Buenas tardes: Con fecha 6 de enero de 2022 realicé a través de la página web de El Corté Inglés (en adelante, ECI) una compra de 2 unidades de un bolso marca Michael Kors, modelo Mercer Gallery, color negro, por el precio de 37 euros. No obstante, en fecha 11 de enero de 2022, recibí un correo electrónico del Área de Clientes de ECI informándome de la cancelación de mi pedido debido a un error en el precio. En primer lugar, debemos considerar que ECI es un prestador de un servicio de la sociedad de la información, siguiendo la definición contemplada en la Directiva del Comercio Electrónico 2000/31/CE: “prestador que ejerce de manera efectiva una actividad económica a través de una instalación estable y por un período de tiempo indeterminado” y, en particular, un “servicio prestado normalmente a cambio de una remuneración, a distancia, por vía electrónica y a petición individual de un destinatario de servicios”. De esta forma, ustedes, a través de su plataforma, ofrecen diferentes productos de terceros, como es el caso de Michael Kors (en adelante, MK). En este sentido, la Directiva (y, en consecuencia la Ley 34/2002 de 11 de Julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio electrónico (LSSICE), que transpone la Directiva Europea) dispone que el responsable ante el cliente en transacciones a través de este tipo de plataformas es generalmente el vendedor del producto (en este caso, sería MK), salvo que la plataforma no actúe únicamente como intermediario. Y este es el caso, es claro que ECI, albergará algún tipo de contrato mercantil con MK mediante el cual obtenga beneficios de las ventas que se realicen en la página web de ECI. Por tanto, no se trata de un mero intermediario que realiza un producto con el consumidor final, de forma que no se encuentra exento de responsabilidad según la definición de la meritada Directiva. Con todo, debo recordar que la perfección del contrato de compraventa se produce por el mero consentimiento de ambos contratantes sobre el objeto y el precio (art. 1450 del Código Civil), por lo que habiéndose producido una oferta pública de la entidad en su web (MK por 37 euros en periodo de rebajas), mi aceptación como comprador se manifestó realizando el pedido a través de la web. Dicho lo cual, ECI tiene una responsabilidad solidaria con la compra efectuada y debe reponer en el menor tiempo posible la compra. De esta manera, informo que no acepto en ningún caso la cancelación de pedidos, y, que la forma de reparar este perjuicio generado es, entregando el producto. Sin otro particular, les saluda atentamente.