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Nueva reclamación por inclusión indebida en ASNEF y perjuicios ocasionados

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Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

M. M.

A: TRADEANDO. Retsinnal Group

25/07/2026

Estimados señores: Presento esta nueva reclamación contra Tradeando / Retsinnal Group SLU, ya que han surgido hechos nuevos de extrema gravedad después de mi reclamación anterior. En su momento contraté un curso por un pago único de 169 €, que aboné. Cuando posteriormente observé que se estaban realizando nuevos cargos que no esperaba, solicité de forma inmediata la baja del servicio. Sin embargo, nunca atendieron mi solicitud, por lo que presenté una reclamación ante la OCU. Al cerrarse aquel expediente, entendí que el asunto había quedado resuelto. Mi sorpresa ha sido descubrir recientemente que Retsinnal Group SLU me ha incluido en ASNEF por una supuesta deuda de 1.698,34 €, deuda que impugno por no considerarla válida. Como consecuencia directa de esa inclusión, el día 24 de julio de 2026 me fue denegada una solicitud de préstamo en una oficina de Banco Santander, causándome un importante perjuicio económico y un gran estrés. Además, escribí al correo de antifraude de la empresa para explicar mi caso. La respuesta que recibí fue que permaneceré en ASNEF hasta que pague la supuesta deuda, sin analizar mis alegaciones ni aportar pruebas en ese momento. Posteriormente, el abogado de la empresa indicó que solicitaría la documentación del supuesto contrato firmado digitalmente, documentación que aún estoy esperando para poder comprobar su contenido. Solicito que la empresa: Justifique documentalmente la supuesta deuda que reclama. Acredite la legalidad de mi inclusión en ASNEF. Proceda a retirar mis datos del fichero si no puede acreditar debidamente la deuda. Responda de forma clara y fundada a esta reclamación. Adjunto la documentación de la que dispongo, incluyendo la reclamación anterior, las respuestas recibidas, el expediente de Equifax y el resto de pruebas. Solicito la intervención de la OCU para intentar resolver este conflicto y proteger mis derechos como consumidora. Atentamente, Marianyela Molina

Mensajes (2)

TRADEANDO. Retsinnal Group

A: M. M.

27/07/2026

Estimada Marianyela, Gracias por ponerse en contacto con Tradeando por este canal. Antes de continuar, queremos informar —tanto a usted como a cualquier persona que pueda estar leyendo esta plataforma— de que Tradeando es una empresa con más de 70.000 clientes activos, de los cuales más del 95% se declaran satisfechos con nuestro servicio. Como en cualquier empresa de esta escala, es comprensible que existan incidencias puntuales. Sin embargo, dada nuestra popularidad, somos también suplantados frecuentemente por terceros que, haciéndose pasar por Tradeando, estafan a usuarios que creen estar interactuando con nosotros, lo que explica que una parte significativa de las reclamaciones que aparecen en este canal provengan de víctimas de estas estafas, sin que tengamos ninguna relación con ellas. Si tiene dudas sobre si ha interactuado con nosotros o con un impostor, puede verificarlo escribiéndonos a antifraude@tradeando.net. Para garantizar una correcta y satisfactoria resolución, le pedimos que nos contacte a través de nuestro canal oficial, ya que esta plataforma no nos permite acceder a los datos necesarios ni garantizar la privacidad que su caso requiere. Nos importa la confidencialidad de su información y, a través de este canal público, sus datos podrían quedar expuestos. El canal oficial es tutor@tradeando.net, donde nuestro equipo gestiona cada caso de forma personalizada y con plazos de respuesta garantizados. Quedamos a su disposición y esperamos poder ayudarle pronto. Un saludo, El equipo de Tradeando. El sáb, 25 jul 2026 a las 11:45, reclamar@ocu.org escribió:

M. M.

A: TRADEANDO. Retsinnal Group

27/07/2026

He recibido su respuesta y manifiesto mi total disconformidad, ya que el contenido remitido no responde a ninguno de los hechos concretos expuestos en mi reclamación. Su contestación consiste en un texto genérico que no aporta ninguna prueba ni responde a las cuestiones planteadas. Da la impresión de tratarse de una respuesta estandarizada, pues no analiza mi caso particular ni acredita documentalmente la supuesta deuda que reclaman. A día de hoy continúo sin recibir: Copia íntegra del supuesto contrato que justifique la deuda reclamada. La prueba de mi consentimiento expreso para asumir pagos distintos del pago único de 169 €, que fue la única cantidad de la que fui informada al contratar. La justificación documental del importe de 1.698,34 € que ahora reclaman. La prueba de que mi solicitud de baja fue atendida o tramitada. La acreditación de que fui informada de forma clara y previa sobre la existencia de pagos posteriores. La documentación que acredite las comunicaciones realizadas antes de la inclusión de mis datos en ASNEF. Desde el momento en que observé cargos que no correspondían con la información que se me facilitó inicialmente, solicité la baja del servicio, la cual nunca fue tramitada. Posteriormente presenté una reclamación ante la OCU creyendo que el conflicto se resolvería de forma amistosa. Sin embargo, lejos de solucionar el problema, mis datos fueron comunicados al fichero ASNEF, ocasionándome un grave perjuicio al ser denegada una solicitud de financiación por Banco Santander, además del importante daño económico, personal y emocional que esta situación me está causando. Considero que esta actuación vulnera diversos derechos reconocidos por la legislación española, entre ellos: Artículo 51 de la Constitución Española, que garantiza la protección de los consumidores y usuarios. Artículo 8 del Real Decreto Legislativo 1/2007, que reconoce el derecho de los consumidores a la protección de sus legítimos intereses económicos. Artículo 20 del Real Decreto Legislativo 1/2007, relativo al derecho a recibir información veraz, suficiente y comprensible. Artículo 60 del Real Decreto Legislativo 1/2007, que obliga al empresario a facilitar información precontractual clara antes de la contratación. Artículo 61 del Real Decreto Legislativo 1/2007, que establece que la información facilitada al consumidor forma parte del contrato y obliga al empresario. Artículos 80 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007, relativos a la transparencia y a la protección frente a cláusulas abusivas. Artículo 97 del Real Decreto Legislativo 1/2007, sobre la obligación de facilitar información en los contratos celebrados a distancia. Artículo 1261 del Código Civil, que exige la existencia de un consentimiento válido para que exista contrato. Artículos 1265 y 1266 del Código Civil, relativos a la nulidad del consentimiento cuando existe error o dolo. Artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, relativo al tratamiento de datos en sistemas de información crediticia, que exige el cumplimiento de los requisitos legales para la comunicación de datos a ficheros de solvencia. Por todo ello, les requiero formalmente para que remitan de inmediato toda la documentación solicitada y acrediten el origen y fundamento de la deuda que dicen existir. En caso de no recibir una respuesta motivada y la documentación correspondiente, continuaré ejerciendo todas las acciones que la legislación española pone a mi disposición para la defensa de mis derechos, incluyendo las reclamaciones ante las autoridades competentes y, en su caso, el ejercicio de las acciones judiciales oportunas para solicitar la declaración que corresponda sobre la deuda y reclamar los daños y perjuicios que esta situación me está ocasionando. Este será mi último intento de resolver este conflicto por la vía amistosa. Atentamente, Marianyela Molina NIE: Z2047135W Correo: marianyelamolina1@gmail.com Teléfono: 645 432 063


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