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Problemas para desestimiento contractual

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J. L.

A: De0a10k. Agency Eleva LLC

19/08/2026

RECLAMACIÓN CONTRA AGENCY ELEVA LLC / DE0A10K.COM Asunto: Solicitud de resolución contractual, devolución de 383,34 € y revisión de la validez de la exclusión del derecho de desistimiento Presento reclamación frente a AGENCY ELEVA LLC / de0a10k.com, en relación con la contratación del programa denominado “De0a10k - 3K”, formalizado el 17 de agosto de 2026. El contrato establece un precio total de 3.450 €, fraccionado en 9 cuotas, habiendo abonado inicialmente 383,34 €. 1. Solicitud de cancelación por circunstancias médicas Tras la contratación se produjo una circunstancia médica que me impide continuar con normalidad con el programa contratado. Por este motivo comuniqué a la empresa mi intención de cancelar la contratación y solicité la devolución del importe abonado. Mi voluntad de resolver la situación fue comunicada de buena fe y con la mayor rapidez posible, sin intención alguna de aprovecharme del servicio ni de obtener un enriquecimiento injustificado. 2. Falta de información clara sobre la pérdida del desistimiento El contrato contiene una cláusula relativa al derecho de desistimiento que establece literalmente que existen 14 días naturales desde el 17 de agosto de 2026, pero añade que el acceso, incluso parcial, a los contenidos digitales supone el inicio de ejecución y conlleva la pérdida del derecho de desistimiento. Sin embargo, antes de acceder al primer contenido no se me explicó de manera clara, específica e inequívoca que dicho acceso supondría la pérdida inmediata de mi derecho de desistimiento. De hecho, lo primero que se me indicó fue que debía acceder al primer vídeo para que quedara constancia de que había entrado en la plataforma. Posteriormente llegué a visualizar aproximadamente 9 vídeos. No obstante, niego haber realizado una manifestación específica, separada e inequívoca mediante la cual hubiera solicitado expresamente que comenzara inmediatamente el suministro del contenido digital durante el plazo de desistimiento y, simultáneamente, hubiera declarado conocer que ello suponía la pérdida de dicho derecho. La mera aceptación general de las condiciones de contratación no debería confundirse, sin más, con el consentimiento específico exigido legalmente para la pérdida del derecho de desistimiento en el suministro de contenido digital. El artículo 103.m del TRLGDCU establece que la exclusión del derecho de desistimiento respecto del contenido digital requiere que concurran determinadas condiciones, entre ellas el consentimiento previo del consumidor para iniciar la ejecución durante el plazo de desistimiento y el conocimiento de que, como consecuencia, pierde dicho derecho. (Boletín Oficial del Estado) Asimismo, la normativa exige al empresario proporcionar determinada información precontractual y, cuando proceda, la confirmación del consentimiento expreso y del conocimiento de la pérdida del derecho de desistimiento. Además, la carga de acreditar el cumplimiento de las obligaciones de información corresponde al empresario. (Boletín Oficial del Estado) Por ello, solicito expresamente que OCU valore si la cláusula contractual resulta suficiente por sí sola para excluir el derecho de desistimiento o si, por el contrario, era necesario acreditar un consentimiento específico y previo para iniciar el contenido digital durante dicho plazo. 3. La contratación no se limita a contenido digital Considero especialmente relevante que el objeto del contrato no está constituido exclusivamente por vídeos. El propio contrato establece que el programa incluye: * módulos con vídeos, PDF y clases; * contenido grabado; * 12 meses de acompañamiento; * cinco reuniones grupales semanales de mentoría en directo; * sesiones de preguntas y respuestas; * soporte a través de los canales de la empresa. Por tanto, solicito que se valore jurídicamente la naturaleza completa del servicio contratado y si la simple visualización parcial de determinados vídeos puede determinar automáticamente la pérdida de todos los derechos de desistimiento respecto de la totalidad de las prestaciones contratadas. 4. Falta de respuesta adecuada por parte de la empresa Una vez surgió mi problema médico, intenté contactar con la empresa para comunicar la situación y buscar una solución. Durante ese día intenté contactar repetidamente con las personas responsables de mi seguimiento. No obtuve respuesta de mi mentor. Asimismo, se me había indicado que, debido a mi situación médica, debía hablar directamente con Carlos Esparraga. Le envié mensajes explicando mi situación, que fueron leídos, pero permanecí más de 10 horas sin recibir respuesta. Esta falta de atención resulta especialmente relevante porque mi solicitud no se produjo por una mera decisión arbitraria de abandonar el programa, sino debido a una circunstancia médica que me impedía continuar. 5. Condiciones económicas y riesgo de reclamación de cuotas El contrato establece que, en caso de impago, la empresa puede suspender el acceso y reclamar judicial o extrajudicialmente las cantidades pendientes, llegando a establecer que el alumno debería abonar la totalidad del programa. Asimismo, el contrato establece que la baja voluntaria del alumno no genera reembolso. Solicito que OCU valore también la validez y eventual carácter abusivo de estas previsiones cuando se utilizan para impedir cualquier resolución o devolución incluso en circunstancias en las que pudiera existir un derecho legal de desistimiento o una falta de cumplimiento de las obligaciones de información exigibles al empresario. 6. Solicitud concreta Por todo lo expuesto, solicito: PRIMERO. Que se determine si con la documentación y procedimiento utilizado por la empresa existió realmente un consentimiento previo, expreso, específico e inequívoco para iniciar el suministro de contenido digital durante el plazo de desistimiento y con conocimiento de la pérdida de dicho derecho. SEGUNDO. Que se determine si la mera aceptación de las condiciones generales mediante la casilla de contratación puede considerarse suficiente para acreditar dicho consentimiento específico. TERCERO. Que se valore si la empresa cumplió correctamente sus obligaciones de información precontractual respecto del derecho de desistimiento y de las circunstancias concretas en las que podía perderse. CUARTO. Que se valore la naturaleza conjunta del servicio contratado, teniendo en cuenta que el programa incluye no solo contenido digital grabado, sino también 12 meses de acompañamiento, mentorías semanales, sesiones en directo y soporte. QUINTO. Que se requiera a la empresa, en su caso, para que aporte prueba de cualquier consentimiento específico que supuestamente hubiera prestado para comenzar inmediatamente la ejecución y renunciar al derecho de desistimiento. SEXTO. Que se solicite la resolución/cancelación del contrato y la devolución de los 383,34 € abonados, al considerar que existen dudas razonables sobre la correcta exclusión del derecho de desistimiento y sobre el cumplimiento de las obligaciones de información exigibles. SÉPTIMO. Que se me asesore sobre las acciones que puedo ejercer si la empresa mantiene su negativa, incluyendo las vías extrajudiciales y judiciales que correspondan. 7. Documentación disponible Puedo aportar: * contrato completo; * justificante del pago de 383,34 €; * comunicaciones mantenidas con la empresa; * mensajes enviados a Carlos Esparraga; * comunicaciones con mi mentor; * prueba de los intentos de contacto. Mi objetivo es resolver esta cuestión de manera amistosa y conforme a Derecho. No obstante, si la empresa se niega a atender mi solicitud o continúa reclamando cantidades que considero no procedentes, me reservo expresamente el ejercicio de cuantas acciones y reclamaciones administrativas, extrajudiciales o judiciales puedan corresponderme para la defensa de mis derechos como consumidor.

Mensajes (3)

J. L.

A: De0a10k. Agency Eleva LLC

20/08/2026

ACTUALIZACIÓN DE LA RECLAMACIÓN – 20/08/2026 A fecha de hoy, continúo sin recibir una respuesta efectiva por parte de la empresa a mis reiteradas comunicaciones y solicitudes de cancelación. He solicitado expresamente la baja del servicio, la cancelación de las cuotas pendientes y la correspondiente devolución del importe abonado, manifestando en todo momento mi voluntad de resolver esta situación de forma amistosa y extrajudicial. Asimismo, dejo constancia de que actualmente no estoy haciendo uso de ninguna de las plataformas, contenidos, mentorías ni servicios ofrecidos por la empresa. He decidido no acceder ni utilizar nuevamente sus servicios desde que comuniqué mi voluntad de cancelar, precisamente para evitar cualquier posible controversia o interpretación por parte de la empresa respecto de un supuesto uso posterior del servicio. También he solicitado expresamente que procedan a bloquear/cancelar mis cuentas y accesos, por lo que mi voluntad de no continuar con la relación contractual es clara, expresa e inequívoca. Considero especialmente preocupante que, pese a haber comunicado reiteradamente mi situación y haber intentado contactar con los responsables correspondientes, continúe sin obtener una respuesta que permita solucionar el asunto. Por todo ello, mantengo íntegramente mi reclamación, solicitando la cancelación del contrato, la anulación de las cuotas pendientes y la devolución del importe abonado, y dejo constancia de que mi intención sigue siendo alcanzar una solución amistosa. En caso de continuar la falta de respuesta, me reservo expresamente el ejercicio de las acciones que legalmente me correspondan y la aportación de todas las comunicaciones y pruebas disponibles ante los organismos competentes.

De0a10k. Agency Eleva LLC

A: J. L.

25/08/2026

Muy Sres. nuestros: En relación con la reclamación formulada por D. José Leal Ramos, correspondiente al expediente 15522425, procedemos a trasladar nuestra versión de los hechos y la documentación disponible. Tras revisar el contenido de la reclamación, consideramos necesario realizar las siguientes aclaraciones: 1. Información precontractual y condiciones económicas El proceso de contratación de De0a10K Academia se realiza mediante un checkout previo al pago en el que el cliente puede visualizar las condiciones económicas de la contratación antes de formalizarla. En dicho proceso se informa del programa seleccionado, el plan de pago, el número de cuotas, el importe correspondiente y el coste total de la contratación. En el presente caso, según la propia documentación contractual aportada, el programa contratado tiene un precio total de 3.450 €, fraccionado en 9 cuotas de 383,34 €, habiéndose realizado el primer pago correspondiente. Por tanto, las condiciones económicas y el compromiso total asociado al programa forman parte de la información contractual de la operación. 2. Acceso y aceptación de los Términos y Condiciones Antes de continuar con el pago, nuestro proceso de contratación pone a disposición del cliente los Términos y Condiciones de contratación, mediante un enlace accesible desde el propio checkout. Asimismo, el cliente debe marcar la correspondiente casilla mediante la que declara haber leído y aceptado dichos Términos y Condiciones antes de poder continuar con el proceso de pago. Las condiciones contractuales regulan expresamente el derecho de desistimiento y las condiciones aplicables al acceso a los contenidos digitales. Por tanto, las condiciones relativas al desistimiento forman parte de la documentación contractual puesta a disposición del alumno con carácter previo a la contratación. 3. Utilización efectiva del contenido Resulta especialmente relevante que el propio reclamante reconoce expresamente en su reclamación haber llegado a visualizar aproximadamente 9 vídeos. Esta manifestación coincide con los registros existentes en nuestra plataforma. En concreto, la cuenta asociada al alumno registra actualmente un progreso de 9 contenidos de 21 (42%) en el curso denominado “Reto 21 días”. Por tanto, no estamos ante un supuesto en el que el alumno contratase el programa y solicitase inmediatamente su cancelación sin haber accedido o utilizado los contenidos puestos a su disposición. Existe un consumo efectivo y acredi del contenido digital y, además, dicho consumo es reconocido por el propio reclamante. Adjuntamos evidencia del progreso registrado en nuestra plataforma. 4. Sobre las circunstancias personales alegadas Lamentamos las circunstancias personales expuestas por el alumno y entendemos su situación. No obstante, dichas circunstancias sobrevenidas no modifican por sí mismas las condiciones contractuales previamente aceptadas ni eliminan el hecho objetivo de que el programa fue puesto a su disposición y se produjo un acceso y consumo efectivo de sus contenidos. 5. Naturaleza del programa Somos igualmente conscientes de que el programa contratado incluye diferentes prestaciones, entre ellas contenidos digitales, acompañamiento, sesiones y soporte. Precisamente por ello, consideramos que la valoración de la reclamación debe realizarse atendiendo al conjunto de las condiciones contractuales aceptadas, a los servicios efectivamente puestos a disposición del alumno y a la utilización realizada de los mismos. 6. Posición de la empresa A la vista de lo anterior, no podemos aceptar la reclamación en los términos planteados ni considerar acreditado que la contratación se produjera sin información sobre sus condiciones económicas o contractuales. Disponemos de documentación relativa al proceso de contratación, las condiciones aplicables y el acceso y progreso registrado por el alumno. En particular, consideramos especialmente relevante que existe plena coincidencia entre el reconocimiento del propio reclamante de haber visualizado aproximadamente 9 vídeos y el registro de nuestra plataforma, que refleja 9 de 21 contenidos completados (42%). Por todo ello, solicitamos que esta documentación y las circunstancias descritas sean tenidas en consideración en la valoración del expediente. Quedamos a disposición de OCU para aportar cualquier documentación o aclaración adicional que resulte necesaria. Atentamente De0a10k El mié, 19 ago 2026 a las 22:00, reclamar@ocu.org escribió:

De0a10k. Agency Eleva LLC

A: J. L.

25/08/2026

Muy Sres. nuestros: En relación con la actualización presentada por D. José Leal Ramos en el expediente 15522425, hacemos constar que Agency Eleva LLC ya ha dado contestación a la reclamación formulada en este mismo expediente, aportando nuestras alegaciones y la documentación correspondiente. La presente comunicación constituye una actualización de la misma reclamación y se refiere a la misma contratación y controversia ya contestadas por nuestra parte. Por tanto, nos remitimos íntegramente a la contestación y documentación ya aportadas en el expediente 15522425, manteniendo nuestra posición en todos sus términos. Asimismo, hacemos constar que existe otra reclamación del mismo cliente, relativa aparentemente a la misma contratación, identificada con el expediente 15522419. Solicitamos que esta circunstancia sea tenida en consideración a efectos de evitar duplicidades y de que las diferentes comunicaciones del reclamante sean valoradas conjuntamente dentro del contexto de una misma relación contractual. Quedamos a disposición de OCU para cualquier aclaración adicional que resulte necesaria. Atentamente, El jue, 20 ago 2026 a las 21:00, reclamar@ocu.org escribió:

Asistencia solicitada 25 agosto 2026

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