Por medio del presente escrito, comparezco ante la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) para interponer una reclamación formal contra la compañía de telecomunicaciones Orange, con base en los siguientes:
HECHOS
Fecha de alta e incumplimiento en la instalación inicial:
El día 16 de agosto de 2026 causé alta como cliente contratando un paquete de fibra óptica y una línea móvil. En la oferta comercial y en las condiciones contractuales constaba explícitamente el suministro e instalación de un router con tecnología Wi-Fi 7 y un descodificador de televisión. Sin embargo, durante la visita de instalación, el técnico instaló indebidamente un router Wi-Fi 6 y retiró el descodificador alegando erróneamente que no correspondía a mi tarifa, contraviniendo lo publicitado y contratado.
Equipamiento defectuoso y soluciones lesivas:
Tras cursar diversas quejas ante el departamento de bajas, la compañía envió un router Wi-Fi 7 y entregó finalmente el descodificador (aplicando una bonificación del 20% durante doce meses por las incidencias). No obstante, a los tres días de funcionamiento, el router Wi-Fi 7 comenzó a fallar de forma recurrente. Ante este fallo técnico, la solución ofrecida por el soporte de Orange fue habilitar la red de invitados para forzar una conexión bajo estándar Wi-Fi 5, lo que supone degradar voluntariamente las prestaciones abonadas e impedir el disfrute de la tecnología Wi-Fi 7 contratada.
Falta de provisión de cobertura 5G+:
La contratación de la línea móvil estuvo expresamente motivada por la campaña publicitaria de la compañía relativa a su red 5G+ (5G Standalone). Habiendo transcurrido un mes desde la contratación, disponiendo de un terminal plenamente compatible y residiendo en una zona con cobertura oficial 5G+, el servicio no se presta. El soporte técnico se limita a señalar que se trata de un «proceso automático» sin aportar plazos ni soluciones verificables, configurando un supuesto de publicidad según el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Inoperatividad de servicios básicos (VoLTE y VoWiFi):
El día 14 de septiembre de 2026 notifiqué una nueva avería técnica al constatar la inoperatividad total de las llamadas 4G (VoLTE) y las llamadas Wi-Fi (VoWiFi) en mi línea móvil. A fecha de hoy, sigo sin disponer de estas funcionalidades esenciales asociadas al contrato.
PETICIONES
Por todo lo expuesto, solicito la intervención y mediación de la OCU para que inste a Orange Espagne, S.A.U. a:
-Sustitución técnica inmediata: La entrega e instalación de un router Wi-Fi 7 plenamente operativo y la retirada de soluciones provisionales que limitan el rendimiento de la red a estándares obsoletos.
-Provisión de servicios móviles: La activación y correcta prestación del servicio 5G+ conforme a la oferta comercial contratada, así como la resolución inmediata del fallo que bloquea las llamadas 4G (VoLTE) y Wi-Fi (VoWiFi).
-Indemnización y compensación económica: La fijación de una indemnización por daños, perjuicios y publicidad, junto con el abono de una compensación económica adicional proporcional al tiempo en que los servicios y equipamientos no han cumplido los estándares técnicos contratados.
-Exención de penalizaciones: En caso de que Orange no pueda o no desee subsanar de forma íntegra estos fallos en un plazo improrrogable, el reconocimiento de mi derecho a resolver el contrato sin penalización por permanencia, conforme al artículo 1124 del Código Civil y la legislación de protección de consumidores.