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Problema con avería collarín

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Reparación

Tu reclamación

C. V.

A: OCASIÓN PLUS

06/04/2026

Buenas tardes, realicé una compra de un MG HS en febrero de 2025 (0818MFV) y en diciembre de 2025 dió la cara un defecto prematuro de la pieza llamada "Collarín" ya que es un vehículo con menos de 3 años y con 40.000kms, es una pieza que no es de desgaste y que a causa de esa rotura hay que cambiar todo el embrague ya que ha sido afectado por el collarín. Según la ley, el primer año es obligatorio que el concesionario se haga responsable de la avería ya que no es desgaste como es una pastilla de freno por ejemplo, y lo llevo reclamando mucho tiempo, ya lo siguiente será reclamarlo por la vía judicial. NO es una pieza de desgaste, ES un defecto prematuro de la pieza llamada "Collarín". Quedo a la espera de que me confirmen que se van a hacer cargo como corresponde según la legalidad. Gracias

Mensajes (5)

OCASIÓN PLUS

A: C. V.

07/04/2026

Buenos días, Señora Cristina. En relación a su reclamación por la reparación de la avería del collarín, le informamos que, si bien su garantía Premium contempla este componente, su cobertura está supeditada a las condiciones contractuales aceptadas por ambas partes, las cuales estipulan que la incidencia debe manifestarse dentro de los primeros 3 meses o 20.000 km; por tanto, al haber notificado usted la avería en diciembre, incumpliendo así el plazo temporal escido expresamente en la tabla de condiciones de la página 2 del libro de garantía (Documento Nº1). Por lo queeste mercantil no puede acceder a su pretensión, siendo la reparación por cuenta exclusiva del cliente. DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil está dispuesta a adherirse a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). El lun, 6 abr 2026 a las 18:45, reclamar@ocu.org escribió:

C. V.

A: OCASIÓN PLUS

07/04/2026

Buenas tardes, la avería se inició en diciembre y lo comuniqué ese mes y me dieron cita en enero en el taller, dentro del año legalmente establecido según la ley que entró en vigor en 2022 y no pasaron 3 meses ni más de tres meses. Llevo mucho tiempo esperando a que me den respuesta y me digan que me lo van a pagar. De no ser así se denunciarán los hechos por no seguir la legislación. Es un defecto prematuro de la pieza que dió la cara en diciembre y entonces lo trasladé al concesionario.

OCASIÓN PLUS

A: C. V.

09/04/2026

Buenas Tardes, Doña Cristina Respecto a su reclamación de la devoluciónpor el pago de la avería del collarín, y como se le ha mencionado anteriormente. Cabe aclarar que la cobertura de la garantía Premium no es absoluta, sino que está sujeta a las condiciones de temporalidad aceptadas en el contrato. Según la tabla de condiciones (Documento Nº1, pág. 2), este elemento queda cubierto durante los primeros 3 meses o 20.000 km contados a partir de la fecha del contrato. Al haber firmado el contrato en febrero 2025 el comunicar el fallo en diciembre 2025, la reclamacion esta fuera del margen temporal escido. Por lo cual, la incidencia queda excluida de la cobertura de garantía por este mercantil, por lo que no podemos atender su solicitud. DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil está dispuesta a adherirse a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). El mar, 7 abr 2026 a las 14:30, reclamar@ocu.org escribió:

C. V.

A: OCASIÓN PLUS

09/04/2026

Buenas tardes, según la ley que entró en vigor en 2022 de protección de los consumidores estáis obligados durante un año a cubrir las averías por ley sin tener que pagar ninguna garantía. Con lo cual me lo deben de cubrir porque viene reflejado en la legislación. No me refiero a la garantía premium.

OCASIÓN PLUS

A: C. V.

10/04/2026

Estimada Sra. Vizuete. En relación con su reclamación referenciada, en la que solicita la aplicación de la normativa de protección de los consumidores para la cobertura de una avería, nos vemos en la obligación de reiterar la postura ya manifestada por esta mercantil en sus comunicaciones anteriores. Tras realizar un nuevo análisis de su expediente, le informamos de que no procede atender su solicitud de reparación, toda vez que la incidencia reportada no cumple con los requisitos escidos para ser considerada una falta de conformidad bajo la garantía legal. Como fundamento de esta resolución, le recordamos que, tal y como consta en el contrato de compraventa y en la documentación técnica suscrita por usted, el vehículo se encontraba en estado óptimo en el momento de la entrega. En dicho acto, usted manifestó su plena conformidad con el estado del bien tras haber realizado las comprobaciones pertinentes, quedando acreditado que el vehículo se entregó sin defectos preexistentes y en condiciones de uso adecuadas a su antigüedad y kilometraje. Es necesario puntualizar que la legislación a la que hace referencia, si bien protege al consumidor, no convierte la garantía legal en un seguro de mantenimiento integral ni cubre deficiencias derivadas del uso ordinario o del desgaste natural de los componentes. Por lo tanto, al haberse verificado que el estado del vehículo era correcto en la fecha de venta y que la avería no tiene un origen previo a la entrega, esta parte entiende que no existe responsabilidad contractual por nuestra parte. Por todo lo expuesto, damos por resuelta su reclamación confirmando la denegación de la cobertura solicitada, al no concurrir los supuestos legales necesarios para su aplicación. Quedamos a su disposición para cualquier otra consulta técnica que pueda precisar. Atentamente DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil está dispuesta a adherirse a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). El jue, 9 abr 2026 a las 14:45, reclamar@ocu.org escribió:


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