PROBLEMA CON ENTREGA DE PRODUCTO Y REMBOLSO DEL DINERO
Naturaleza del problema:
EntregaTu reclamación
A. N.
A: Regaldekor
INCUMPLIMIENTO DEL PEDIDO, ENTREGA PARCIAL Y FALTA DE REEMBOLSO DE 428 € El día 26 de julio de 2026 realicé en la tienda online Regaldekor un pedido de 4 sillas Keira, por un importe total de 428 €, abonado íntegramente mediante tarjeta. Desde el inicio del retraso he contactado con la empresa en numerosas ocasiones mediante correo electrónico, reclamando información y la entrega del pedido. Algunos de estos correos no han recibido ninguna respuesta, incluido mi último correo de reclamación. Durante este tiempo, la empresa ha alegado diferentes motivos para justificar la falta de respuesta o el retraso, entre ellos problemas con el correo electrónico y periodos de vacaciones. Sin embargo, considero especialmente preocupante que, mientras mi pedido llevaba semanas de retraso, las mismas sillas continuaban apareciendo en la página web de Regaldekor como disponibles, indicando un plazo de entrega de 5 a 7 días. El 18 de septiembre de 2026, después de numerosas reclamaciones, Regaldekor me comunicó por escrito que el pedido estaba procesado, que las sillas estaban en stock y que se había solicitado su envío con carácter
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Regaldekor
A: A. N.
En relación con la reclamación presentada, RegalDekor manifiesta su disconformidad con la solicitud de reembolso íntegro de 428 €, al no corresponderse con la situación actual del pedido. El pedido ha sido expedido mediante DHL y la clienta ya ha recibido parte de la mercancía adquirida. El segundo bulto pendiente se encuentra igualmente expedido y actualmente en proceso de entrega, por lo que RegalDekor está procediendo a completar la entrega del pedido. Por tanto, no nos encontramos ante un supuesto en el que la empresa haya cobrado el pedido y no haya enviado la mercancía. Existe una entrega efectiva acredi mediante el seguimiento de DHL y una segunda expedición actualmente en tránsito. Asimismo, la clienta mantiene en su poder la mercancía ya recibida y no consta que esta haya sido devuelta a RegalDekor. En consecuencia, no procede pretender simultáneamente conservar los artículos recibidos y obtener el reembolso íntegro de los 428 € abonados. La normativa de consumo esce la restitución de las prestaciones en caso de resolución/desistimiento y permite, en determinados supuestos, condicionar el reembolso a la recepción de los bienes o a la acreditación de su devolución. Debe tenerse además en cuenta que, cuando un pedido se entrega en varios bultos o componentes por separado, la propia normativa contempla expresamente la recepción del último bien o componente a efectos del cómputo del plazo de desistimiento. Por todo ello, consideramos que la reclamación de devolución íntegra de 428 € en los términos planteados no resulta fundada en la situación actual del pedido, dado que existe mercancía ya entregada y aceptada por la clienta, sin devolución, y el bulto restante se encuentra expedido y en proceso de entrega. RegalDekor aportará, si fuera necesario, los correspondientes justificantes de expedición, seguimiento y entrega de DHL que acreditan lo anteriormente expuesto. Solicitamos, por tanto, que se tenga por contestada la reclamación y se proceda a su archivo una vez comprobada la documentación de transporte y la finalización de la entrega. El 6 oct 2026, a las 21:02, reclamar@ocu.org escribió:
Regaldekor
A: A. N.
En relación con la reclamación presentada, RegalDekor manifiesta su disconformidad con la solicitud de reembolso íntegro de 428 €, al no corresponderse con la situación actual del pedido. El pedido ha sido expedido mediante DHL y la clienta ya ha recibido parte de la mercancía adquirida. El segundo bulto pendiente se encuentra igualmente expedido y actualmente en proceso de entrega, por lo que RegalDekor está procediendo a completar la entrega del pedido. Por tanto, no nos encontramos ante un supuesto en el que la empresa haya cobrado el pedido y no haya enviado la mercancía. Existe una entrega efectiva acredi mediante el seguimiento de DHL y una segunda expedición actualmente en tránsito. Asimismo, la clienta mantiene en su poder la mercancía ya recibida y no consta que esta haya sido devuelta a RegalDekor. En consecuencia, no procede pretender simultáneamente conservar los artículos recibidos y obtener el reembolso íntegro de los 428 € abonados. La normativa de consumo esce la restitución de las prestaciones en caso de resolución/desistimiento y permite, en determinados supuestos, condicionar el reembolso a la recepción de los bienes o a la acreditación de su devolución. Debe tenerse además en cuenta que, cuando un pedido se entrega en varios bultos o componentes por separado, la propia normativa contempla expresamente la recepción del último bien o componente a efectos del cómputo del plazo de desistimiento. Por todo ello, consideramos que la reclamación de devolución íntegra de 428 € en los términos planteados no resulta fundada en la situación actual del pedido, dado que existe mercancía ya entregada y aceptada por la clienta, sin devolución, y el bulto restante se encuentra expedido y en proceso de entrega. RegalDekor aportará, si fuera necesario, los correspondientes justificantes de expedición, seguimiento y entrega de DHL que acreditan lo anteriormente expuesto. Solicitamos, por tanto, que se tenga por contestada la reclamación y se proceda a su archivo una vez comprobada la documentación de transporte y la finalización de la entrega. El 6 oct 2026, a las 21:03, reclamar@ocu.org escribió:
Regaldekor
A: A. N.
En relación con la reclamación presentada, RegalDekor manifiesta su disconformidad con la solicitud de reembolso íntegro de 428 €, al no corresponderse con la situación actual del pedido. El pedido ha sido expedido mediante DHL y la clienta ya ha recibido parte de la mercancía adquirida. El segundo bulto pendiente se encuentra igualmente expedido y actualmente en proceso de entrega, por lo que RegalDekor está procediendo a completar la entrega del pedido. Por tanto, no nos encontramos ante un supuesto en el que la empresa haya cobrado el pedido y no haya enviado la mercancía. Existe una entrega efectiva acredi mediante el seguimiento de DHL y una segunda expedición actualmente en tránsito. Asimismo, la clienta mantiene en su poder la mercancía ya recibida y no consta que esta haya sido devuelta a RegalDekor. En consecuencia, no procede pretender simultáneamente conservar los artículos recibidos y obtener el reembolso íntegro de los 428 € abonados. La normativa de consumo esce la restitución de las prestaciones en caso de resolución/desistimiento y permite, en determinados supuestos, condicionar el reembolso a la recepción de los bienes o a la acreditación de su devolución. Debe tenerse además en cuenta que, cuando un pedido se entrega en varios bultos o componentes por separado, la propia normativa contempla expresamente la recepción del último bien o componente a efectos del cómputo del plazo de desistimiento. Por todo ello, consideramos que la reclamación de devolución íntegra de 428 € en los términos planteados no resulta fundada en la situación actual del pedido, dado que existe mercancía ya entregada y aceptada por la clienta, sin devolución, y el bulto restante se encuentra expedido y en proceso de entrega. RegalDekor aportará, si fuera necesario, los correspondientes justificantes de expedición, seguimiento y entrega de DHL que acreditan lo anteriormente expuesto. Solicitamos, por tanto, que se tenga por contestada la reclamación y se proceda a su archivo una vez comprobada la documentación de transporte y la finalización de la entrega. El 6 oct 2026, a las 21:01, reclamar@ocu.org escribió:
Regaldekor
A: A. N.
En relación con la reclamación presentada, RegalDekor manifiesta su disconformidad con la solicitud de reembolso íntegro de 428 €, al no corresponderse con la situación actual del pedido. El pedido ha sido expedido mediante DHL y la clienta ya ha recibido parte de la mercancía adquirida. El segundo bulto pendiente se encuentra igualmente expedido y actualmente en proceso de entrega, por lo que RegalDekor está procediendo a completar la entrega del pedido. Por tanto, no nos encontramos ante un supuesto en el que la empresa haya cobrado el pedido y no haya enviado la mercancía. Existe una entrega efectiva acredi mediante el seguimiento de DHL y una segunda expedición actualmente en tránsito. Asimismo, la clienta mantiene en su poder la mercancía ya recibida y no consta que esta haya sido devuelta a RegalDekor. En consecuencia, no procede pretender simultáneamente conservar los artículos recibidos y obtener el reembolso íntegro de los 428 € abonados. La normativa de consumo esce la restitución de las prestaciones en caso de resolución/desistimiento y permite, en determinados supuestos, condicionar el reembolso a la recepción de los bienes o a la acreditación de su devolución. Debe tenerse además en cuenta que, cuando un pedido se entrega en varios bultos o componentes por separado, la propia normativa contempla expresamente la recepción del último bien o componente a efectos del cómputo del plazo de desistimiento. Por todo ello, consideramos que la reclamación de devolución íntegra de 428 € en los términos planteados no resulta fundada en la situación actual del pedido, dado que existe mercancía ya entregada y aceptada por la clienta, sin devolución, y el bulto restante se encuentra expedido y en proceso de entrega. RegalDekor aportará, si fuera necesario, los correspondientes justificantes de expedición, seguimiento y entrega de DHL que acreditan lo anteriormente expuesto. Solicitamos, por tanto, que se tenga por contestada la reclamación y se proceda a su archivo una vez comprobada la documentación de transporte y la finalización de la entrega. El 6 oct 2026, a las 21:01, reclamar@ocu.org escribió:
A. N.
A: Regaldekor
OS DIJE EN DOS OCASIONES QUE NO MANDASEIS EL SEGUNDO BULTO YA QUE NO ESTABAIS CUMPLIENDO LOS PLAZOS, NO HABÉIS MANDADO NI LOCALIZADOR NI SEGUIMIENTO DE LA EMPRESA. IRÉ AL JUZGADO.
A. N.
A: Regaldekor
CONTESTACIÓN A LA RESPUESTA DE REGALDEKOR No estoy de acuerdo con la respuesta presentada por RegalDekor, ya que considero que omite hechos esenciales y presenta la situación como si el pedido estuviera simplemente en proceso normal de entrega, cuando esto no se corresponde con lo sucedido. El pedido de 4 sillas Keira fue realizado el 26 de julio de 2026 y abonado íntegramente por importe de 428 €. Después de numerosas reclamaciones y de un retraso ya considerable, RegalDekor me comunicó el 18 de septiembre que las sillas estaban en stock y que la entrega se produciría aproximadamente en 7 días. Transcurrido dicho plazo, y ante el incumplimiento, comuniqué expresamente a la empresa mi decisión de resolver el contrato y solicitar el reembolso íntegro de los 428 €, al considerar que el retraso había dejado de ser razonable. Por tanto, la cuestión no es que actualmente exista un segundo bulto en tránsito, sino que dicho envío se produce después de que yo hubiera comunicado expresamente mi voluntad de resolver el contrato por incumplimiento y hubiera solicitado el reembolso. RegalDekor no puede convertir unilateralmente una resolución contractual ya comunicada en una simple continuación del pedido mediante el envío tardío de la mercancía. Asimismo, es incorrecto afirmar que pretendo conservar la mercancía y obtener simultáneamente el reembolso íntegro. Desde el primer momento he manifestado mi disposición a devolver las dos sillas que recibí y he solicitado que RegalDekor proceda a organizar su recogida, sin coste alguno para mí. Por tanto, no me niego a restituir la mercancía recibida. Todo lo contrario: he puesto expresamente dichas sillas a disposición de la empresa. Lo que solicito es que se produzca la restitución recíproca de las prestaciones: yo devuelvo las dos sillas recibidas y RegalDekor devuelve los 428 € abonados, dando por resuelto el contrato. También considero relevante señalar que la empresa ha tenido numerosas oportunidades para solucionar la situación y, pese a ello, he tenido que realizar múltiples reclamaciones y algunos de mis correos ni siquiera han recibido respuesta. Resulta además especialmente llamativo que, mientras alegan dificultades para completar mi pedido, las mismas sillas continúan anunciándose en su página web como disponibles y con un plazo de entrega de 5-7 días, circunstancia que puedo acreditar mediante captura de pantalla. El artículo 66 bis del Real Decreto Legislativo 1/2007 contempla el derecho del consumidor a resolver el contrato cuando el empresario incumple la obligación de entrega en los términos legalmente establecidos. Por todo ello, solicito que la reclamación no sea archivada, ya que la cuestión continúa sin resolverse. Mi petición es clara y no ha cambiado: Resolución del contrato por incumplimiento. Reembolso íntegro de los 428 € abonados. Recogida por parte de RegalDekor de las dos sillas que me fueron entregadas, sin ningún coste para mí. Que no se considere solucionada la reclamación por el mero hecho de que RegalDekor haya enviado posteriormente un segundo bulto, puesto que dicho envío se produce después de mi comunicación de resolución y no implica que yo haya aceptado continuar con el contrato. En consecuencia, solicito que OCU tenga en cuenta la cronología completa de los hechos y la comunicación expresa de resolución del contrato, y no únicamente el estado actual del seguimiento de DHL. A día de hoy, RegalDekor no me ha devuelto los 428 € ni ha gestionado la recogida de las dos sillas que están a su disposición, por lo que considero que la reclamación sigue plenamente vigente. Finalmente, dejo constancia expresa de que, si RegalDekor continúa negándose a efectuar el reembolso y a resolver la situación, ejerceré las acciones legales que me correspondan y acudiré a los Juzgados y Tribunales competentes para reclamar la cantidad de 428 €, así como, en su caso, los demás conceptos que legalmente procedan. Mi intención es resolver esta cuestión de forma extrajudicial, pero no aceptaré nuevos retrasos, aplazamientos ni argumentos destinados a prolongar indefinidamente la devolución de una cantidad que considero legítimamente reclamada.
Regaldekor
A: A. N.
En relación con la reclamación presentada, RegalDekor manifiesta su disconformidad con la solicitud de reembolso íntegro de 428 €, al no corresponderse con la situación actual del pedido. El pedido ha sido expedido mediante DHL y la clienta ya ha recibido parte de la mercancía adquirida. El segundo bulto pendiente se encuentra igualmente expedido y actualmente en proceso de entrega, por lo que RegalDekor está procediendo a completar la entrega del pedido. Por tanto, no nos encontramos ante un supuesto en el que la empresa haya cobrado el pedido y no haya enviado la mercancía. Existe una entrega efectiva acredi mediante el seguimiento de DHL y una segunda expedición actualmente en tránsito. Asimismo, la clienta mantiene en su poder la mercancía ya recibida y no consta que esta haya sido devuelta a RegalDekor. En consecuencia, no procede pretender simultáneamente conservar los artículos recibidos y obtener el reembolso íntegro de los 428 € abonados. La normativa de consumo esce la restitución de las prestaciones en caso de resolución/desistimiento y permite, en determinados supuestos, condicionar el reembolso a la recepción de los bienes o a la acreditación de su devolución. Debe tenerse además en cuenta que, cuando un pedido se entrega en varios bultos o componentes por separado, la propia normativa contempla expresamente la recepción del último bien o componente a efectos del cómputo del plazo de desistimiento. Por todo ello, consideramos que la reclamación de devolución íntegra de 428 € en los términos planteadosno resulta fundada en la situación actual del pedido, dado que existe mercancía ya entregada y aceptada por la clienta, sin devolución, y el bulto restante se encuentra expedido y en proceso de entrega. RegalDekor aportará, si fuera necesario, los correspondientes justificantes de expedición, seguimiento y entrega de DHL que acreditan lo anteriormente expuesto. Solicitamos, por tanto, que se tenga por contestada la reclamación y se proceda a su archivo una vez comprobada la documentación de transporte y la finalización de la entrega. El 6 oct 2026, a las 22:02, reclamar@ocu.org escribió:
Regaldekor
A: A. N.
En relación con la reclamación presentada, RegalDekor manifiesta su disconformidad con la solicitud de reembolso íntegro de 428 €, al no corresponderse con la situación actual del pedido. El pedido ha sido expedido mediante DHL y la clienta ya ha recibido parte de la mercancía adquirida. El segundo bulto pendiente se encuentra igualmente expedido y actualmente en proceso de entrega, por lo que RegalDekor está procediendo a completar la entrega del pedido. Por tanto, no nos encontramos ante un supuesto en el que la empresa haya cobrado el pedido y no haya enviado la mercancía. Existe una entrega efectiva acredi mediante el seguimiento de DHL y una segunda expedición actualmente en tránsito. Asimismo, la clienta mantiene en su poder la mercancía ya recibida y no consta que esta haya sido devuelta a RegalDekor. En consecuencia, no procede pretender simultáneamente conservar los artículos recibidos y obtener el reembolso íntegro de los 428 € abonados. La normativa de consumo esce la restitución de las prestaciones en caso de resolución/desistimiento y permite, en determinados supuestos, condicionar el reembolso a la recepción de los bienes o a la acreditación de su devolución. Debe tenerse además en cuenta que, cuando un pedido se entrega en varios bultos o componentes por separado, la propia normativa contempla expresamente la recepción del último bien o componente a efectos del cómputo del plazo de desistimiento. Por todo ello, consideramos que la reclamación de devolución íntegra de 428 € en los términos planteadosno resulta fundada en la situación actual del pedido, dado que existe mercancía ya entregada y aceptada por la clienta, sin devolución, y el bulto restante se encuentra expedido y en proceso de entrega. RegalDekor aportará, si fuera necesario, los correspondientes justificantes de expedición, seguimiento y entrega de DHL que acreditan lo anteriormente expuesto. Solicitamos, por tanto, que se tenga por contestada la reclamación y se proceda a su archivo una vez comprobada la documentación de transporte y la finalización de la entrega. El 6 oct 2026, a las 22:02, reclamar@ocu.org escribió:
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