Estimados/as señores/as:
Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Budapest al de Oporto, que tenía su salida a las 20:10 horas del día 22 del mes de Diciembre de 2024 por lo que la llegada normal a Oporto debería haber tenido lugar a las 23:00 horas del día 22 de Diciembre 2025.
Adjunto los siguientes documentos: Itinerario/Recibo de la reserva
El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada y aterrizó en Madrid en vez de Oporto tal y como estaba establecido. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.
Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea