RECLAMACIÓN PORDEFECTO DE INSTALACIÓN Y DAÑOS DERIVADOS
A LA ATENCIÓN DE:
Empresa: Insolac (Servicio de Atención al Cliente / Departamento de Reclamaciones)
CIF / NIF: B10879146
Dirección: Info@insolacrenovable.com
DATOS DEL RECLAMANTE:
Nombre y Apellidos: Mirna Aparecida Alves Vieira
NIF/NIE: 53770450-S
Dirección de la instalación:C\Las Partidas 16 ,Mairena Del Aljarafe ,41927 ,Sevilla
Teléfono de contacto: 608591443\ 685998464
Correo electrónico: Kaisipi25@gmail.com
Número de contrato/factura: IR25/1443
ASUNTO: Reclamación formal por vicio/defecto de montaje en instalación fotovoltaica y exigencia de reparación e indemnización de daños.
Estimados Sres.:
Por la presente me pongo en contacto con ustedes para presentar una RECLAMACIÓN FORMAL en relación con la instalación del sistema de paneles solares ejecutada por su empresa en el inmueble indicado, contratada bajo la factura/contrato nº IR25/1443
HECHOS:
1. El pasado 29 de enero del 2026, como consecuencia de un episodio de viento, uno de los módulos fotovoltaicos instalados por su empresa se desprendió de la estructura y voló, provocando daños en el tejado, antena de TV del vecino y de mi casa y se rompió la placa
2. Ante el incidente, procedí a dar parte al seguro de mi vivienda OCASO , Póliza nº [Número de Póliza]).
3. Tras la inspección realizada por el perito designado por la compañía aseguradora, se ha emitido el correspondiente informe pericial. En dicho documento se concluye de forma expresa e indubitada que el desprendimiento del panel no se debió a un evento extraordinario fuera de los límites de resistencia exigibles, sino a un defecto de ejecución en el montaje y fijación del panel solar.
4. Como consecuencia de este fallo en el montaje, la aseguradora ha declinado la cobertura de los daños causados ,como la reparación de la placa rota por tratarse de un defecto de instalación atribuible a la empresa instaladora (Insolac).
FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
Conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios) y el Código Civil (arts. 1101 y 1591/1544), la empresa instaladora está obligada a la correcta ejecución del servicio y responde de los daños y perjuicios derivados de un incumplimiento defectuoso de la prestación.
La instalación debe responder a los estándares de seguridad exigidos por el Código Técnico de la Edificación (CTE) y las normativas de seguridad estructural para soportar las cargas de viento previsibles en la zona.
PETICIÓN:
Por todo lo exposto, les REQUIERO FORMALMENTE para que en el plazo máximo de 7 días hábiles desde la recepción de esta comunicación:
1. Procedan a la reposición e instalación de un nuevo panel solar equivalente al dañado, así como a la revisión integral de la fijación y anclaje del resto de la instalación fotovoltaica para garantizar su seguridad.
2. Asuman el coste total de dicha reparación/sustitución, sin coste alguno para el abajo firmante.
3. Procedan a la indemnización o reparación de los daños secundarios ocasionados en tejado/antena TV como consecuencia de la desprendimiento de la placa.
Adjunto a esta comunicación copia del informe emitido por el perito del seguro donde consta la causa técnica del fallo.
En caso de no recibir respuesta afirmativa o solución en el plazo indicado, me veré en la obligación de emprender las acciones legales oportunas en defensa de mis derechos,
A la espera de sus noticias para coordinar la intervención a la mayor brevedad.
Atentamente,
Mirna Aparecida Alves Vieira
Fecha: [Fecha del día de envío]
Documentación adjunta:
Copia del contrato / factura de la instalación.
Copia del informe del perito del seguro.
Fotografías de los daños y la placa desprendida y de la placa una vez terminada la instalación realizada por INSOLAC EL DÍA 24/06/25