ASUNTO: Reclamación por incumplimiento contractual y posible práctica comercial engañosa
A la atención del Departamento de Atención al Cliente de Druni:
Por medio de la presente formulo una reclamación formal en relación con el pedido que realicé a través de su tienda online hace doce días, correspondiente a un total de 16 artículos, cuyo importe fue abonado íntegramente en el momento de la compra.
Diez días después de realizar el pedido, no sólo no me había llegado aún sino que me comunicaron que diversos productos (10 productos en total)no serán suministrados por supuestos problemas de disponibilidad.
Esta situación resulta inaceptable por varios motivos.
En primer lugar, cuando formalicé la compra, todos los artículos figuraban como disponibles en su página web, circunstancia que motivó mi decisión de contratar y efectuar el pago correspondiente.
En segundo lugar, he podido comprobar que los productos cuya entrega ahora se rechaza continúan apareciendo en su página web como disponibles para su compra, pudiendo ser añadidos al carrito por cualquier consumidor. Esta circunstancia resulta especialmente preocupante, ya que transmite una información que no parece corresponderse con la disponibilidad real de los productos y puede inducir a error a los consumidores.
Entiendo que la venta online constituye un contrato de compraventa plenamente vinculante desde el momento en que el empresario acepta el pedido y percibe el precio. En consecuencia, la falta de entrega de productos ya contratados y abonados supone un incumplimiento de las obligaciones asumidas por el vendedor.
Asimismo, esta actuación podría ser contraria a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en particular en lo relativo al cumplimiento de los contratos celebrados a distancia, así como a las obligaciones de proporcionar información veraz sobre las características esenciales de los bienes ofrecidos.
Del mismo modo, mantener publicados como disponibles productos cuya entrega posteriormente se niega por inexistencia de stock podría constituir una práctica susceptible de inducir a error a los consumidores, en los términos previstos en la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, si dicha información no refleja la disponibilidad real de los productos ofertados.
Por todo ello, les requiero para que, en el plazo máximo de cinco días hábiles, procedan a:
Confirmar el envío de la totalidad de los artículos adquiridos en las condiciones pactadas; o, en caso de que ello resulte objetivamente imposible, acrediten de forma fehaciente la imposibilidad de suministro de cada uno de los productos afectados.
Proceder, en su caso, a la devolución inmediata de las cantidades correspondientes a los artículos no suministrados, sin perjuicio de los demás derechos que me asisten como consumidor.
Ofrecer una explicación clara sobre por qué dichos productos continúan anunciándose como disponibles para su compra cuando, según se me ha comunicado, carecen de existencias para atender un pedido ya aceptado y cobrado.
En caso de no obtener una solución satisfactoria, presentaré la correspondiente reclamación ante los organismos de protección de los consumidores, incluyendo la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) o el órgano competente en materia de Consumo de mi comunidad autónoma, sin perjuicio del ejercicio de cuantas otras acciones me reconoce la legislación vigente.
Solicito acusen recibo de la presente reclamación y me remitan una respuesta por escrito.
Atentamente,
Laura Muñoz Valera
Número de pedido 2236863494
[Correo electrónico lauramunozvalera@gmail.com]