RECLAMACION 1-4510856518-1Estimados Sres.:En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento para la Defensa del Cliente de NATIONALE NEDERLANDEN GENERALES y la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras, se ha remitido a este Servicio de Atención de Reclamaciones su escrito en relación con la póliza “HOGAR SEGURO†291. 05710196 a nombre de DÑA. ANA ROSA GARCIA MERINO , al objeto de atenderles adecuadamente.A continuación les informamos de las gestiones del siniestro:El siniestro se comunica con fecha 02/04/2024 . Al volver de vacaciones, los asegurados se han encontrado sin luz en la vivienda. Un vecino les ha informado que hubo una fuerte tormenta el dÃa 29 de marzo.Segun el condicionado de la póliza suscrita por la Sra. Garcia se contempla el deterioro de alimentos destinados al consumo familiar y depositados en frigorÃficos o congeladores que formen parte del mobiliario asegurado, a consecuencia de la averÃa del aparato o de la red eléctrica o de fallos en el suministro público de energÃa eléctrica superior a 6 horas consecutivas.Asimismo, deberá acreditarse la ocurrencia del siniestro mediante factura de reparación de la averÃa o justificación documental de la empresa suministradora de energÃa sobre la interrupción del suministro. El lÃmite máximo de indemnización para esta garantÃa será de 300€.En este caso que nos ocupa, se ha ido la luz como consecuencia de una tormenta y al no estar los asegurados en la vivienda, no se ha subido el diferencial, por lo que los alimentos de la nevera se han estropeado. No ha habido averÃa del aparato ni falta de suministro durante más de 6 horas, por lo que el rechazo es correcto.Los asegurados refieren que el siniestro no ha sido por una averÃa de la nevera, sino que al irse la luz y no estar en la vivienda no han podido subir el diferencial que saltó.Tampoco queda justificada la falta de suministro por más de 6 horas. Se considera que el rechazo es correcto en base al condicionado de la póliza.Por nuestra parte entendemos por finalizada la reclamación y en caso de disconformidad con la resolución de la CompañÃa, la siguiente instancia de reclamación donde deberán dirigirse es el Defensor del Asegurado, (D.A. Defensor, / Velázquez, 80, 1º Dcha. 28001 MADRID) quien actuará como tercero independiente emitiendo un dictamen de la reclamación que tiene carácter vinculante para la CompañÃa Aseguradora.Atentamente.Servicio de Atención de ReclamacionesNATIONALE-NEDERLANDEN GENERALESCompañÃa de Seguros y Reaseguros, S.A.EDe: abogados@ocu.org >Enviado el: lunes, 15 de abril de 2024 23:50nale-Nederlanden >Asunto: Reclamación: Perdida del contenido de la nevera y congelador . - (CPTES02003256-12)Awareness warning: This email is from an external source, extra caution needed on links/attachments.