Don Juan Carlos Iñigo, formula la presente reclamación en relación con un **XPENG G6 Long Range, matrícula 9381…….
que en el momento de producirse la avería contaba únicamente con **8 meses de antigüedad y aproximadamente 9\.000
km**\.
La incidencia corresponde al **asa de la tapa interior del maletero**, pieza que se rompió durante su utilización normal\. El
vehículo se encontraba en garantía, pero **Caetano, distribuidor de XPENG en España**, manifestó que no se hacía cargo de
la reparación, alegando que el fabricante consideraba que la rotura se debía al uso\.
Manifiesto expresamente mi **disconformidad con esta decisión**, ya que el asa no ha sufrido ningún uso inadecuado, forzado
ni diferente de aquel para el que fue diseñada\. Su utilización se ha limitado a levantar la tapa para acceder al espacio de
almacenamiento del doble fondo del maletero\.
La incidencia fue comunicada el **31 de agosto**, encontrándose desde entonces Caetano en contacto con el fabricante en
China\. A pesar del tiempo transcurrido, no se me ofreció una solución satisfactoria ni se me aportó una justificación técnica
que demostrase que la rotura se había producido por un uso inadecuado\.
La reclamación presentada ante XPENG tiene como código de seguimiento ##894## , y toda la comunicación y
documentación relativa a la incidencia se encuentra debidamente documentada\.
Ante la falta de una solución y con el fin de garantizar el correcto funcionamiento de la pieza y poder utilizar el vehículo con
normalidad, finalmente me vi obligado/a a sustituirla por mi cuenta\. El importe abonado por dicha sustitución ascendió a
**105,86 euros, IVA incluido**\.
Considero especialmente cuestionable que una pieza de estas características se rompa con tan solo **8 meses de antigüedad
y 9\.000 km**, y que se rechace su cobertura en garantía simplemente alegando que la rotura se debe al uso, sin acreditar de
manera objetiva cuál habría sido el supuesto uso incorrecto que la habría provocado\.
Por todo lo anterior, solicito a la Comunidad de Madrid que:
1. Admita la presente reclamación y valore los hechos expuestos.
2. Intervenga, si procede, ante la empresa responsable para que revise la negativa a cubrir la reparación en garantía.
3. Solicite a Caetano y/o XPENG una respuesta debidamente fundamentada, en la que se explique técnicamente el motivo por
el que se rechaza la cobertura de la avería.
4. Tenga en cuenta la antigüedad y el kilometraje del vehículo, el uso normal de la pieza, la ausencia de cualquier uso
inadecuado y el tiempo transcurrido desde la comunicación de la incidencia.
5. Se me reembolse el importe de 105,86 euros, IVA incluido, correspondiente a la sustitución de la pieza, al considerar que la
avería se produjo durante el periodo de garantía y que la sustitución fue necesaria para garantizar el correcto funcionamiento.