Pérdida de ayuda MOVES III por falta de información clara en compra de Tesla
Naturaleza del problema:
VentaTu reclamación
J. G.
A: Tesla
Buenas tardes, En julio de 2025 adquirí un Tesla Model 3, entregado el 11 de julio de 2025. Durante el proceso de compra, en la factura emitida por Tesla figuraba expresamente el concepto “Programa MOVES III”, y la información comercial facilitada, junto con la propia presentación del incentivo en la web de Tesla, generaban razonablemente la percepción de que dicha ayuda formaba parte del proceso de adquisición o que, al menos, su tramitación estaba correctamente canalizada dentro del mismo. Sin embargo, posteriormente he comprobado que la solicitud del Plan MOVES III no fue presentada, perdiendo así el acceso a una ayuda aproximada de 4.500 euros. En ningún momento se me informó de forma clara, expresa e inequívoca de que debía presentar personalmente la solicitud del Plan MOVES III ni de que la falta de dicha gestión implicaría la pérdida definitiva de la ayuda. El correo remitido por Tesla únicamente indicaba consultar un enlace con requisitos del IDAE, pero no advertía de manera clara que correspondía al cliente tramitar activamente la solicitud ni de las consecuencias de no hacerlo. Además, una agente de ventas de Tesla me confirmó posteriormente que la empresa había venido gestionando estas ayudas hasta enero de 2025, lo que refuerza que mi interpretación no fue arbitraria, sino razonable a la vista del contexto comercial y de la información facilitada. He intentado resolver esta cuestión previamente con Tesla mediante correos electrónicos y llamadas telefónicas, sin haber recibido una solución satisfactoria. También he presentado reclamación formal ante Consumo de la Comunidad de Madrid. Asimismo, he podido comprobar la existencia en OCU de una reclamación pública similar relacionada con Tesla, MOVES III y la Comunidad de Madrid, lo que refuerza que no se trata de un caso aislado, y que han gestionado solicitud de ayudas previamente. Solicito que Tesla revise el caso y ofrezca una compensación económica total o parcial por la ayuda MOVES III perdida, o subsidiariamente una solución comercial proporcionada al perjuicio ocasionado.
Mensajes (6)
Tesla
A: J. G.
Estimado Sr. González, Gracias por hacernos llegar sus inquietudes, desde Tesla queremos ofrecer respuesta a su reclamación. Queremos informarle, con total transparencia, que, según la normativa vigente en la Comunidad de Madrid, a partir de la puesta en marcha del Plan MOVES 2025, se modificaron las bases del programa respecto al anterior (Plan MOVES III). En concreto, se decidió que el comprador debe gestionar la solicitud de la ayuda de forma independiente, dejando de ser Tesla quien la presenta en nombre del cliente. Este cambio, que entró en vigor tras la finalización del Plan MOVES III, implica que Tesla no tiene responsabilidad ni obligación en la tramitación de dichas ayudas, aunque sí cumplimos con todos los requisitos necesarios para que el cliente pueda acceder a ellas. En este sentido, es importante destacar que, como usted ya ha podido comprobar, en la factura se refleja un descuento correspondiente al Plan MOVES, tal y como exige la normativa para poder acceder a la ayuda. Este descuento ha sido aplicado correctamente y está justificado en la documentación de compra, pero no implica que sea Tesla quien tramite la solicitud. Entendemos plenamente su desilusión por no poder beneficiarse de esta ayuda, y lamentamos profundamente que no haya podido acceder a ella. Sin embargo, desde Tesla, no podemos asumir responsabilidad por una ayuda que no gestionamos y que depende directamente de la acción del cliente. Quedamos a su disposición para cualquier consulta o duda que pueda tener. Atentamente, Tesla S.L.U. The content of this message is the proprietary and confidential property of Tesla Inc, and should be treated as such. If you are not the intended recipient and have received this message in error, please delete this message from your computer system and notify me immediately by reply e-mail. Any unauthorized use or distribution of the content of this message is prohibited.
J. G.
A: Tesla
No puedo mostrar conformidad con la respuesta ofrecida por Tesla. Tesla indica en su contestación que, con la puesta en marcha del Plan MOVES 2025, “se modificaron las bases del programa” y que el comprador debía gestionar la solicitud de forma independiente, “dejando de ser Tesla quien la presenta en nombre del cliente”. Precisamente esa afirmación confirma que existió un cambio relevante respecto de la operativa anterior. Si Tesla venía presentando o canalizando estas ayudas en nombre de sus clientes y posteriormente dejó de hacerlo, dicho cambio debía haber sido comunicado de forma clara, expresa, destacada e inequívoca durante el proceso de compra. Mi reclamación no se basa en negar que el beneficiario de una ayuda pública tenga obligaciones o deba realizar seguimiento del expediente. La cuestión reclamada es que no se me informó de forma suficientemente clara de que, en mi caso concreto, Tesla ya no tramitaría ni canalizaría la solicitud, ni de que debía presentar activamente la ayuda por mi cuenta para no perderla. El correo de Tesla al que se remiten únicamente indicaba que debía consultarse un enlace con requisitos del IDAE antes del pago, pero no contenía una advertencia clara indicando que la solicitud debía ser presentada personalmente por el comprador ni que la falta de dicha gestión implicaría la pérdida definitiva de una ayuda de hasta 4.500 euros. Además, en la factura del vehículo figuraba expresamente el concepto “Programa MOVES III”, lo que, unido a la información comercial disponible y al hecho ahora reconocido por Tesla de que anteriormente sí presentaba estas ayudas en nombre de los clientes, generaba una expectativa razonable de que la ayuda estaba integrada o correctamente canalizada dentro del proceso comercial. Asimismo, la información oficial de FENERCOM para el Programa MOVES III 2025 no establece que la gestión deba realizarse exclusivamente por el comprador. Indica que la gestión de las solicitudes puede realizarse directamente por el beneficiario de la ayuda o a través de un gestor de ayudas elegido por este. En ambos casos, la solicitud debe ser firmada por el beneficiario o su representante legal para considerarse presentada. Por tanto, una cosa es que el beneficiario deba firmar la solicitud y otra distinta que la gestión no pudiera ser canalizada o preparada por un tercero. Del mismo modo, la Comunidad de Madrid presentó la nueva plataforma indicando que permite que sea el propio beneficiario quien realice la gestión directamente, pero no que esté obligado a hacerlo de forma exclusiva. Por tanto, la afirmación de Tesla de que el comprador debía gestionar necesariamente la solicitud de forma independiente no refleja de forma completa la operativa prevista oficialmente. En todo caso, si Tesla había dejado de gestionar o canalizar estas ayudas respecto de la operativa anterior, dicho cambio debía haberse informado de forma clara, expresa y destacada durante el proceso de compra, especialmente tratándose de una ayuda económicamente. Por todo ello, reitero mi solicitud de que Tesla revise el caso y ofrezca una compensación o solución comercial proporcionada al perjuicio económico ocasionado por la falta de información clara y suficiente durante el proceso de compra.
Tesla
A: J. G.
Estimado Sr. González: Le agradecemos nuevamente por compartir sus inquietudes, y queremos aclarar con carácter profesional y transparencia los aspectos relacionados con el proceso de solicitud de la ayuda del programa MOVES III. Desde Tesla, reiteramos que, según las bases del programa, la gestión de las solicitudes de ayuda puede realizarse directamente por el beneficiario o a través de un gestor de ayudas designado por él. Esta posibilidad no implica, en ningún caso, responsabilidad ni gestión por parte de Tesla. Entendemos plenamente que la pérdida de dicha ayuda pueda suponer un inconveniente para usted, pero es importante destacar que, tras la modificación de las bases del programa, Tesla no tiene obligación de informar, gestionar ni asumir responsabilidad alguna en relación con la tramitación de estas ayudas. El acceso a toda la información necesaria era y es público y está ampliamente disponible en internet, incluyendo la página del IDAE, a la que ya le hicimos referencia en su momento. Asimismo, queremos recordarle que la mención del “programa MOVES III” en la factura, junto con el descuento aplicado, cumple con los requisitos escidos para poder acceder a la ayuda. Este detalle es un requisito técnico para la solicitud, y Tesla ha cumplido con él de forma correcta. No obstante, dicha anotación no constituye una obligación de gestión ni de garantía por parte de Tesla. Por tanto, no podemos asumir el coste de una ayuda que ni gestionamos ni ofrecemos, y cuya pérdida no se encuentra vinculada a ninguna acción o decisión de nuestra parte. Agradecemos su comprensión y quedamos a su disposición para cualquier duda que pudiera surgir en el futuro. Atentamente, Tesla S.L.U.
J. G.
A: Tesla
Nuevamente, no puedo mostrar conformidad con la respuesta ofrecida por Tesla. Ustedes indican en su contestación que, con la puesta en marcha del Plan MOVES 2025, se modificaron las bases del programa y que el comprador debía gestionar la solicitud de forma independiente, dejando de ser Tesla quien la presenta en nombre del cliente. Precisamente esa afirmación confirma que existió un cambio relevante respecto de la operativa anterior. Si Tesla venía presentando o canalizando estas ayudas en nombre de sus clientes y posteriormente dejó de hacerlo, dicho cambio debía haber sido comunicado de forma clara, expresa, destacada e inequívoca durante el proceso de compra. Mi reclamación no se basa en negar que el beneficiario de una ayuda pública tenga obligaciones o deba realizar seguimiento del expediente. La cuestión reclamada es que no se me informó de forma suficientemente clara de que, en mi caso concreto, Tesla ya no tramitaría ni canalizaría la solicitud, ni de que debía presentar activamente la ayuda por mi cuenta para no perderla. El correo de Tesla al que se remiten únicamente indicaba que debía consultarse un enlace con requisitos del IDAE antes del pago, pero no contenía una advertencia clara indicando que la solicitud debía ser presentada personalmente por el comprador ni que la falta de dicha gestión implicaría la pérdida definitiva de una ayuda de aproximadamente 4.500 euros. Además, en la factura del vehículo figuraba expresamente el concepto “Programa MOVES III”, lo que, unido a la información comercial disponible y al hecho reconocido por ustedes de que anteriormente Tesla sí presentaba estas ayudas en nombre de los clientes, generaba una expectativa razonable de que la ayuda estaba integrada o correctamente canalizada dentro del proceso comercial. Asimismo, la información oficial de FENERCOM para el Programa MOVES III 2025 no establece que la gestión deba realizarse exclusivamente por el comprador. Indica que la gestión de las solicitudes puede realizarse directamente por el beneficiario de la ayuda o a través de un gestor de ayudas elegido por este. En ambos casos, la solicitud debe ser firmada por el beneficiario o su representante legal para considerarse presentada. Por tanto, una cosa es que el beneficiario deba firmar la solicitud y otra distinta que la gestión no pudiera ser canalizada o preparada por un tercero. Del mismo modo, la Comunidad de Madrid presentó la nueva plataforma indicando que permite que sea el propio beneficiario quien realice la gestión directamente, pero no que esté obligado a hacerlo de forma exclusiva. Por tanto, la afirmación de que el comprador debía gestionar necesariamente la solicitud de forma independiente no refleja de forma completa la operativa prevista oficialmente. En todo caso, si Tesla había dejado de gestionar o canalizar estas ayudas respecto de la operativa anterior, dicho cambio debía haberse informado de forma clara, expresa y destacada durante el proceso de compra, especialmente tratándose de una ayuda económicamente relevante. Asimismo, el propio diseño del nuevo Programa Auto+ confirma que la gestión de este tipo de ayudas no tiene por qué ser necesariamente realizada de forma exclusiva por el comprador. El proyecto de regulación prevé expresamente que la solicitud pueda presentarse por el interesado o a través de un representante autorizado, y menciona expresamente que concesionarios, puntos de venta y empresas de renting o leasing pueden ejercer dicha representación. Esto refuerza que mi interpretación no era arbitraria: en este tipo de ayudas resulta habitual y normativamente posible que el punto de venta canalice o asista en la tramitación. Por ello, si Tesla había dejado de gestionar o canalizar estas ayudas respecto de la operativa anterior, debía haberlo informado de forma clara, expresa y destacada durante el proceso de compra. Por todo ello, reitero mi solicitud de que Tesla revise el caso y ofrezca una compensación o solución comercial proporcionada al perjuicio económico ocasionado por la falta de información clara y suficiente durante el proceso de compra. Atentamente, Javier González
Tesla
A: J. G.
Estimado Sr. González, Gracias por ponerse en contacto nuevamente. En primer lugar, tal y como usted mismo señala, efectivamente se produjo un cambio en la operativa respecto a la gestión de la ayuda. Dicha modificación fue realizada por la entidad responsable de la administración del programa y estuvo disponible públicamente a través de los canales oficiales de comunicación y con fácil acceso a través de internet. En este sentido, es importante precisar que Tesla no tuvo intervención alguna en dicha modificación, ni tampoco le correspondía la responsabilidad de su comunicación, al tratarse de una decisión ajena a nuestra organización. No obstante, a todos los clientes que nos consultaron al respecto se les proporcionó la información disponible en ese momento, dentro de nuestro compromiso con el servicio al cliente. En segundo lugar, en relación con su referencia a la normativa oficial de FENERCOM para el Programa MOVES III 2025, quisiéramos matizar el alcance de la misma. Tal y como usted menciona, la gestión puede realizarse directamente por el beneficiario de la ayuda o a través de un gestor de ayudas elegido por este. Esta formulación implica que la elección del gestor, así como el acuerdo para llevar a cabo dicha gestión, recae en el comprador. Por tanto, la responsabilidad del concesionario en este proceso solo existiría en caso de haber sido acordada expresamente entre ambas partes, circunstancia que no se dio en el presente caso. Asimismo, queremos informarle de que, en las comunidades autónomas donde la normativa no escía expresamente que la gestión debiera ser realizada de forma exclusiva por el concesionario —como es el caso de la Comunidad de Madrid o Cataluña, entre otras—, fueron los propios clientes quienes gestionaron directamente sus solicitudes, beneficiándose satisfactoriamente de la ayuda sin intervención por parte de Tesla en dichas gestiones. Este fue el procedimiento habitual seguido con los miles de clientes que accedieron al programa en dichos territorios. Lamentamos sinceramente que, en su caso, no haya sido posible beneficiarse de esta ayuda, y entendemos la frustración que esto puede generar. Sin embargo, y tras analizar detenidamente la situación, no concurren circunstancias que atribuyan responsabilidad a Tesla en relación con esta situación. Quedamos a su entera disposición para atender cualquier consulta adicional que pudiera tener. Reciba un cordial saludo, Atentamente, Tesla S.L.U.
J. G.
A: Tesla
Buenos días, No puedo mostrar conformidad con la respuesta ofrecida por Tesla. Ustedes insisten en que la modificación de la operativa fue realizada por la entidad responsable del programa y que Tesla no tuvo intervención en dicho cambio. Sin embargo, mi reclamación no se basa en que Tesla modificara la normativa ni en que tuviera obligación administrativa de conceder la ayuda, sino en la falta de información clara, expresa y suficiente durante el proceso de compra. Precisamente, ustedes reconocen que se produjo un cambio de operativa respecto a la gestión de la ayuda. Si antes Tesla presentaba o canalizaba estas solicitudes en nombre de sus clientes y posteriormente dejó de hacerlo, dicho cambio debía haberse comunicado de forma clara, destacada e inequívoca a todos los compradores afectados, no únicamente a aquellos clientes que consultasen expresamente al respecto. El hecho de que indiquen que “a todos los clientes que nos consultaron” se les proporcionó información refuerza mi argumento: la información no fue trasladada de forma suficientemente clara y proactiva durante el proceso comercial, sino que dependía de que el cliente preguntase previamente. En mi caso, no se me informó de manera clara de que Tesla ya no tramitaría ni canalizaría la solicitud, ni de que debía presentarla activamente por mi cuenta para no perder la ayuda. Tampoco discuto que la elección de un gestor de ayudas deba recaer en el beneficiario. Lo que reclamo es que, en un contexto en el que Tesla venía interviniendo en esta operativa y en el que la normativa permite la participación de un gestor de ayudas, no resultaba evidente para un consumidor medio que Tesla no fuese a realizar ninguna gestión, preparación o canalización de la solicitud. Además, en la factura del vehículo figuraba expresamente el concepto “Programa MOVES III”, lo que unido a la información comercial disponible y a la operativa anterior reconocida generaba una expectativa razonable de que la ayuda estaba integrada o correctamente canalizada dentro del proceso de compra. Si dicha mención en factura era únicamente un requisito técnico y no implicaba ninguna gestión por parte de Tesla, esa circunstancia debía haberse explicado de forma clara y destacada. La remisión genérica a un enlace con requisitos del IDAE no equivale a informar de forma inequívoca de que el comprador debía presentar personalmente la solicitud ni de que la falta de dicha gestión implicaría la pérdida definitiva de una ayuda de aproximadamente 4.500 euros. Por todo ello, reitero que el perjuicio no deriva de la normativa del programa, sino de una información comercial insuficiente sobre un cambio relevante de operativa. Solicito nuevamente que Tesla revise el caso y ofrezca una compensación o solución comercial proporcionada al perjuicio económico ocasionado. Atentamente, Javier González
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