Hola, En fecha 18/08/2021 solicite la baja del servicio de fibra óptica que tendrá fecha de efectividad 01/09/2021. Este servicio fue contratado el 28/04/2020, el clausulado del contrato incluía la bonificación de la instalación (89,99 € C/IVA) vinculado a la permanencia de al menos dos años.En la oficina de Olivenet donde firmé el formulario de baja se me informó que la penalización sería completa (los 89,99€) a pesar de que han transcurrido 16 meses del inicio del contrato. Este importe me será facturado en el próximo mes.El Real Decreto Legislativo 1/2007, en su articulo 74 apartado 4 indica de forma explicita: En el caso de que el usuario incumpla el compromiso de permanencia adquirido con la empresa, la penalización por baja, o cese prematuro de la relación contractual, será proporcional al número de días no efectivos del compromiso de permanencia acordado.La naturaleza amortizable del gasto (instalación) no permite considerar su importe al completo como una deuda por un servicio no ejecutado, tan solo la parte no amortizada.Les ruego por tanto revisión de este caso para que se proceda como indica la Ley citada.Muchas gracias por su atención, saludos.