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Tu reclamación

Y. T.

A: ILERNA

30/01/2026

RECLAMACIÓN ANTE CONSUMO DATOS DEL RECLAMANTE Nombre y apellidos: Yaritxa Torres Aguilar DNI/NIE: 25604434Y Dirección: C/miguel Delibes, 25, 1C Localidad y provincia: Málaga Teléfono / Email: yaritxata8@gmail.com / 687193303 DATOS DE LA EMPRESA RECLAMADA Nombre comercial: ILERNA Online / ILERNA Formación Domicilio social: Lleida Actividad: Centro de formación online Dirección: CALLE TURO DE GARDENY (COMPJ MAGICAL MEDIA, EDIFICI 5) 25003 LLEIDA CIF: B25774720 ⸻ EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS Primero.– Soy alumno/a del centro de formación ILERNA, cursando estudios en modalidad online, y me encuentro matriculado/a en la asignatura Técnicas de imagen en medicina nuclear del ciclo formativo Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear. Segundo.– En fecha 14/01/2026 realicé el examen correspondiente a dicha asignatura a través de la plataforma online del centro, obteniendo una calificación final de 4,6, figurando la asignatura como suspensa. Tercero.– A través del campus virtual de ILERNA se ha proporcionado información contradictoria respecto a los criterios de evaluación. En una primera comunicación se indicaba que, conforme a la LOE, las calificaciones con 50 centésimas o superiores debían redondearse al entero superior, por lo que una nota de 4,60 equivaldría a un 5 (aprobado). Cuarto.– Posteriormente, el centro ha indicado que si no se alcanza un 5 en el examen no se aprueba la asignatura, con independencia del resultado final, criterio que no estaba claramente especificado ni comunicado de forma previa y transparente al alumnado. Quinto.– Esta situación genera confusión e indefensión, ya que el alumnado confía en la información oficial publicada por el propio centro, la cual ha resultado ser contradictoria. Sexto.– Además, esta no es una situación aislada, ya que en una asignatura anterior me encontré en idénticas circunstancias, obteniendo una calificación inferior a 5 pero superior a 4,5, y la profesora correspondiente procedió a redondear la nota al 5, considerándose la asignatura aprobada. Este hecho evidencia la aplicación desigual de los criterios de evaluación dentro del propio centro, generando un trato diferente entre asignaturas y docentes. Séptimo.– A la presente reclamación se adjuntan pruebas documentales (capturas del campus virtual y/o calificaciones oficiales) que acreditan que, en dicha asignatura anterior, la nota fue redondeada al 5, conforme a los criterios que el propio centro aplicó en ese momento. Octavo.– Considero que, conforme a la normativa educativa vigente y a los criterios previamente aplicados por ILERNA, una calificación de 4,60 debería considerarse aprobada, o en su defecto, debería haberse informado de forma clara, previa e inequívoca de la inexistencia de redondeo. ⸻ SOLICITA Por todo lo expuesto, SOLICITO: 1. Que se revise la calificación de la asignatura y se tenga por aprobada, al haber obtenido una nota de 4,60, conforme a la normativa aplicable y a los criterios previamente utilizados por el propio centro. 2. Que se adopten las medidas oportunas para garantizar criterios de evaluación claros, homogéneos y transparentes en la modalidad online, evitando situaciones de trato desigual al alumnado. ⸻ DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA • Capturas del campus virtual donde constan las calificaciones. • Documentación acreditativa de que en una asignatura anterior la calificación fue redondeada al 5. • Cualquier otra comunicación mantenida con el centro relativa a los criterios de evaluación. En Málaga, a 30 de Enero de 2026

Mensajes (2)

ILERNA

A: Y. T.

05/02/2026

Buenos días, Haciendo acuse de recibo de tu reclamación, comunicarte que se ha revisado tu expediente junto con el Departamento de Área Pedagógica y queremos trasladarte lo siguiente: Sobre la calificación, y según lo que indicas sobre el redondeo de notas, indicarte que no se regula en ninguna normativa educativa que las notas que superan el 4,5 se tengan que aprobar con un 5, pues únicamente se regula que las notas en el expediente del alumno deben aparecer con números enteros y que se dará por aprobado un módulo cuando la nota sea superior o igual a 5. De todos modos, para hacer un redondeo no se tiene en cuenta solamente la nota del examen, sino todo el progreso del alumno en el módulo (evaluación continua, clases presenciales, etc...) ya que el conjunto de todo ello es muy importante. Quedamos a tu disposición. Saludos.

Y. T.

A: ILERNA

09/02/2026

Buenos días, Gracias por su respuesta. No obstante, me gustaría matizar que mi reclamación no se fundamenta únicamente en la existencia de un redondeo automático de las calificaciones, sino en la falta de claridad, coherencia y homogeneidad en la aplicación de los criterios de evaluación, así como en la información contradictoria facilitada por el propio centro a través del campus virtual. Tal y como expuse en mi escrito inicial, en una asignatura anterior del mismo ciclo formativo se aplicó un redondeo de una calificación superior a 4,5, considerándose la asignatura como aprobada, lo que evidencia una aplicación desigual de los criterios de evaluación entre módulos y docentes, generando una expectativa legítima en el alumnado sobre la forma de calificar. Asimismo, el criterio actualmente indicado —la exigencia de un 5 en el examen con independencia del resto de elementos de la evaluación— no fue comunicado de forma clara, previa e inequívoca antes de la realización de la prueba, lo que ha provocado una situación de confusión e indefensión. Por todo ello, solicito nuevamente que se valore mi expediente en su conjunto, teniendo en cuenta el progreso global en el módulo y los criterios previamente aplicados por el centro, y que se me facilite, en su caso, la normativa interna o documento oficial donde consten de manera expresa los criterios de evaluación actualmente vigentes. Agradezco de antemano la atención prestada y quedo a la espera de su respuesta. Un saludo cordial,


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