Buenas tardes,
Me dirijo a ustedes para expresar mi profunda insatisfacción con la gestión de mi solicitud de cancelación y reembolso, la cual sigue en trámite (aunque el 13/11/2025 mi indicarais que la cancelación fue procesada) a pesar de mis reiteradas comunicaciones (adjunto el estado de mi pedido). Este retraso no solo es inaceptable, sino que también constituye un incumplimiento de la normativa vigente.
De acuerdo con la Ley 3/2014, de 27 de marzo, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en su Artículo 66 bis, se establece lo siguiente:
El empresario debe entregar los bienes en un plazo máximo de 30 días naturales desde la celebración del contrato, salvo que se acuerde lo contrario.
En caso de incumplimiento, el consumidor puede emplazar al empresario a cumplir en un plazo adicional. Si el empresario no lo hace, el consumidor tiene derecho a resolver el contrato.
Una vez resuelto el contrato, el empresario debe reembolsar las cantidades abonadas sin demora. En caso de retraso injustificado, el consumidor puede reclamar el doble de la suma adeudada, además de una indemnización por daños y perjuicios.
Corresponde al empresario demostrar el cumplimiento de los plazos establecidos.
En mi caso, el pedido se realizó el 07/10/2025, y tras un mes y 13 días, no he recibido ni el artículo ni el reembolso correspondiente. Este retraso es injustificado y vulnera claramente la normativa mencionada.
Por lo tanto, solicito el reembolso inmediato del importe de 643,56€ que aboné por el pedido. De no recibir una respuesta satisfactoria en el menor plazo posible, me veré obligado a tomar las medidas legales pertinentes para hacer valer mis derechos como consumidor.
Quedo a la espera de su pronta resolución.
Atentamente,
Mikel Gotzon Astigarraga Gastelo