Estimado Dº David:
Hemos analizado detalladamente su reclamación y revisado todas las gestiones técnicas que nos reportó durante los últimos seis meses de vigencia de su contrato con Movistar Prosegur Alarmas.
Tras la comprobación de los históricos de incidencias y de los informes de funcionamiento de su sistema de alarma, hemos constatado que ninguna de las incidencias notificadas provocó la interrupción del servicio de alarma ni impidió que el sistema continuara operativo en ningún momento.
En concreto, la única incidencia que requirió la intervención presencial de un técnico tuvo lugar en octubre de 2025, debido a una avería en el teclado del sistema. Dicha incidencia fue resuelta mediante la sustitución del equipo en un plazo de tres días desde que tuvimos conocimiento de la misma.
Posteriormente, en enero de 2026, se detectó una incidencia técnica que afectaba a dos sensores. Desde Movistar Prosegur Alarmas se iniciaron las gestiones necesarias para programar una visita técnica destinada a su resolución. Sin embargo, dicha actuación no llegó a realizarse debido a que usted decidió desistir de la gestión al solicitar la baja del servicio, decisión que, por supuesto, ejerció en pleno uso de sus derechos como cliente.
Queremos destacar que, durante toda la relación contractual, Movistar Prosegur Alarmas ha permanecido a su disposición para atender sus solicitudes y resolver cualquier incidencia técnica que pudiera surgir. Asimismo, de habernos trasladado su disconformidad respecto al servicio recibido solicitando algún tipo de compensación antes de devolver los cargos de las facturas, habríamos analizado su petición y, en caso de proceder, se habría valorado favorablemente la concesión de una solución comercial adecuada.
No obstante, la devolución de las dos últimas facturas se realizó de forma unilateral, sin que existiera una interrupción acreditada del servicio que justificara dicho impago. Una vez rechazados los recibos y transcurridos los plazos escidos para su regularización, la gestión de la deuda pasa a ser tratada por una empresa especializada en recobro, siguiendo el procedimiento habitual aplicable en estos casos.
Por todo lo expuesto, entendemos que no concurren circunstancias que justifiquen la devolución de los recibos emitidos, ya que el servicio permaneció operativo y las incidencias comunicadas fueron atendidas de acuerdo con los procedimientos escidos. En consecuencia, la regularización de la situación pasa por el abono de la deuda pendiente.
Lamentamos que su experiencia no haya sido plenamente satisfactoria y agradecemos el tiempo dedicado a trasladarnos sus comentarios.
Atentamente,
Movistar Prosegur Alarmas
Operador Reclamaciones MPA
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