Tras un mes insistiendo, conseguí que el día 28 de febrero Allzone accediera a tramitar la cancelación de mi pedido (Iphone 16 Pro Max 256 gb).
La empresa confirmó la cancelación el 3 de marzo, y según el artículo 107.1, del Real Decreto Legislativo 1/2007, el reembolso debía realizarse en un plazo máximo de 14 días naturales, es decir, antes del 13 de marzo de 2025.
A día de hoy, 21 de mayo de 2025, han pasado 82 días naturales desde mi solicitud y ni he recibido el reembolso ni una solución real. De hecho, volvi a reclamar a través de correo electrónico el 17 de abril el reembolso del importe abonado (1219,40 €), y la respuesta que obtuve el 24 de abril, una semana despues, fue que estaban trabajando en mi consulta y si quería añadir más información a la misma mandase un correo electrónico.
Les recuerdo que la legislación vigente no admite demoras indebidas y que los trámites internos o problemas con entidades bancarias no eximen de su responsabilidad legal. El reembolso de 1.219,40 € debe realizarse de forma inmediata y utilizando el mismo medio de pago. Sin obtener más comunicación desde ese momento.
Adjunto todas las comunicaciones mantenidas con ustedes, tanto por correo electrónico como a través de reclamaciones privadas, como prueba del reiterado incumplimiento.
Solicito, por tanto, que en la mayor brevedad posible se proceda a realizar el reembolso completo del importe indicado.