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Pago Anticipado (10.500 EUR) sin ejecución

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A. M.

A: Eltex Solar

29/06/2026

EXPONGO Que con fecha 30 de marzo de 2026 suscribí con ELTEX SOLAR, S.L.U dos contratos relativos a la instalación de un sistema de aerotermia y la instalación de paneles solares en una vivienda particular, por un importe total de 21.000 € (IVA incluido). En el momento de la firma se abonó un anticipo de 10.500 € mediante transferencia bancaria, conforme a lo pactado. A día de hoy, ninguna de las instalaciones ha sido ejecutada, encontrándose ambos contratos completamente sin iniciar. Recientemente, he sido informado de la posible cesación de actividad o cierre inminente de la empresa, lo que supone un riesgo evidente de incumplimiento definitivo de las obligaciones contractuales asumidas por ELTEX SOLAR, S.L.U. Ante esta situación, se ha requerido formalmente a la empresa para que confirme si va a cumplir íntegramente ambos contratos, así como el calendario concreto de ejecución de los trabajos, sin haber recibido respuesta alguna, ni formal ni informal. Asimismo, se han remitido comunicaciones por los medios necesarios, dejando constancia fehaciente de la reclamación y de la solicitud de información. Dado lo anterior, y ante la falta de ejecución de los trabajos y la ausencia de garantías sobre su cumplimiento, se procede a considerar que existe un incumplimiento contractual imputable a ELTEX SOLAR, S.L.U. Esta reclamación no constituye desistimiento voluntario ni cancelación unilateral por parte del cliente, sino una actuación motivada por el incumplimiento contractual y la situación de incertidumbre generada por la posible cesación de actividad de la empresa. SOLICITO: La resolución de ambos contratos por causa imputable a ELTEX SOLAR, S.L.U., y la devolución íntegra e inmediata del importe abonado en concepto de anticipo, esto es, 10.500 €, al no haberse iniciado la ejecución de los trabajos, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA: - Contratos firmados (aerotermia y paneles solares). - Justificante de transferencia de 10.500 €. - Comunicaciones remitidas a la empresa (correo electrónico y burofax). - Documentación relativa al posible cierre de actividad o situación empresarial.


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