Estimados/as señores/as:
Me pongo en contacto con ustedes para formular reclamación contra la empresa Bike-Ocasión en relación con el pago de 100 € realizado el día 13 de marzo en concepto de reserva de una bicicleta.
Previamente a la realización del pago, y con el fin de informarme adecuadamente, contacté telefónicamente con la empresa. Durante dicha conversación se me indicó que el importe de la reserva permitiría bloquear la bicicleta durante 7 días y que, en caso de no formalizar la compra, dicho importe quedaría disponible para futuros gastos. En ningún momento se me informó de que ese importe solo podría utilizarse en la compra de otra bicicleta de igual o mayor precio, ni de otras limitaciones relevantes asociadas a dicha reserva.
Asimismo, conviene señalar que, como consumidor, sí ejercí diligentemente mi deber de informarme previamente, realizando una llamada telefónica antes de efectuar el pago con el objetivo de conocer las condiciones de la operación. Durante dicha comunicación, no se me facilitó información completa ni clara sobre las limitaciones esenciales del servicio, por lo que no puede imputarse a este consumidor una falta de diligencia. Por el contrario, fue la empresa la que omitió información relevante, incumpliendo sus obligaciones legales.
Posteriormente, al realizar el pago (tal y como se acredita en la imagen adjunta), comprobé que no se facilitaban las condiciones generales de contratación de forma accesible (enlace no clickable) ni existía ningún mecanismo de aceptación expresa de las mismas (como una casilla de verificación). En consecuencia, no puede entenderse que dichas condiciones fueran conocidas ni válidamente aceptadas por mi parte.
Considero que estos hechos suponen un incumplimiento de las obligaciones de información precontractual establecidas en el artículo 97 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, al no haberse facilitado de forma clara, comprensible y accesible las condiciones esenciales antes de la contratación. Asimismo, la limitación impuesta al uso del importe abonado, no informada previamente ni aceptada de forma expresa, podría constituir una cláusula abusiva en los términos del artículo 82 de la misma norma.
El día 17 de marzo formalicé una reclamación ante la empresa. Tras varias llamadas solicitando respuesta, finalmente recibí contestación fuera del plazo indicado por la propia empresa (48 horas), concretamente el día 30 de marzo, en la que se me comunicó que no existe ninguna alternativa más allá de utilizar el importe en la compra de otra bicicleta de igual o mayor valor, sin ofrecer posibilidad de reembolso ni de utilización en otros productos.
Por todo lo expuesto, SOLICITO:
Que el importe abonado (100 €) pueda ser utilizado libremente en cualquier producto ofrecido por la empresa, sin las limitaciones actualmente impuestas.
Subsidiariamente, y en caso de no aceptarse lo anterior, la devolución íntegra del importe abonado, al no haberse cumplido adecuadamente las obligaciones de información precontractual exigidas por la normativa vigente.
Adjunto como prueba capturas del proceso de pago donde se evidencia la ausencia de acceso a condiciones y de aceptación expresa, así como el contenido de la reclamación realizada previamente.
Sin otro particular, y a la espera de una solución satisfactoria, reciban un cordial saludo.