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No se me da solución a fallo de un producto el cual esta en garantia

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Naturaleza del problema:

Garantía

Tu reclamación

M. A.

A: Leroy Merlin

14/07/2026

El pasado 30 de julio de 2025, adquirí en el establecimiento Leroy Merlin Aranjuez un robot limpiafondos a batería ROBOT A BATERIA SONAR C3 por un importe de 399,00 €, tal y como consta en la factura simplificada adjunta con número 261-000026-005. Presento esta reclamación debido a la absoluta falta de soluciones para tramitar la garantía de mi producto defectuoso y las constantes trabas y desatención recibidas tanto en tienda como por vía telefónica. HECHOS: Primer intento de gestión en tienda (06 de julio 2026): Tras presentar fallos el producto, acudí presencialmente a la tienda física de Leroy Merlin Aranjuez con el fin de tramitar la garantía legal. En lugar de gestionar mi reclamación, el personal del establecimiento me facilitó un número de Atención al Cliente alegando que debía tramitarlo yo misma por mi cuenta, ya que ellos "no podían hacer nada más". Al solicitar hablar con un responsable, la respuesta fue aún peor: me indicaron de malos modos que no se les podía dejar el producto depositado allí porque ellos "no podían estar grabando y comprobando en la tienda que el robot no funcionase". Finalmente, para que nos marchásemos, un encargado ordenó a un empleado que "abriese una incidencia" en su sistema. Al solicitar el número de dicha incidencia como justificante, nos comunicaron que "no era una incidencia como tal", que no nos podían dar ningún número de registro y que "si eso" ya se pondrían en contacto conmigo al día siguiente. No recibí ninguna llamada. Contacto telefónico con Atención al Cliente: Ante la desatención en la tienda, contacté con el servicio telefónico de Atención al Cliente para abrir formalmente la incidencia. Me indicaron que responderían con la mayor brevedad posible. Demoras e incumplimiento de plazos (Jueves): Al no recibir respuesta, volví a llamar el jueves. Me denegaron cualquier actualización bajo el pretexto de que aún no habían transcurrido las 96 horas estipuladas de su plazo interno, obligándome a seguir esperando. Escalado a "Caso Crítico" (Sábado): Tras superar las 96 horas sin noticias, volví a llamar el sábado. Ante la falta de respuesta previa, la operadora procedió a escalar la reclamación a "Caso Crítico", asegurándome que me contactarían en un plazo máximo de 24 horas. Esperé de buena fe hasta que finalizara el lunes siguiente, pero nadie se puso en contacto conmigo. A fecha de hoy en una primera llamada: Al reclamar el estado de mi caso crítico, la operadora me colgó el teléfono directamente sin darme respuesta. Segunda llamada: Volví a llamar de inmediato y hablé con la con otra operadora de Atención al Cliente. Me comunicó que su única acción posible era volver a reiterar de forma interna el "caso crítico" hacia la tienda de Aranjuez. Me puntualizó expresamente que es la propia tienda física la que debió darme una solución desde el primer momento, y que ellos, como centralita, no pueden hacer nada más que reenviarles el caso. SITUACIÓN DE INDEFENSIÓN: Me encuentro en un bucle de derivaciones inadmisible para un producto defectuoso de casi 400 €: la tienda física se niega a recepcionar el artículo y me deriva a la central telefónica, y la central concluye hoy que la única que puede dar una solución es la propia tienda que me no ,me quiso atender correctamente , no dandome una solución como deberia haber hecho Esta práctica vulnera de forma directa mis derechos bajo el Real Decreto Legislativo 1/2007 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que obliga al vendedor a responder de las faltas de conformidad sin costes ni demoras desproporcionadas. SOLICITUD / PETICIÓN: Solicito la mediación de la OCU para exigir a Leroy Merlin: La reparación inmediata del producto en el menor tiempo posible o, en su defecto y ante la pérdida de confianza por el pésimo servicio postventa, la devolución del importe íntegro abonado (399,00 €). Una compensación por los daños y perjuicios ocasionados debido a la pérdida de tiempo, las múltiples llamadas infructuosas, el trato recibido en la tienda física de Aranjuez el desplazamiento a la tienda de Aranjuez y la absoluta indefensión a la que me han sometido.

Mensajes (1)

M. A.

A: Leroy Merlin

06/08/2026

ASUNTO: ULTIMÁTUM Y REQUERIMIENTO FORMAL DE REEMBOLSO (Expediente: 5435202 / RMA: MAY052670310) Por la presente, me dirijo de nuevo a Leroy Merlin España S.L.U. a través de este canal de mediación de la OCU para requerir de forma definitiva el abono del importe íntegro del robot limpiafondos (Factura N.º 261-000026-005). CONSIDERACIONES LEGALES Y PLAZOS: Con fecha 30/07/2026, el Servicio de Asistencia Técnica (SAT) de Maytronics emitió el informe oficial RMA MAY052670310, certificando que el producto es irreparable y quedando el aparato retenido en sus instalaciones. Ante la imposibilidad de reparación, ejercité formalmente la resolución del contrato y la solicitud de reembolso el pasado viernes 31/07/2026, en virtud del Artículo 119 ter del Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). De acuerdo con el Artículo 119 quater de la citada ley, la empresa dispone de un plazo máximo de 14 días naturales para hacer efectivo el abono a contar desde dicha notificación. Por tanto, el plazo legal límite finaliza de forma improrrogable el próximo jueves 13 de agosto de 2026. Conforme al Artículo 120, rechazo formalmente la exigencia de desplazarme de forma presencial a la tienda de Aranjuez para recibir el reembolso, puesto que la ley garantiza que el trámite no debe generar cargas ni inconvenientes desproporcionados al consumidor (máxime cuando el robot ya no está en mi poder y el servicio recibido en dicha tienda fue deficiente). DATOS PARA EL ABONO: Exijo que el reembolso se efectúe mediante transferencia bancaria antes del 13/08/2026 en la siguiente cuenta: Titular: María Angulo Guzmán IBAN: ES2501820184930201602804 APERCIBIMIENTO: De no verse reflejado el ingreso en mi cuenta bancaria como máximo el 13 de agosto de 2026, daré por agotada la vía amistosa e iniciaré de inmediato la vía judicial mediante la presentación de demanda de juicio verbal, exigiendo además la suma duplicada por demora injustificada (Art. 76/121) y la indemnización correspondiente por los daños y perjuicios ocasionados. Atentamente, María Angulo Guzmán


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