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Novación de Tarifa Plana sin Notificación al Consumidor

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Naturaleza del problema:

Otro

Tu reclamación

S. P.

A: ENDESA ENERGÍA, S.A.U.

19/10/2023

PRIMEROEl día 12/11/2021, formalicé contrato de suministro eléctrico N.º 130026897387 mediante contratación telefónica, un comercial de la compañía a que se refiere la presente reclamación, me indicó la posibilidad de acogerme a una tarifa plana en el suministro de luz, manifestando expresamente, que durante un año tendría que pagar el mismo precio por el suministro de luz sin posibilidad alguna de subida en el precio del mismo.El trabajador de la parte reclamada indicó que el precio se revisaría al cabo del año y podría el consumidor decidir si seguir en la suministradora acogido a la tarifa actualizada o podría resolver el contrato sin penalización alguna. Todo ello consta en la grabación de la llamada por parte de la suministradora, grabación que instamos que se aporte a la reclamación.SEGUNDOLos hechos expuestos anteriormente son los que motivaron en su día mi decisión de cambio a la suministradora reclamada, pues ofrecía un servicio que no conllevaba penalización alguna por el hecho de consumir más electricidad de la media, pudiendo simplemente decidir al finalizar el año si seguir con los precios actualizados o cambiarme a otra compañía.TERCEROEl día 23/05/2023, la suministradora realiza unilateralmente un cambio de contrato (N.º 130033075575) así como en las condiciones del mismo sin notificación alguna a mi persona. CUARTOEl anterior cambio de contrato, contiene unas condiciones más perniciosas que las del contrato anterior, lo que supone un prejuicio económico considerable, todo ello, sin tener en consideración el hecho de privar al consumidor de posibilidad de cambio de suministradora pues desconoce que se haya producido tal novación en el contrato y sus condiciones.SUPLICO, que se declare la nulidad del contrato XXXX por no haber sido notificado a mi persona en tiempo y forma, dejándome como consumidor en una situación de vulnerabilidad e indefensión.PD: Indicar que en el contenido del contrato, nada indica la posibilidad de sustituir la tarifa plana por una distinta sin notificación previa al consumidor.


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