En relación con la incidencia comunicada, relativa a un vehículo Mazda CX-30, y según nos trasmitía el Servicio Autorizado Mazda (en adelante “SAM”), Pontecar, tras la diagnosis realizada, se detectó que el embrague estaba gastado, con un fuerte olor a quemado, causado muy probablemente debido a un sobre esfuerzo. Así, y conforme a la Ley 23/2003 de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo y actualmente regulado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, donde esce que la garantía cubre defectos de fabricación durante el periodo estipulado, no siendo aplicable a averías derivadas del uso, desgaste o mantenimiento, es que el SAM, Pontecar, aun encontrándose el vehículo dentro del plazo de garantía ofrecido por el fabricante (6 años o 150.000 km., lo que antes suceda), comunicó a su asociada la situación.
No obstante lo anterior, la reparación que ha precisado el vehículo ha sido finalmente realizada como atención comercial, siendo gratuita para la propietaria.
Adicionalmente, consta que el vehículo ha sido reparado y entregado, habiéndose verificado su correcto funcionamiento y quedando a plena satisfacción tras la intervención realizada.
Confiamos que la información suministrada contribuya a la aclaración de sus dudas al respecto y se proceda al cierre del expediente.
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