A LA ATENCIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LEROY MERLIN ESPAÑA
ASUNTO: RECLAMACIÓN FORMAL POR FALTA DE CONFORMIDAD, DEFECTO DEL PRODUCTO Y COBRO INDEBIDO DE SERVICIO TÉCNICO
Por medio de la presente formulo RECLAMACIÓN FORMAL frente a LEROY MERLIN en relación con la compra de un calentador de gas que presenta un funcionamiento defectuoso y que, pese a encontrarse dentro del periodo legal de garantía, no ha sido reparado ni sustituido, habiéndoseme comunicado además la exclusión de la garantía y reclamado el pago de 102,55 € por una intervención del servicio técnico.
1. DATOS DEL PRODUCTO
Producto: CALENTADOR GAS ATMOSFÉRICO KAWAIR 11L
Referencia: 97412755
Cantidad: 1 unidad
Precio: 189 €
Fecha de compra: 27/02/2026
El producto fue instalado correctamente por un instalador/técnico certificado, disponiendo de la correspondiente documentación y boletín de instalación vigente y en regla.
2. DEFECTO DE FUNCIONAMIENTO
Desde su utilización, el calentador presenta un funcionamiento anómalo.
El problema consiste en que, dependiendo del día y de las condiciones, al abrir un grifo de agua caliente el calentador realiza correctamente la chispa de encendido, pero no llega a producirse el encendido del gas.
Resulta especialmente llamativo que, en determinadas ocasiones, durante la noche sí consigue funcionar correctamente, aunque tampoco lo hace siempre. Durante los meses de invierno el problema se vuelve mucho más frecuente, llegando prácticamente a ser imposible conseguir que el calentador encienda.
Antes de solicitar asistencia técnica se realizaron diversas comprobaciones, entre ellas:
- La bombona de butano utilizada es nueva.
- Se ha comprobado que el caudal de agua es adecuado.
- La instalación cuenta con el correspondiente boletín de instalación.
- La instalación fue realizada por un profesional certificado.
Se adjuntan fotografías del calentador, dado que no hemos podido identificar el número de serie, así como un vídeo en el que se puede observar el fallo de funcionamiento.
3. GESTIÓN REALIZADA A TRAVÉS DE LEROY MERLIN
Ante el problema, me puse en contacto con LEROY MERLIN para solicitar la revisión y reparación del producto.
Desde LEROY MERLIN se me indicó que debía contactar directamente con el fabricante/servicio técnico y se me facilitó el siguiente enlace para solicitar asistencia:
Servicio técnico indicado por Leroy Merlin – Grupo GIA
En todo momento se me indicó que el producto se encontraba en garantía y que el servicio técnico correspondiente se haría cargo de la incidencia sin coste para el consumidor.
4. INTERVENCIÓN DEL SERVICIO TÉCNICO
Posteriormente acudió a mi domicilio un técnico de la empresa indicada por LEROY MERLIN.
El técnico manifestó que no podía realizar correctamente las pruebas y dejó constancia por escrito de lo siguiente:
“No se puede probar el calentador, hay 70mbars de presión de gas. Hay que cambiar regulador, falta sombrerete de chimenea y falta caja de protección de la electrónica del calentador. Ha de pasar instalador. Se deja aparato apagado. No usar.”
Durante la visita, el propio técnico nos explicó que la caja de protección de la electrónica del calentador podría no haber venido de origen con el aparato, indicándonos que reclamáramos a la empresa y que era posible que nos enviaran una caldera/calefactor nuevo.
Asimismo, nos indicó que debíamos contactar con nuestro instalador para solucionar las cuestiones relativas a la instalación y que, una vez realizadas dichas actuaciones, el servicio técnico volvería a revisar el aparato.
Siguiendo exactamente las indicaciones recibidas, procedimos a realizar las actuaciones solicitadas.
Nuestro instalador autorizado acudió nuevamente al domicilio, revisó la instalación, sustituyó el regulador de gas y colocó un nuevo sombrerete de chimenea, quedando realizadas las actuaciones indicadas por el técnico.
5. CAMBIO DE CRITERIO Y EXCLUSIÓN DE LA GARANTÍA
Una vez realizadas dichas actuaciones, volví a contactar con el servicio técnico para solicitar nuevamente la revisión del aparato.
Sin embargo, en esta ocasión se me comunica que el calentador queda excluido de la garantía y que debo abonar 102,55 € correspondientes a la visita realizada por el técnico.
Esta situación resulta especialmente sorprendente e inadmisible por varios motivos.
En primer lugar, cuando solicité la asistencia se me indicó que el producto estaba en garantía y que la intervención se realizaría sin coste.
En segundo lugar, el propio técnico que acudió a mi domicilio manifestó que existían elementos que podían faltar de origen en el propio aparato, concretamente la protección/caja de la electrónica.
En tercer lugar, el técnico no reparó el aparato ni solucionó la avería, dejándolo expresamente apagado y señalando que no debía utilizarse.
Y, finalmente, se me pretende repercutir ahora el coste de una visita técnica que se realizó precisamente como consecuencia de una reclamación de garantía y siguiendo el procedimiento indicado por LEROY MERLIN.
6. SITUACIÓN ACTUAL
A día de hoy me encuentro con un calentador que continúa sin funcionar correctamente y que no me proporciona agua caliente, pese a haber seguido las indicaciones dadas tanto por LEROY MERLIN como por el servicio técnico.
Considero especialmente grave que, después de haber comprado el producto el 27/02/2026, el aparato presente este tipo de funcionamiento y que, en lugar de procederse a su reparación o sustitución, se pretenda trasladar al consumidor la responsabilidad y el coste de la asistencia técnica.
Además, no considero admisible que se pretenda excluir unilateralmente la garantía sin facilitar una justificación técnica y jurídica suficiente que acredite que la falta de conformidad deriva exclusivamente de una actuación imputable al consumidor y no de un defecto, falta de componentes o problema existente en el propio producto.
7. DERECHOS DEL CONSUMIDOR
De acuerdo con el régimen de garantía legal establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten dentro del plazo legal de responsabilidad.
En particular, el artículo 120 establece que las medidas destinadas a poner el producto en conformidad deben ser gratuitas para el consumidor, incluyendo los gastos necesarios de transporte, mano de obra y materiales. (BOE)
Asimismo, el artículo 121 establece que, durante los dos años siguientes a la entrega, salvo prueba en contrario, se presume que la falta de conformidad ya existía cuando el bien fue entregado. (BOE)
Por tanto, tratándose de un producto adquirido el 27/02/2026, considero que existe una reclamación plenamente vigente y que corresponde al vendedor hacerse cargo de la puesta en conformidad del producto en los términos establecidos legalmente.
8. SOLICITO
Por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITO FORMALMENTE A LEROY MERLIN:
1. Que se reconozca y tramite la presente incidencia como una falta de conformidad del producto dentro del periodo de garantía legal.
2. Que se proceda, sin coste alguno para mí, a la reparación efectiva del calentador o, si la reparación no fuera posible o adecuada, a su sustitución por una unidad nueva y plenamente funcional, conforme a la normativa aplicable.
3. Que se deje sin efecto el cargo de 102,55 € correspondiente a la intervención del servicio técnico, al haberse solicitado dicha intervención dentro del procedimiento de garantía indicado por LEROY MERLIN y haberse realizado la visita sin que el aparato haya sido reparado.
4. Que, en caso de mantener la exclusión de garantía, se me facilite por escrito y de forma detallada:
- El motivo técnico concreto por el que se excluye la garantía.
- La condición de garantía que supuestamente permite dicha exclusión.
- La identificación del elemento o defecto que consideran responsabilidad del consumidor.