un ingeniero de Málaga como regalo para una boda. El coste del producto fue de aproximadamente 600 €, además de su importante valor sentimental y de la necesidad de recibirlo antes de la celebración. El primer envío no fue entregado correctamente. El paquete permaneció durante varios días sin llegar a su destino debido a la falta de actuación del repartidor. Finalmente, nos vimos obligados a desplazarnos desde Sitges hasta Vilanova i la Geltrú para recogerlo personalmente, pese a haber contratado un servicio de entrega a domicilio. Como consecuencia de esta situación, el ingeniero tuvo que fabricar nuevamente la pieza y realizar un segundo envío con muy poco margen, apenas dos días antes de la boda, ocasionándole un importante perjuicio y generándonos una gran preocupación. Tras esta mala experiencia, llamamos al número de atención al cliente facilitado por FedEx para solicitar explicaciones. En ningún momento se nos informó, ni antes ni durante la llamada, de que dicho número pudiera tener un coste adicional o una tarificación especial. De haber sido informados, habríamos utilizado un canal alternativo. Consideramos que estos hechos podrían vulnerar el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, especialmente el derecho de los consumidores a recibir información clara, veraz, suficiente y transparente sobre las condiciones económicas de los servicios que utilizan. Asimismo, si el número facilitado por FedEx para la atención al cliente tiene un coste superior al de una llamada ordinaria, podría haberse incumplido el artículo 21.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007, que establece que, cuando un empresario dispone de una línea telefónica para que el consumidor contacte en relación con un contrato ya celebrado, el consumidor no estará obligado a pagar más que la tarifa básica. Igualmente, la falta de información previa sobre el coste de la llamada podría constituir una práctica comercial desleal por omisión, de conformidad con la Ley 3/1991, de Competencia Desleal, al impedir que el consumidor tome una decisión con pleno conocimiento de las condiciones del servicio. Por todo ello, solicitamos que se investiguen estos hechos y, en caso de apreciarse una vulneración de la normativa vigente, se adopten las medidas oportunas. Asimismo, solicitamos el reembolso de cualquier importe cobrado por la llamada si este no fue informado previamente, así como que se valore la deficiente prestación del servicio de transporte, los perjuicios ocasionados, la necesidad de repetir el envío y las molestias sufridas. Confiamos en que esta reclamación sea atendida y resuelta conforme a la legislación vigente en materia de protección de consumidores y usuarios.


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