Naturaleza del problema:

Problemas en el pago

Tu reclamación

E. A.

A: Solicitar-NotaSimple.es. Registro Propiedades de España. Nakamoto Europe SL

28/01/2026

Estimados señores, Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal en relación con el sistema de pago y el proceso de contratación utilizado en su página web solicitar-notasimple.es. Considero que su pasarela de pago resulta engañosa para el usuario. En el primer paso del proceso únicamente se ofrece la selección de las modalidades “muy urgente” (9,90 €) y “urgente” (6,90 €), sin especificar de forma clara cuál es el precio de la modalidad estándar ni el coste total del servicio. Esta omisión induce a error, ya que el precio final no se muestra de manera clara, visible y transparente durante el proceso de contratación, apareciendo únicamente en letra pequeña y sin una indicación expresa y comprensible antes de confirmar el pago. (como se puede ver en las capturas de pantalla adjuntas). Asimismo, en la pasarela del banco la operación figuraba como “transacción 0,00 €”, lo que induce claramente a error, puesto que en ningún momento se informa de que se va a realizar un cargo ni del importe exacto del mismo. Sólo pude ver el importe cobrado al consultar los movimientos de mi banco. Esta práctica vulnera de forma evidente el deber de información previa al consumidor. Por otro lado, no se ha podido llevar a cabo correctamente mi solicitud debido a que, según se indica posteriormente, no disponía de toda la información necesaria, circunstancia que no se especifica previamente en el momento de realizar la consulta o contratar el servicio. Además, el hecho de que su web se posicione en los primeros resultados de búsqueda por delante de la propia página oficial del Registro de la Propiedad puede inducir al usuario a pensar que se trata de un sitio oficial, contribuyendo a una percepción confusa y engañosa sobre la naturaleza real del servicio ofrecido. Todo lo expuesto contraviene lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en particular: Artículo 60, relativo a la obligación de facilitar información previa clara, comprensible y veraz sobre el precio total del servicio. Artículo 20, que prohíbe expresamente las prácticas comerciales engañosas que puedan inducir a error al consumidor. Por todo ello, solicito la devolución del importe cobrado indebidamente, y la revisión de su sistema de contratación y pago para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente. Quedo a la espera de su respuesta. Atentamente, Elena Arribas Valdelvira


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