El pasado 6 de Septiembre de 2023 tuve un vuelo desde Valencia con destino Aeropuerto de Asturias. En ese vuele llevé una maleta de equipaje de mano la cuál cumplía con la normativa del peso y medidas. Sin embargo, el recepcionista que me atendió insistió que al no tener el servicio Megavolotea contratado debía de abonar una cantidad de dinero extra para poder llevar la maleta y encima me obligaron a meterla en la bodega aún así habiendo espacio en la cabina ( ellos decían que el espacio de la cabina estaba reservado para usuarios de Megavolotea). Según la sentencia 787/2022 el equipaje de mano dice que la maleta de mano forma parte de lo mínimo indispensable y no debe de ser custodiada como el equipaje facturado. Insisto cumplía las medidas y el peso. Por tanto reclamo la devolución de los 29 euros que tuve que pagar en el Aeropuerto. Cuándo recibí respuesta por parte de la empresa, para mí sorpresa se negaban una y otra vez ha realizar la devolución del importe requerido. Además exijo una compensación por daños y perjuicios, ya que llevo varios meses intentado que me realicen el reembolso, pero se niegan una y otra vez.