Buenas tardes, hice un pedido de un paquete en elextranjero con un valor superior a 150 euros por lo que fue retenido por aduanas. La Agencia Tributaria me dio la opción de pagar vía online la deuda del IVA correspondiente (49,47euros) que fueron cargados a mi cuenta a las 8:35 de la mañana del viernes 4 de marzo de 2022. Sobre las 3 de la tarde aparece el repartidor de TNT EXPRESS WORLDWIDE (SPAIN) SL solicitando un pago de 67,43 euros que se desglosa en: IVA de aduana 49,47 (supuestamente YA PAGADO) + un trámite aduanero de 17,96 euros. Para recibir mi paquete que con urgencia necesito pago la correspondiente cantidad de 67,43 euros aunque yo incluso tuviera un justificante de pago de la Agencia Tributaria pero el repartidor tras llamar a su supervisor asegura que ese justificante NO tiene valor y que debo reclamar a la Agencia Tributaria para la devolución del dinero puesto que supuestamente es TNT EXPRESS WORLDWIDE (SPAIN) SL quienes deben reclamar el pago en su totalidad y que no les consta que yo haya pagado de antemano esa cantidad Recibo la información de que TNT recogió el paquete de aduanas sobre las 11 de la mañana, por lo que la parte aduanera ya debería estar PAGADA y por tanto no tendrían que haber exigido la totalidad del pago a la hora de entrega del paquete.Con miedo a que me retiraran el paquete cuando yo lo necesitaba porque se trataban de INVITACIONES DE BODA yo hice el pago y enseguida reclamé a la Agencia Tributaria. Sin embargo, esta misma sugiere que: En cualquier caso, es importante señalar que el pago de la deuda se realiza una sola vez, por lo que, si ha sido la importadora quien ha efectuado el ingreso de la deuda liquidada con motivo de la importación, su representante aduanero no deberá realizar nuevamente dicho ingreso.Si la interesada considera que el importe facturado por su representante es incorrecto ha de dirimir sus discrepancias directamente frente a dicho representante, al margen de la Aduana cualquier queja sobre el funcionamiento de TNT ha de dirigirse directamente a dicha entidad, y no a la Aduana. Dado que la relación entre representado y representante es de carácter jurídico privado, en el caso de que la interesada tenga dudas, quejas o discrepancias en cuanto a la actuación de TNT en su nombre, debe dirigirse directamente TNT en vía privada, al margen de la actuación de la Administración.Sólo siento que se andan pasando la responsabilidad unos a otros cuando la solución es tan sencilla como una devolución de la que nadie quiere hacerse cargo. Y dado que TNT por vía privada no da una solución (de hecho lo único que hicieron fue contestarme hace dos semanas de este modo: remitimos su reclamación al departamento de Administración para su revisión), recurro a la OCU para la solución.