Estimados/as señores/as:?Me pongo en contacto con ustedes porque El pasado 13 de mayo hice un parte de daños por agua en una puerta de sótano que se había inundado (13133555). El día del siniestro llovía, por lo que supuse que debía indicar como causa del siniestro la lluvia. Se denegó la cobertura indicando que era necesario que la lluvia hubiera superado los 40 litros/m2/hora.Me conformé con la explicación del motivo.La consulta y solicitud es con referencia a la siguiente solicitud de servicio solicitado con referencia de expediente: 13370868 del 6 de agosto, cuya causa real es la misma que la que ocasionó el siniestro de inundación de mayo (atasco de tubería general de desagüe), y de nuevo con resolución de daños reclamados no cubiertos:1: El domingo 6 de agosto 2023, a los pocos segundos de haber pasado el parte de siniestro a través de mi espacio cliente, recibí a los pocos segundos un correo electrónico informando de la exclusión de la cobertura:Madrid a 6 de Agosto de 2023Fecha del Siniestro: 31/07/2023Estimado/a Sr/a .Nos ponemos en contacto con usted, en relación con el siniestro ocurrido el 31/07/2023, para comunicarle que, conforme al Condicionado General de su Póliza, los daños reclamados no están cubiertos.Así pues, solicito que me indique o informe en qué parte de las condiciones generales de la póliza se excluye la cobertura.2: El lunes 7 de agosto 2023, en una de las diferentes llamadas que hice a diferentes números de atención para reclamar la cobertura o al menos recibir información sobre el o los motivos concretos de la no cobertura, se me ha informado finalmente que la razón de la no cobertura del siniestro se debe a que desde el pasado mes de abril se han eliminado las coberturas por Asistencia - Mantenimiento.El interlocutor me dejaba bien evidente de que de ninguna manera recibiría asistencia alguna por el siniestro, porque se considera que es un siniestro de agua que no ha causado desperfectos.No obstante, la póliza vigente, con periodo de cobertura de un año desde el 3 de enero 2023 al 3 de enero del 2024, con número: 02110997 incluye una Garantía de Asistencia - Mantenimiento.En la póliza vigente: PDF Resumen_Mi_Póliza, dicha Garantía de Asistencia - Mantenimiento incluye en los diferentes grupos de servicios:Grupo 1: . Resolución de atasco total o parcial con origen en las instalaciones privativas del Asegurado, utilizando medios manuales o con máquinas de presión. En caso de ser necesaria la sustitución de la tubería existirá cobertura para ello, siempre y cuando el tramo a sustituir de tubería no supere 1,5 m. Queda excluido cualquier atasco en el cual se necesiten realizar picados, apertura de catas o desmontajes de mobiliario. En ningún caso será utilizados líquidos desatascadores.oGrupo 2:. Resolución de atasco mediante la utilización de un vehículo a presión o de un camión cuba en las instalaciones privativas del Asegurado que se encuentren en el interior de la vivienda asegurada. Este servicio tiene un límite de 200€. Quedan excluidos los daños que puedan haber sido derivados del atasco o de la intervención para el desatasco, ya que estarán amparados, en su caso, por la garantía que corresponda. También están excluidos los trabajos de desatasco para pisos en bloques de viviendas.La utilización de un equipo a presión es incompatible con la prestación dentro del mismo expediente de otros servicios de distinto grupo correspondientes a esta garantía, a excepción del atasco manual total o parcial.Estas condiciones se indican en el documento vigente: Garantía_de_Asistencia__Mantenimiento.Teniendo en cuenta los documentos vigentes de póliza y de certificado de Garantía de Asistencia y Mantenimiento y todas las exclusiones detalladas, considero que el siniestro debe de ser cubierto al menos por uno de los dos grupos de cobertura, ya que el siniestro no supone ninguna exclusión de las que se exponen.No entiendo que se elimine una cobertura o servicio de un contrato vigente (los documentos están ahora mismo disponibles en mi espacio cliente), más sin haber sido informado previamente.Por otro lado, informo que ya asumí el coste de la puerta siniestrada en mayo, y que también he tenido que recurrir, a mi cargo, a los servicios de camión desatascador. SOLICITO:1: me detallen la circunstancia o supuesto del Condicionado General de la Póliza que según ustedes excluye la cobertura.2: En el caso de que por error hayan omitido y denegado la cobertura, el abono de las cantidades máximas que la póliza cubre por daños provocados por agua, para al menos cubrir parte del gasto generado.Sin otro particular, atentamente.