Estimados Sres. OCU,
En relación con la reclamación presentada por D. Eduardo Barrera Rodriguez, tras revisar el expediente de contratación, GoStudent desea realizar las siguientes aclaraciones.
En primer lugar, la suscripción objeto de la reclamación no fue contratada por el reclamante, sino por, doña Natalia Muñoz Encinas, quien fue la persona que mantuvo las comunicaciones con GoStudent y formalizó la contratación.
Asimismo, el programa contratado no correspondía a una permanencia de seis meses, sino a una suscripción de 6 clases al mes durante un periodo de 12 meses en la modalidad online, circunstancia que fue comunicada de forma expresa durante el proceso de contratación.
Concretamente, en la llamada mantenida el día 18 de abril de 2026, con carácter previo a la clase de prueba, nuestro agente informó a doña Natalia de que el programa tenía una duración de 12 meses y de que existía la posibilidad de pausar las clases durante el verano para retomarlas posteriormente.
Una vez realizada la clase de prueba y tras mostrar su conformidad con las condiciones ofrecidas, el 29 de abril de 2026 se remitió a doña Natalia, por correo electrónico, toda la información relativa al plan solicitado, junto con el enlace de compra para que pudiera revisar las condiciones contractuales y los Términos y Condiciones antes de aceptar y formalizar la contratación.
El día 30 de abril de 2026 se recibió la confirmación de la contratación de la suscripción de 6 clases al mes durante 12 meses. Ese mismo día se envió nuevamente por correo electrónico la confirmación de la compra junto con toda la documentación contractual.
Una vez formalizada la contratación, la contratante disponía del plazo legal de 14 días para revisar la documentación recibida y ejercer, en su caso, el derecho de revocación. Dicho derecho no fue ejercido dentro del plazo legalmente escido, por lo que el contrato quedó plenamente vigente conforme a las condiciones aceptadas.
Posteriormente, el 17 de junio de 2026, GoStudent recibió una solicitud de cancelación anticipada del contrato. Tras su revisión, el 23 de junio de 2026 se respondió por escrito indicando que la solicitud no cumplía los requisitos previstos en los Términos y Condiciones para la resolución anticipada del contrato. No obstante, se confirmó que la suscripción no sería renovada automáticamente una vez finalizado el periodo contratado de 12 meses.
Cabe señalar, nuevamente, que todas las comunicaciones relacionadas con esta contratación se realizaron directamente con doña Natalia Muñoz Encinas, tanto por vía telefónica como mediante correo electrónico y WhatsApp.
Por último, durante la vigencia del contrato, la suscripción dispone de diversas medidas de flexibilidad, entre ellas la posibilidad de gestionar un mes de pausa gratuito desde el área de cliente, contratar un segundo mes de pausa por 20 € o activar el Modo de Verano, que permite conservar durante toda la duración del contrato las clases recargadas durante los meses de junio, julio y agosto.
Por todo lo anterior, GoStudent considera que la contratación se realizó con pleno conocimiento de las condiciones del programa, que la documentación contractual fue facilitada tanto antes como después de la formalización de la compra y que la solicitud de cancelación fue presentada una vez transcurrido el plazo legal para el ejercicio del derecho de revocación y sin concurrir ninguna de las causas previstas contractualmente para la resolución anticipada o devolución de los importes reclamados por D.Eduardo.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional que consideren necesaria.
Atentamente,
Marina
Equipo de Membresía
GoStudentmembresia@gostudent.orgwww.gostudent.org
miércoles, 8 de julio de 2026, 12:16:57 +0200,
reclamar@ocu.org: