Exposición de los hechos
PRIMERO. A principios de febrero de 2026, realicé un encargo en Leroy Merlin consistente en una puerta corredera y una guía de instalación, por un importe total de 600 euros, cantidad que fue abonada íntegramente en el momento de la compra, a instancias de la propia empresa, que me apremiaron para realizar el pago de forma inmediata.
SEGUNDO. A fecha 18 de marzo de 2026, más de un mes después de la compra y el pago, aún no había recibido la puerta. Durante este periodo, tuve que reclamar en varias ocasiones que me contactaran la víspera de la instalación para acordar una hora, ya que la empresa se olvidó de hacerlo.
TERCERO. Cuando finalmente acudió el técnico a realizar la instalación, la puerta se encontraba rota por las esquinas, resultando imposible su colocación. Esto supuso un nuevo plazo de espera de aproximadamente un mes adicional para la reposición del producto defectuoso.
CUARTO. Se me comunicó que la nueva entrega se realizaría el 25 de abril de 2026 y la instalación el 27 de abril de 2026. Sin embargo, el día 23 de abril recibí un mensaje por WhatsApp indicándome que era imposible realizar la entrega el día 25 por tratarse de sábado.
QUINTO. Ante esta contradicción, contacté telefónicamente con la empresa, donde me confirmaron que la entrega sí era posible el sábado 25 de abril en horario de 8:30 a 14:30 horas.
SEXTO. El propio sábado 25 de abril, a las 12:00 horas, al no haber recibido la entrega, contacté con el servicio de atención al cliente, donde me informaron de que la entrega estaba reprogramada para el 29 de abril, alegando que el proveedor no había enviado el producto. En ningún momento fui informada previamente de este nuevo cambio.
Fundamentos
Los hechos descritos constituyen un incumplimiento reiterado de las obligaciones contractuales por parte de Leroy Merlin, vulnerando los derechos que me asisten como consumidora al amparo de:
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en particular:
Art. 66 bis: Obligación de entrega en el plazo pactado.
Art. 66 ter: Consecuencias del incumplimiento del plazo de entrega.
Art. 114 y ss.: Derecho a la reparación o sustitución de productos defectuosos.
Se evidencia una falta de diligencia en la gestión del pedido, entrega de producto defectuoso, información contradictoria entre los distintos canales de atención al cliente (WhatsApp y teléfono), y reprogramaciones unilaterales sin notificación previa.
Solicitud
Por todo lo expuesto, SOLICITO:
Entrega inmediata de la puerta corredera en perfecto estado y su correspondiente instalación, sin más dilaciones.
Indemnización por los daños y perjuicios causados por el retraso acumulado de casi tres meses, incluyendo las molestias, pérdida de tiempo y la necesidad de realizar múltiples gestiones y reclamaciones.
En caso de no producirse la entrega e instalación en un plazo razonable, la resolución del contrato con la devolución íntegra de los 600 euros abonados, más los intereses legales correspondientes.
Que se inste a Leroy Merlin a mejorar sus protocolos de comunicación con los clientes para evitar la información contradictoria entre sus distintos canales de atención.