Estimados/as señores/as:
En fecha 22 de julio de 2025 adquirí en su página web de El Corte Inglés el producto ordenador MEDION MD62425, financiado a través de su entidad colaboradora.
Adjunto los siguientes documentos: factura o justificante de compra, informe del Servicio Técnico de Medion, y copia de las comunicaciones mantenidas con su servicio de atención al cliente.
El producto ha resultado defectuoso dentro del plazo legal de garantía, manifestando ruido anormal y sobrecalentamiento desde los primeros usos, y posteriormente fallos en el touchpad, imposibilidad de activar la conexión WiFi y defectos en la pantalla.
El uso del equipo ha sido correcto y conforme a las instrucciones del fabricante.
Fue remitido al Servicio Técnico de Medion, donde únicamente se sustituyó el ventilador y se formateó el sistema operativo. Sin embargo, tras dicha intervención el equipo continúa sin funcionar correctamente, por lo que la reparación no ha restablecido la conformidad del producto con el contrato.
De acuerdo con los artículos 118, 119 y 120 del Real Decreto Legislativo 1/2007, y dado que la reparación ha resultado ineficaz, solicito la resolución del contrato y el reembolso íntegro del importe abonado, al haberse agotado las vías de reparación y persistir la falta de conformidad del bien.
Sin otro particular, atentamente.