Estimados señores.
Nos ponemos en contacto con ustedes en respuesta a su reclamación.
Se ha verificado que, en fecha 2 de enero de 2026, se recibió una llamada de la asegurada en el Servicio de Atención Telefónica de SegurCaixa Adeslas informando de que tiene una fuga en el baño. Se apertura el expediente número 460025331 y atendiendo a su petición, se procede a enviar a un operario quien, tras la visita, nos informa de lo siguiente:
se intenta localizar la fuga mediante un sistema de gas traza, sin que fuera posible determinar el origen.
El operario indicaba que, ante la difícil localización de la avería, se recomienda la intervención pericial.
Por lo que, a continuación, se procedía a enviar un perito quien dejaba constancia en el informe de lo siguiente:
“El siniestro se declara por filtraciones de agua que afectan a la vivienda inferior, correspondiente al piso cuarto, puerta tercera. En el momento de la visita, el origen de la fuga ya se encontraba localizado, aunque pendiente de reparación, al igual que los daños ocasionados tanto en la vivienda 4° 3ª como en la 4° 1ª. En una primera intervención, la asistencia intentó localizar la fuga mediante un sistema de gas traza, sin que fuera posible determinar origen. Posteriormente, la propietaria contrató empresa especializada, que realizó diversas catas en pared y pavimento en el baño de la vivienda asegurada hasta localizar la avería, situada en el depósito de la cisterna del inodoro del baño principal. Para proceder a la sustitución del depósito será necesario picar el cajón de obra donde se aloja la instalación. Durante las tareas de localización se produjo daño en un mueble de lavabo hecho a medida, por lo que se propone su indemnización. Asimismo, se abrieron calas en pared de la zona de la ducha, cuyo acabado es distinto al del resto del baño; no obstante, la propietaria dispone de baldosas de repuesto para su correcta reposición. El agua filtrada alcanzó la vivienda inferior, piso cuarto, puerta tercera, accediendo a través del falso techo de pladur del baño. Se abrió una cala para intentar localizar la fuga y la propia filtración provocó daños en el espejo del lavabo, situado en la vertical del punto de entrada del agua ocasionando el fundido del punto de luz instalado en el espejo. El falso techo de pladur debe ser reemplazado. En la vivienda cuarto-primera, el falso techo del baño presenta deformaciones superficiales y zonas enmohecidas. Se propone el reemplazo de un metro cuadrado de falso techo, seguido de los trabajos de enmasillado y pintados necesarios para su correcta terminación”
Al cierre del informe, el perito confirmaba la cobertura del siniestro, realizaba la valoración de los daños e informaba a la asegurada de la resolución pericial mostrándose ésta conforme con la misma.
En base a la valoración y desglose pericial, se procedea indemnizar a la asegurada por importe de 4.208,70 euros (IVA ya incluido) correspondiente a los daños directos del Continente y del Contenido, dando así correcto cumplimiento a lo estipulado en el artículo 18 de la Ley de Contrato de Seguro, según la cual, la obligación principal de la Compañía de Seguros es indemnizar el importe de los daños causados por el siniestro y no reparar las consecuencias de este.
Respecto al abono de los Daños Estéticos, tras la recepción de su atento escrito, le informamos que tiene contratado un capital de 2.026 euros para los Gastos de Recomposición Estética, si bien, lamentamos comunicarle que, este abono se le realizará una vez usted acredite la realización de estos trabajos, tal y como, se recoge en el Condicionado General de su Póliza en el Capítulo III, Apartado 9, en el cual se esce lo siguiente: “Los gastos para rescer la armonía estética del continente existente antes del siniestro en el interior de las estancias de la vivienda asegurada afectadas por un siniestro cubierto, siempre que se proceda a la reposición o reconstrucción estética garantizada”
Por lo tanto, quedamos a la espera de la ejecución y acreditación de los trabajos para valorar la indemnización pendiente correspondiente a los Daños Estéticos y, para ello, deberá remitirnos fotografías de estos trabajos realizados; documentacion que, podrá enviarnos al siguiente correo electrónico: documentacion@segurcaixaadeslas.es con el fin de proceder, en todo caso, al estudio y revisión de esta.
A la espera de haber dado correcta información y trámite a la reclamación, le saluda atentamente.
Unidad de Supervisión de Reclamaciones.
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