Anterior

Parte PR25115582 Seguro de Hogar

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

I. G.

A: NATIONALE NEDERLANDEN

18/12/2025

En relación con el siniestro PR25115582 , no estoy conforme con la denegación de cobertura de la campana extractora. Tal y como se indicó, el siniestro se produjo por un incendio accidental con llama, originado al prender fuego el aceite que se encontraba en la vitrocerámica, alcanzando directamente la campana extractora, que resultó dañada por la acción directa del fuego. La campana extractora es un elemento fijo de la cocina, anclado de forma permanente al inmueble y conectado a la salida de humos, por lo que debe considerarse parte del continente, no un bien mueble de uso portátil. Solicito, por tanto, la revisión del expediente, así como que se me indique por escrito el artículo concreto de las condiciones generales o particulares en el que se basa la exclusión aplicada, al tratarse de un daño producido por incendio sobre un elemento fijo de la vivienda. Quedo a la espera de su respuesta. Un saludo, Israel García.

Mensajes (1)

NATIONALE NEDERLANDEN

A: I. G.

22/12/2025

Muy señores nuestros: En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento para la Defensa del Cliente de NATIONALE NEDERLANDEN GENERALES, y la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras, se ha recibido en este Servicio de Atención de Reclamaciones el escrito adjunto mediante el que se expone disconformidad con la actuación de la Aseguradora en nombre de D. Israel García. Tras revisar el expediente, se reitera el rehúse del suceso por falta de cobertura, puesto que la póliza suscrita por el Sr. García únicamente tiene contratado capital de Vivienda (continente) y no de Mobiliario (contenido). Los electrodomésticos dañados forman parte del Mobiliario (placa vitrocerámica y campana extractora). En este sentido nos remitimos a las Condiciones Generales del producto ‘HogarSeguro’, capítulo ‘Regulación y funcionamiento del contrato’, donde se define el Mobiliario: Por lo expuesto este Servicio desestima la reclamación presentada. En todo caso, si persiste su discrepancia, el Sr. García puede dirigirse al Defensor del Asegurado, ‘D.A. Defensor Cl Velázquez, 80, 1º D, 28001 MADRID’, quién actuará como tercero independiente en la resolución de la reclamación emitiendo un dictamen que tiene carácter vinculante para la Compañía Aseguradora. Atentamente, Servicio de Atención de Reclamaciones NATIONALE-NEDERLANDEN GENERALES Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.E.


¿Necesitas ayuda?

El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.

Información para empresas

Descubra más sobre esta plataforma

Información para consumidores

Descubre más sobre nuestra plataforma