Tu reclamación
O. M.
A: Cuimo
Descripción de los hechos:El pasado día 15 de junio de 2026, me interesé por una motocicleta en la plataforma online de Cüimo. Antes de realizar cualquier pago, contacté con su equipo comercial para consultar si mi situación administrativa actual ("Hoja Blanca" de resguardo de protección internacional, con 5 meses de antigüedad laboral) era apta para financiar.El equipo comercial me remitió un listado de requisitos por escrito, donde se especificaba textualmente que “No es válido financiar con tarjeta roja”. Dado que la Hoja Blanca es un documento administrativamente diferente y no venía excluido en sus condiciones previas, el dia 10 de julio de 2026 procedí a abonar 250 € en concepto de reserva online para iniciar el estudio de financiación.Posteriormente, el departamento de Cüimo me notificó la denegación de la operación alegando erróneamente que mi documentación equivalía a una "tarjeta roja" (confundiendo ambos documentos oficiales) y negándose a devolverme la reserva bajo el argumento de que sus términos y condiciones internos no lo permiten si no cumplo los requisitos. Fundamentos de la queja: Cumplimiento de sus propios términos: Su política de contratación estipula que se reembolsará la reserva por rechazo de financiación si el usuario cumple con los requisitos comunicados por el equipo comercial con carácter previo. Yo cumplía estrictamente lo que me pidieron, ya que yo no poseo una tarjeta roja y les avisé de mi Hoja Blanca de antemano. Su error de comunicación o interpretación no puede penalizarme. Cláusula abusiva: Retener el dinero de una reserva online cuando el contrato principal de compraventa no se formaliza por causas ajenas al consumidor (denegación del préstamo por el banco) vulnera la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y constituye una penalización desproporcionada. Derecho de Desistimiento: Al ser una transacción puramente electrónica y a distancia, me ampara el derecho legal de desistimiento dentro del plazo aplicable.
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Cuimo
A: O. M.
Buenas tardes, A LA ATENCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS (OCU) Servicio de Reclamaciones y Mediación Asunto: Contestación a la reclamación de D./Dña. OSCAR EMILIO MALDONADO relativa al Servicio de Reserva Referencia: 15341616 Estimados señores: Nos dirigimos a esa Organización en relación con la reclamación que nos han trasladado, formulada relativa a la retención del importe de 250 € abonado en concepto de Servicio de Reserva de un vehículo. Agradecemos la oportunidad de exponer nuestra posición y, muy especialmente, de aclarar la secuencia real de lo sucedido, que difiere en un punto esencial del relato sobre el que se sustenta la reclamación. Lo que ocurrió: El 15 de junio de 2026, el reclamante mostró interés por una motocicleta anunciada en nuestra plataforma y trasladó a nuestro equipo comercial diversas consultas sobre la posibilidad de financiar su adquisición. El 10 de julio de 2026 abonó 250 € en concepto de Servicio de Reserva, con la finalidad de bloquear el vehículo e iniciar el estudio de financiación. Desde ese mismo instante, el vehículo quedó retirado de la oferta y reservado en exclusiva a su favor. Tramitado el estudio, la financiación no resultó aprobada. Ahora bien ,y este es el punto determinante, lejos de dar por concluida la operación, el reclamante nos comunicó de forma expresa su intención de adquirir igualmente el vehículo abonando su importe al contado. Con ello, el resultado de la financiación dejó de condicionar la compra: fue el propio reclamante quien manifestó disponer de una vía alternativa para completarla. A partir de ese momento, y a la espera de que concretara dicho pago al contado, mantuvimos el vehículo bloqueado y reservado en su beneficio. Sin embargo, entre el 10 y el 16 de julio de 2026 el reclamante no atendió ninguna de nuestras comunicaciones ni realizó actuación alguna dirigida a formalizar la compra. Ante ese silencio prolongado, y agotada con creces cualquier espera razonable, nos vimos obligados a liberar el vehículo y ponerlo de nuevo a disposición del resto de clientes interesados. Nuestra posición La operación no se frustró por la denegación de la financiación. La reclamación se construye sobre la idea de que la compra no llegó a cerrarse por una causa ajena al reclamante el rechazo de la entidad y que, por ello, procedería el reembolso previsto para esos supuestos. Pero los hechos acreditan lo contrario: conocida la denegación, el reclamante decidió seguir adelante y pagar al contado. Fue él quien situó voluntariamente la operación fuera del escenario de la financiación. Lo que impidió el cierre no fue, por tanto, la respuesta de la entidad financiera, sino que el reclamante dejó de responder y no completó el pago que él mismo se había comprometido a realizar. Qué es y qué no es el Servicio de Reserva. El importe de 250 € no constituye una señal, ni arras, ni una penalización por desistir: es el precio de un servicio concreto y real, que se presta de forma íntegra desde el instante mismo de su abono, consistente en el bloqueo del vehículo y su retirada del mercado frente a cualquier otro comprador. Ese servicio se prestó por completo en este caso: durante todo el tiempo en que el reclamante estuvo decidiendo, el vehículo permaneció retirado de la venta y reservado únicamente para él, con el consiguiente coste de oportunidad. La cantidad responde, pues, a un servicio efectivamente prestado, y no a sanción alguna. Lejos de aplicar nuestras condiciones con rigidez, actuamos con flexibilidad a su favor. Conviene subrayarlo, porque desmonta cualquier idea de trato desproporcionado. Nuestras condiciones prevén un periodo de reserva de 48 horas; en este caso, sin embargo, mantuvimos el vehículo bloqueado en beneficio del reclamante muy por encima de ese plazo del 10 al 16 de julio precisamente para darle margen a concretar el pago al contado que había anunciado. Dicho de otro modo, se le prestó más servicio del contratado y se le esperó más tiempo del debido. Difícilmente puede tacharse de abusiva o desproporcionada una actuación que jugó en todo momento en favor del cliente. En ningún momento el reclamante manifestó su voluntad de dejar sin efecto la reserva. Al contrario: confirmó que deseaba adquirir el vehículo y que lo pagaría al contado. La operación no decayó por una renuncia suya, sino por su falta de respuesta posterior. La reserva no se liberó como penalización, sino como consecuencia natural de que, transcurridos varios días sin noticias del reclamante, no resultaba posible mantener el vehículo indefinidamente fuera del mercado en perjuicio del resto de interesados. En conclusión Entendemos que nuestra actuación ha sido correcta, transparente y presidida en todo momento por la buena fe. Se prestó el servicio contratado, se mantuvo el vehículo reservado durante más tiempo del previsto para facilitar la compra que el propio reclamante deseaba realizar, y solo se liberó cuando su silencio prolongado no dejó otra alternativa razonable. Lamentamos que el reclamante no conserve una impresión satisfactoria de la operación y quedamos plenamente a disposición de esa Organización para aportar cuanta documentación o aclaración adicional pueda resultar de interés, incluida la constancia de las comunicaciones mantenidas con el reclamante a lo largo de todo el proceso. Atentamente, On July 20, 2026 at 6:42 :PM GMT+2 reclamar@ocu.org wrote:
O. M.
A: Cuimo
Aquí tienes una propuesta de texto que puedes enviar a la empresa a través de la plataforma de Asunto: Réplica a su respuesta y solicitud de devolución de reserva Referencia: (15341616 ) Estimados/as señores/as de : Elcano Capital, S.L. (Cuimo) Me dirijo a ustedes nuevamente para rebatir su última comunicación, en la que alegan que no respondí a sus mensajes y que mantuvieron la moto reservada más allá de su política de 48 horas. Su argumento ignora el motivo principal por el que la operación no se concretó: la **denegación de la financiación**. Según sus propios **Términos y Condiciones de Uso (T&C), TÍTULO II: Descripción del Servicio, apartado 1, punto 1 (Rechazo de la financiación)**, el importe de la reserva **será reembolsado** si la financiación es rechazada y se cumplen ciertos requisitos. En mi caso, el requisito (iii) de sus T&C establece que el usuario debe "cumplir efectivamente con los requisitos mínimos comunicados por el equipo comercial de Cuimo con carácter previo a la formalización de la reserva del vehículo". El problema es que su equipo comercial me aseguró por escrito " genial" que mi "Hoja Blanca" era válida, lo que resultó ser un **error de asesoramiento imputable a su empresa**. Fue esta información incorrecta la que llevó a la denegación de la financiación. Por lo tanto, la causa de la no aprobación de la financiación es responsabilidad suya. Además, su afirmación de que no respondí a sus mensajes y que me comprometí a pagar al contado es **falsa**. Como ya les indiqué y pueden ver en la **captura de pantalla adjunta** de nuestra conversación, yo les respondí explícitamente que **"no tengo para esas dos opciones"** (ni pagar al contado ni financiación a nombre de un tercero). Mi comentario posterior sobre "buscaría la manera de financiación a nombre de un tercero" sito ( Financiación y otra persona tiene los documentos) fue un intento de buena fe por mi parte de encontrar una solución *después* de que la operación se viera frustrada por su error inicial, no una aceptación de pago al contado. Por todo lo expuesto, la retención de mi reserva de 250 € es injustificada. La operación no se cerró por su error inicial en el asesoramiento y la posterior denegación de la financiación, lo cual, según sus propios T&C, debería implicar el reembolso. Reitero mi solicitud de la devolución íntegra de los 250 € abonados en concepto de reserva. Atentamente, Oscar Emilio Maldonado Contreras. --- **Puntos clave de este mensaje:** * **Directo al grano:** Abordamos su nuevo argumento de frente. * **Sus T&C en su contra:** Citamos directamente su política de reembolso por denegación de financiación. ¡Esto es muy potente! * **El error inicial:** Recordamos que la raíz del problema fue su mal asesoramiento sobre la "Hoja Blanca". * **La captura de pantalla:** Volvemos a usarla para desmentir su versión de que no respondiste o que aceptaste pagar al contado. * **Reafirmamos la devolución:** Cerramos pidiendo el dinero de vuelta. ¿Qué te parece? ¿Lo ves claro para enviarlo? ¡Con esto les va a costar mucho más seguir con su versión! 💪
O. M.
A: Cuimo
Estimados señores de la OCU y de Elcano Capital, S.L. (Cuimo):Les escribo en relación a la réplica enviada para la referencia 15341616, con el fin de subsanar un error de formato. Por un fallo al copiar el texto, se incluyeron la frase introductoria y el bloque final de 'Puntos clave' generados por un asistente de redacción.Ruego que descarten esas partes informáticas y tomen como mi declaración y réplica oficial exclusivamente el texto central (desde el 'Asunto' hasta mi firma como Oscar Emilio Maldonado Contreras). En dicho cuerpo se detallan los hechos reales, el error de asesoramiento de la empresa con la 'Hoja Blanca' y el incumplimiento de sus propios T&C respecto a la devolución de los 250 € de reserva. Disculpen las molestias.
O. M.
A: Cuimo
Estimados señores de la OCU y de Elcano Capital, S.L. (Cuimo):Les escribo en relación a la réplica enviada para la referencia 15341616, con el fin de subsanar un error de formato. Por un fallo al copiar el texto, se incluyeron la frase introductoria y el bloque final de 'Puntos clave' generados por un asistente de redacción.Ruego que descarten esas partes informáticas y tomen como mi declaración y réplica oficial exclusivamente el texto central (desde el 'Asunto' hasta mi firma como Oscar Emilio Maldonado Contreras). En dicho cuerpo se detallan los hechos reales, el error de asesoramiento de la empresa con la 'Hoja Blanca' y el incumplimiento de sus propios T&C respecto a la devolución de los 250 € de reserva. Disculpen las molestias.
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