El día 17 de abril de 2026 contraté con Clínicas Dorsia, concretamente en la clínica Dorsia Travessera de Dalt de Barcelona, un tratamiento de pérdida de peso compuesto por un total de 13 sesiones, por un importe de 829 €, que aboné en su totalidad.
El tratamiento incluía seguimiento médico y nutricional y el tratamiento farmacológico con Mounjaro (tirzepatida), según las indicaciones y el seguimiento realizado por el personal de la clínica.
Comencé el tratamiento el 29 de abril de 2026 con una dosis inicial de Mounjaro de 2,5 mg. Posteriormente, siguiendo las indicaciones recibidas por la doctora durante el tratamiento, se fue aumentando la dosis cada mes (1er mes 2,5mg, 2ndo mes 5mg y tercer mes 7,5mg). Cabe mencionar que la especialidad de la doctora es medicina estética, no endocrinología.
Debido a este incremento de la dosis en un periodo relativamente corto, sufrí un episodio de pancreatitis aguda que requirió atención médica y la interrupción permanente del tratamiento farmacológico. Tras las correspondientes valoraciones médicas y pruebas realizadas en 3 visitas a urgencias y una baja médica de 15 días, se me indicó que debía suspender el medicamento, por lo que ya no podía continuar con el tratamiento de pérdida de peso en las condiciones inicialmente contratadas.
La situación no se produjo por una decisión personal de abandonar voluntariamente el tratamiento, sino por una circunstancia médica sobrevenida que hizo necesario interrumpir el tratamiento farmacológico.
En el momento de la interrupción había realizado 7 de las 13 sesiones contratadas, por lo que quedaban 6 sesiones pendientes de realizar. Estas sesiones no han sido utilizadas ni prestadas.
Tras la interrupción del tratamiento me puse en contacto con la clínica para solicitar la cancelación del tratamiento y el reembolso de la parte correspondiente a las sesiones que no habían sido utilizadas. Mi intención era resolver la situación directamente con la clínica y de forma amistosa.
Sin embargo, no he obtenido una solución satisfactoria por parte de Clínicas Dorsia respecto a la devolución del importe correspondiente a los servicios que no han sido prestados.
Considero que, habiendo abonado por adelantado la totalidad del tratamiento y habiéndose producido una interrupción por una causa médica sobrevenida, debido a una cierta negligencia médica, que impide continuar con el tratamiento farmacológico, no resulta razonable mantener el importe correspondiente a las sesiones que no se han realizado.
Por todo lo anterior, solicito la resolución del contrato en lo que respecta al tratamiento pendiente y el reembolso de la cantidad correspondiente a las 6 sesiones que no han sido utilizadas ni prestadas.
Adjunto documentación que acredita tanto la contratación y el pago del tratamiento como las sesiones realizadas, la interrupción del tratamiento por motivos médicos y las comunicaciones mantenidas con la clínica, y puedo aportarla como documentación justificativa de esta reclamación.
Mi objetivo es alcanzar una solución amistosa y obtener la devolución de 382,62 euros, correspondientes a las 6 sesiones no realizadas.