En repetidas ocasiones me han cobrado comisiones, siempre que lo he puesto en su conocimiento no han hecho nada informándome que al no tener la nómina en su banco son por manteniendo de la cuenta y estas las tengo que pagar, siempre he tenido saldo para hacer frente a los pagos de mi crédito. Dado que me he visto obligado a mantener la cuenta con esta entidad por el credito hipotecario y que mi crédito está firmado con anterioridad al 29-04-2012 y tal y como viene reflejado en la orden EHA/2899/2011. no me corresponde el pago de ninguna comisión, este es la orden:Esta comisión remunera los adeudos que realiza la entidad derivados del préstamo hipotecario.¿Qué requisitos se deben cumplir para poder cobrarla?• Las comisiones que cobran las entidades son libres, salvo en los casos en los que estén limitadas legalmente. Esta comisión dependerá de la fecha en que firmaste tu hipoteca.• Si firmaste la hipoteca antes del 29 de abril de 2012, fecha en la que entró en vigor la Orden EHA/2899/2011Abre en ventana nueva, resultaría de aplicación el criterio por el que, cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad y sólo se utilizan para adeudar la cuota del préstamo hipotecario, no correspondería pagar ninguna comisión por mantenimiento de la cuenta.• Si firmaste con posterioridad al 29 de abril de 2012, la misma norma establece que se puede cobrar dicha comisión aunque se utilizara sólo para pagar la cuota de la hipoteca, siempre que:o se mencione en los documentos de información previa, FIPRE, FIPER, FEIN Y FiAE y se haya informado previamente acerca de la exigencia de contratar la cuenta vinculadao su coste se recoja en el contrato y dicho coste no pueda ser modificado unilateralmente por la entidad a lo largo de la vida del préstamo Esta información esta sacada del banco de España, por lo que les reclamo de devoluciones de todas las comisiones que me han cobrado de forma indebida.